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Justicia restaurativa y resolución de conflictos Un enfoque alternativo para la rehabilitación y reparación.


En el ámbito de la justicia penal, tradicionalmente se ha enfocado en castigar al delincuente, sin embargo, en los últimos años ha surgido un enfoque alternativo: la justicia restaurativa. Este enfoque busca abordar los conflictos de una manera más holística, centrándose en la reparación del daño causado tanto a las víctimas como a la comunidad, así como en la rehabilitación del delincuente. 
La justicia restaurativa es un enfoque que busca abordar el daño causado por un delito, en lugar de simplemente castigar al delincuente. Se basa en principios de reconciliación, reparación y responsabilidad, y busca involucrar activamente a las partes afectadas en el proceso de resolución de conflictos. En lugar de enfocarse únicamente en el castigo del delincuente, la justicia restaurativa busca restaurar las relaciones dañadas y promover la curación y la reconciliación. 
Enfoques alternativos a la justicia penal tradicional 
La justicia restaurativa se basa en enfoques alternativos a la justicia penal tradicional, como la mediación y la reparación de daños. La mediación es un proceso en el que un mediador neutral facilita la comunicación entre el delincuente y la víctima, con el objetivo de llegar a un acuerdo mutuamente aceptable. La reparación de daños implica que el delincuente tome medidas para reparar el daño causado, ya sea compensando financieramente a la víctima o realizando servicios comunitarios. Efectividad en la rehabilitación de delincuentes 
La justicia restaurativa ha demostrado ser efectiva en la rehabilitación de delincuentes al abordar las causas subyacentes de su comportamiento criminal. Al centrarse en la responsabilidad y la reparación del daño, en lugar de simplemente castigar al delincuente, la justicia restaurativa puede ayudar a los delincuentes a asumir la responsabilidad por sus acciones y a desarrollar habilidades para evitar comportamientos delictivos en el futuro. Los programas de justicia restaurativa que incluyen servicios de apoyo y seguimiento también pueden ayudar a los delincuentes a reintegrarse con éxito en la sociedad. 
Reparación del daño a las víctimas 
Además de la rehabilitación de delincuentes, la justicia restaurativa también se centra en la reparación del daño a las víctimas. Al involucrar activamente a las víctimas en el proceso de resolución de conflictos, la justicia restaurativa puede ayudarles a sanar emocionalmente y a recuperar un sentido de control sobre su vida. La mediación y la reparación de daños ofrecen a las víctimas la oportunidad de expresar sus preocupaciones y necesidades, y de participar en la búsqueda de soluciones que satisfagan sus intereses. 
En resumen, la justicia restaurativa ofrece un enfoque alternativo y holístico para abordar los conflictos en el sistema de justicia penal. Al centrarse en la reparación del daño y la rehabilitación de delincuentes, la justicia restaurativa busca promover la curación y la reconciliación tanto para las víctimas como para la comunidad en general. Si bien no es adecuada para todos los casos, la justicia restaurativa ofrece una alternativa valiosa a la justicia penal tradicional y tiene el potencial de promover una mayor justicia y sanación en nuestras comunidades.
https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/perdonada-una-deuda-de-282-097-euros-generada-a-raiz-de-los-avales-de-la-empresa-de-su-exmarido/

1785. La FGJE construye Acuerdos de Paz y logra que más de 4 mil víctimas del delito en Sonora reciban Reparación del Daño por un monto superior a los 17 millones 600 mil pesos


•Mediante los mecanismos de justicia alternativa, personal de la FGJE logra que las partes en conflicto lleguen a un acuerdo y se establezcan las formas de pago de reparación del daño y, en muchas ocasiones, que se restauren lazos sociales o familiares.
•En los últimos 10 meses, se han logrado un total son 4 mil 331 acuerdos reparatorios, 1 mil 803 por delito de incumplimiento de obligaciones familiares, 1 mil 650 por delitos de tránsito, 808 por delito de robo y 70 por el delito de sustracción de personas menores de edad.
•Entre los beneficios de realizar un Acuerdo Reparatorio están la rapidez en la solución del caso, además de ser una acción voluntaria, confidencial y gratuita que evita enfrentar largos procesos de orden penal.
•“Yo estoy muy orgullosa del equipo del Centro de Atención Temprana del Área de Justicia Alternativa, porque es personal muy valioso, servidores públicos que están haciendo una transformación en Sonora, porque están cambiando la cultura hacia una cultura de paz”, declaró la Fiscal General, Claudia Indira Contreras Córdova.
En el marco del Día Mundial de la Paz, la Fiscal de Justicia, Claudia Indira Contreras Córdova, dio a conocer que hay avances asombrosos en lo que respecta al órgano de justicia alternativa.
Indicó que las víctimas que han acudido a presentar una denuncia y que son derivadas al órgano de Justicia Alternativa ya han recibido 17 millones 600 mil pesos por los acuerdos reparatorios; esta cantidad de dinero las víctimas la tienen ya en sus manos y hay otros acuerdos diferidos que están en curso.
“Yo estoy muy orgullosa del equipo, del Centro de Atención Temprana del Área de Justicia Alternativa, porque es personal muy valioso, servidores públicos que están haciendo una transformación en Sonora, porque están cambiando la cultura hacia una cultura de paz”, aseguró.
Explicó que estos más de 17 millones de pesos corresponden al monto recuperado por las víctimas bajo ese acuerdo reparatorio, pero no solamente es una reparación económica del daño, sino que se busca la solución del conflicto y se logra de una manera pacífica, lo que sirve para que los involucrados aprendan una nueva forma de resolver a los conflictos.
En este proceso de Justicia Alternativa los mediadores son encargados de coadyuvar con los implicados en un caso para que hablen de la situación, de la problemática y que ellos mismos planteen las soluciones, “eso es lo valioso de un acuerdo reparatorio y por supuesto que haya una reparación del daño eficaz sin necesidad de judicializar el caso”, destacó la Fiscal.
En los últimos 10 meses, de noviembre de 2018 a agosto de 2019, se han logrado un total son 4 mil 331 acuerdos reparatorios, 1 mil 803 por delito de incumplimiento de obligaciones familiares, 1 mil 650 por delitos de tránsito, 808 por delito de robo y 70 por el delito de sustracción de personas menores de edad.
Entre los beneficios de realizar un Acuerdo Reparatorio están la rapidez en la solución del caso, además de ser una acción voluntaria, confidencial y gratuita que puede evitar el largo proceso penal.
Uno de los delitos por los cuales mayoritariamente se hacen acuerdos reparatorios es por el incumplimiento de obligaciones familiares y, dentro de este proceso, el hacer uso de la Justicia Alternativa resulta muy significativo, porque además de que rápidamente se puede ver esa reparación del daño con el sustento que empieza a llegar a casa, también incide en esa familia y en el padre asume su responsabilidad, pero además aprenden que cualquier conflicto se pueda resolver por una vía pacífica y que los lazos familiares se pueden fortalecer entre padre, hijo y madre.
La titular del Centro de Atención Temprana del Área de Justicia Alternativa, Beatriz Alicia Martínez Valencia, señaló que “participar en el proceso para poder contribuir a la paz y a la restauración del tejido social es un privilegio porque se siente mucha satisfacción al resolver casos que se quedan grabados en el corazón y la mente, además de saber que se ha aportado ese granito de arena para que haya paz y justicia en el Estado”.
Critica.com.ms. Hermosillo, Sonora, México. 21/06/2019

1643. En el punto medio está la virtud

La discusión sobre la delincuencia juvenil (jóvenes en conflicto con la ley penal) suele generar un intercambio de opiniones basado en posiciones extremas. En este sentido, no es extraño que los ciudadanos consideren este debate en términos de una ineludible toma de partido por una de dos posiciones: "la única solución es aplicar la sanción" y "la única respuesta viable es no castigarlos". Cada una de estas propuestas tiene, a su vez, una versión más extrema: "hay que encerrarlos a todos y tirar la llave" y "no hay que tocarles un pelo porque no son responsables por lo que ha sucedido".
Esta manera de plantear el debate se ha instaurado también en lo referente a la forma de presentar los dos modelos de respuesta frente a los casos de vulneración de una norma; el modelo retributivo y el restaurativo. En general, cada uno de los defensores de un modelo suele presentar al otro en su peor versión; los retributivistas presentan el modelo restaurativo en términos de un laisser faire donde con el perdón y el arrepentimiento está todo saldado. Mientras que los restaurativistas caricaturizan el modelo retributivo en términos de un castigo irracional, que se acaba aproximando al ejercicio puro y duro de la venganza.
A mi modo ver, al final de todos estos intercambios habrá que reconocer que en el punto medio está la virtud. Por un lado, me parece que éstas no son las mejores descripciones de cada uno de estos modelos. Y, por el otro, pensar cada uno de ellos como la única respuesta viable para todo el complejo mundo de la delincuencia juvenil es, nuevamente, una simplificación excesiva que no ayuda. En lo cotidiano, cualquier lector que sea padre de un joven sabe que el éxito radica en la capacidad para combinar distintas maneras de responder frente a situaciones diversas.
De estos dos modelos el que quizás ha sido más desvirtuado, probablemente porque surge por oposición al otro, ha sido el restaurativo. En su versión más directa, lo que la justicia restaurativa propone es que siempre que se comete un acto ilícito, se provoca un daño. Además, se considera que aquel que provocó el daño tiene la obligación de repararlo o restaurarlo. Esta afirmación tiene dos consecuencias. Primero, la impunidad no encaja en estos modelos, porque no es restaurativa; no hay reparación del daño si no hay respuesta frente al victimario por el acto cometido. Segundo, la sanción no puede ser un fin en sí misma porque el castigo al victimario no genera la reparación de la víctima. Lo restaurativo defiende la construcción de una respuesta que permita que el victimario aprenda al tiempo que repara el daño causado a la víctima y/o a la comunidad.
Esta propuesta es mucho más complicada que la opción de la sanción como un fin o de la impunidad como respuesta. Pero, precisamente, lo que se defiende es la necesidad de generar respuestas más complejas que aquellas que son presentadas de manera simplista. Muchos confunden la idea de una propuesta de justicia restaurativa con un modelo de mediación víctima-victimario. La mediación es una de las herramientas posibles frente a un caso. Pero no siempre es viable o aconsejable el encuentro dentro de una propuesta restaurativa.
En los últimos meses se ha venido desarrollando un proyecto piloto de justicia juvenil restaurativa en la Municipalidad de San Isidro con la participación del Colegio de Abogados, el Obispado, la Universidad de San Andrés, la fiscalía, la Defensoría y la jueza penal juvenil de San Isidro Patricia Klentak. El programa trabaja con jóvenes en conflicto con la ley penal cuando cometen sus primeros delitos y siempre que éstos sean de baja intensidad, en contraposición de los de alta intensidad, como el caso de un asesinato o un robo a mano armada.
El objetivo del programa es cortar el vaso comunicante entre la delincuencia de baja intensidad y la de alta intensidad; evitar que el joven redoble la apuesta cometiendo delitos cada vez más graves. La delincuencia juvenil de baja intensidad, que es mayor que la de alta intensidad, no obtiene la misma atención ni genera el mismo nivel de inquietud social. Sin embargo, es en esa relativa indiferencia donde los jóvenes transitan de un espacio a otro con cierta normalidad. La falta de respuestas del sistema (impunidad) o las respuestas exclusivamente sancionadoras no han evitado, ni evitan, que los jóvenes vayan por más después de sus primeros delitos. El modelo restaurativo que aquí se defiende busca, entonces, que el joven aprenda sobre la responsabilización de sus actos y la reparación por el daño causado.
Esta reparación no es, necesariamente, el resultado de un consenso con la víctima, sino de un trabajo de equipos técnicos especializados. En ningún momento la propuesta pretende igualar o nivelar al victimario con la víctima; no se olvida que el primero está obligado frente a la segunda o frente a la comunidad. El programa es visto como un modelo de respuestas para cualquier quebranto normativo con independencia del estatus socioeconómico que tenga el victimario. Respecto de la víctima, pretendemos evitar los procesos de normalización de la delincuencia de baja intensidad en la que hoy se posicionan nuestras comunidades ("la sacaste barata porque sólo te robaron"). El programa busca enfrentar así la sensación de indiferencia y abandono que suelen sufrir las víctimas de este tipo de delitos.
A mi modo de ver, debemos plantear un debate que reconozca la complejidad del fenómeno y que evite las propuestas extremas. Todo lo demás es apartarnos de ese punto medio en el que se encuentra la virtud.
Raúl Calvo Soler. Profesor de la Universidad de Girona; director del programa piloto de justicia juvenil restaurativa de la Municipalidad de San Isidro
Raúl Calvo Soler  LaNación.com.ar. Argenitna,16/09/15
http://www.lanacion.com.ar/1828177-en-el-punto-medio-esta-la-virtud

1640. La Mediación Penal se abre paso en España


La mediación penal, cuyo fin es la reparación moral y material a las víctimas de un delito mediante un acuerdo con el acusado, comienza a abrirse paso en España. A diferencia del ámbito civil o incluso el laboral, esta vía alternativa de resolución de conflictos no estaba regulada expresamente en penal, algo que empieza a cambiar.
La última reforma del Código Penal, en vigor desde el pasado 1 de julio, da un paso muy importante al regular por primera vez este tipo de mediación, con la modificación del artículo 84.1. El nuevo texto establece que el juez o tribunal podrá condicionar la suspensión de la ejecución de la pena al cumplimiento del acuerdo alcanzado por las partes en virtud de mediación.
También lo regula el Estatuto de la Víctima, que entrará en vigor el próximo 28 de octubre, estableciendo los requisitos para acceder a la mediación penal. Exige que ambas partes consientan que el infractor reconozca los hechos, que el procedimiento no entrañe un riesgo para la seguridad de la víctima o le cause nuevos perjuicios materiales o morales, y que esta vía no esté expresamente prohibida por ley para el delito cometido, como en el caso de los relativos a violencia de género, que quedan excluidos de la mediación.
La mediación implica una rebaja penal con la obligación de indemnizar las posibles responsabilidades que se hubieran causado a la víctima.
Cómo estaba regulado
Hasta ahora, la mediación penal sólo estaba regulada en el ámbito juvenil, a través de la Ley Orgánica de la responsabilidad penal de los menores, con la posibilidad del sobreseimiento del expediente por conciliación o reparación entre el menor y la víctima.
No obstante, el Consejo General del Poder Judicial ha puesto en marcha en diferentes órganos judiciales proyectos piloto de mediación penal en adultos, apoyados en protocolos específicos ante la ausencia de regulación expresa. En este sentido, cabe recordar que el artículo 21.5 del Código Penal considera circunstancia atenuante de la responsabilidad criminal "haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima, o disminuir sus efectos".
Cataluña y el País Vasco han sido pioneras en este campo. También la Comunidad Valenciana, y concretamente la Audiencia Provincial de Alicante, con una Oficina de Mediación en la que el porcentaje de asuntos resueltos con acuerdo entre las partes es del 57%. Los asuntos resueltos por esta oficina, que coordina el presidente de la Audiencia, Vicente Magro, están relacionados con cuestiones como el impago de pensiones, los delitos de lesiones, o aquellos de carácter patrimonial como estafas o alzamientos de bienes. Desde su experiencia, Magro asegura que el fomento de la mediación y su mayor uso "aliviaría mucho la jurisdicción penal, evitando el juicio, la sentencia y la fase de ejecución, resultando más barato que crear nuevos juzgados".
En cuanto a su funcionamiento señala que, si se alcanza un acuerdo y las víctimas son reparadas, el caso no va a juicio y concluye con sentencia de conformidad. Sin embargo, puntualiza que "se mantienen los antecedentes penales para el infractor, de forma que, aunque se acuerde una suspensión de la pena, en caso de que vuelva a delinquir ingresará en prisión".
Magro ve un paso muy importante la inclusión de la figura de la mediación penal en las últimas reformas legales, teniendo en cuenta el éxito de esta vía allí donde se aplica, pero cree que no es suficiente. En su opinión urge que uno de los primeros temas que aborde el Ministerio de Justicia en la próxima legislatura sea aprobar una ley específica sobre mediación penal y regular la figura del mediador.
Justicia Restaurativa
Las recientes reformas aprobadas responden a directrices de la Unión Europea, que ya en una decisión marco de 15 de marzo de 2001, planteaba la necesidad de incorporar la mediación penal para adultos a las legislaciones nacionales. Esta mediación se regula bajo los principios de la Justicia restaurativa cuyo objetivo es que el infractor se responsabilice de lo que ha hecho, sea consciente de las consecuencias y exista un encuentro en el que pueda pedir perdón a la víctima, llegando a un acuerdo para reparar el daño. Además, la víctima encuentra un lugar de escucha y de expresión a nivel emocional ante el daño ocasionado, y todo ello permite orientar el conflicto hacia la reeducación y la reinserción. Así lo explican Pilar González Rivero y Mar Madrid, en representación de la Asociación para la Mediación, el Encuentro y la Escucha, que creen que las reformas aprobadas son un primer paso, pero faltaría un desarrollo legal para su puesta en práctica efectiva.
Almudena Vigil. Expansion.com, España, 02/09/15

1347. El 81 % de los casos sometidos a Mediación penal se logra llegar a acuerdo

Barcelona, España. En el 81 % de los casos que se sometieron a mediación penal en 2012 en Cataluña las partes llegaron a un acuerdo, y la mayoría de los usuarios valora como "excelente" su participación en este proceso de mediación, según el estudio "Evaluación del Programa de mediación penal".
El programa de mediación y reparación penal del Departamento de Justicia recibió el año pasado un total de 1.516 peticiones para participar, de las que 1.434 llegaron al final.
En 515 de estos casos (el 35 %) se llevó a cabo un proceso de mediación -las partes se sentaron a dialogar para solucionar sus controversias a través de una persona mediadora- de los que 416 (el 81 %) finalizaron con acuerdo de las partes.
Los usuarios de la mediación penal, y en concreto las víctimas, valoran con una nota excelente su participación en el proceso, con un 4,5 en una escala del 1 al 5 por lo que respecta al proceso y con un 4,6 el trato recibido del mediador.
Así lo refleja el trabajo de investigación "Evaluación del Programa de mediación penal", del catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Lleida Josep Maria Tamarit.
El estudio revela, además, que un 83 % de las víctimas valoran el hecho delictivo o la falta como grave o muy grave, dato significativo teniendo en cuenta que la mayoría de hechos que motivan los procesos de mediación penal tienen condición de falta y no de delito.
Del trabajo se desprende también que la participación en un proceso de mediación penal contribuye significativamente al bienestar emocional de las víctimas, ya que hace disminuir el estrés posterior al delito o falta y les ayuda a restablecer el control y a poder cerrar el proceso de recuperación.
La Vanguardia.com. 11/12/13
http://www.lavanguardia.com/vida/20131211/54396064123/en-el-81-de-los-casos-sometidos-a-mediacion-penal-se-logra-llegar-a-acuerdo.html

1336. Proponen Justicia Restaurativa para reducir la delincuencia

Puebla, Puebla. El médico, investigador y educador de Londres, Daniel Reisel, propuso el uso de la "justicia restaurativa" como alternativa para reducir los índices de delincuencia en las ciudades.
Durante su participación en "La Ciudad de las Ideas Puebla 2013", Reisel destacó que su propuesta consiste en reunir a un delincuente con la víctima con el objetivo de que se dé cuenta del daño realizado.
Comentó que entre el 60 y 80 por ciento de los delincuentes reinciden al salir de las prisiones, por lo que, el encarcelamiento no es la alternativa para solucionar los problemas de la delincuencia.
El especialista en neurociencias por la Universidad de Oxford destacó que la aplicación de la justicia restaurativa está dando resultados en Nueva Zelanda y Australia, siempre que la víctima esté dispuesta a dialogar con su victimario.
"La justicia restaurativa consiste en una serie de diálogos y terapias. Los genes se expresan de diferente manera cuando están en un ambiente restringido", destacó.
Jaime Zambrano. Milenio.com. 07/11/13
http://www.milenio.com/tendencias/Proponen-Daniel-Reisel-restaurativa-delincuencia_0_185981757.html

1272. Justicia Alternativa

Chilpancingo, Guerrero. En el marco de la reforma al sistema procesal penal, para el tránsito hacia el sistema acusatorio difundido como el modelo de los “juicios orales”, se ha dado especial importancia a los mecanismos alternativos de solución de controversias. Tras la reforma constitucional de 2008, el párrafo cuarto del artículo 17 constitucional establece que “las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial”.
El modelo de la justicia restaurativa ha adquirido gran prestigio en las discusiones penales contemporáneas. Se trata de un modelo que ha permeado desde la discusión anglosajona, aunque tiene su origen en las culturas aborígenes de Australia y Nueva Zelanda. De la misma manera, si se estudian los métodos de solución de conflictos en las comunidades indígenas de México y Latinoamérica se encontrará que aplican modelos de justicia restaurativa, que priorizan la reparación del daño, la restauración del orden social y la reeducación del infractor, frente a la mera retribución punitiva que muchas veces ha sido el único propósito real del sistema penitenciario.
En el nuevo régimen procesal, los mecanismos alternativos de solución de controversias se plantean como “salidas alternas”, figuras jurídicas que permiten la conclusión del asunto sin tener que llegar a la sentencia final. Las salidas alternas son instituciones jurídicas que permiten flexibilizar, economizar y descongestionar el sistema penal, sin tener que acudir al juicio oral. Se trata de evitar que los particulares, tengan que recorrer rutas a veces tormentosas en los procesos ante autoridades judiciales; la idea es que el Estado pueda dar soluciones eficaces a diversidad de problemas, situación que a su vez, evitará el incremento de asuntos en los centros de administración de justicia, mismos que en ocasiones se encuentran colapsados por la cantidad de asuntos.
Se otorgan nuevas facultades al órgano juzgador para mediar, con lo cual resulta conveniente la creación de los centros de composición, conciliación o arbitraje. La idea es que los jueces supervisen que las componendas entre las partes se ajusten a derecho, lo cual es una garantía para las víctimas, quienes por supuesto recibirán la adecuada orientación y apoyo necesario.
El desarrollo de los sistemas acusatorios en otras naciones ha conducido al auge de los mediadores profesionales, quienes ayudan a establecer, con la anuencia de las partes, acuerdos reparatorios del daño causado. Cuando se llega a un acuerdo, se presentan ante el juez de garantías, quien calificará el convenio, mismo que deberá ser justo, voluntario, proporcional y respetuoso. De esta forma, se dará por concluido el proceso penal.
La justicia restaurativa, enfatiza y subraya como esencial la reparación del daño. Por la justicia restaurativa, se considera que un proceso se ha instaurado en virtud de que la víctima ha sufrido efectos y perjuicios directos e indirectos, bien sean corporales o físicos. La justicia restaurativa tiene por finalidad sanar las heridas causadas por el delito; en otras palabras, busca solucionar el conflicto para que la víctima y el imputado puedan seguir viviendo en colectividad; es en este sentido, como las salidas alternas pueden ocupar un lugar importante para obtener el beneficio de la justicia restaurativa.
El imputado se beneficia, al no tener que llegar a un juicio público, el que necesariamente le causaría perjuicio, empero no sólo a él, sino inclusive a su familia. Asimismo, el imputado avanza en su conveniente inserción social. El Estado por su parte ahorra recursos materiales y humanos, mismos que puede destinar a otros asuntos o casos de mayor gravedad.
Eduardo López Betancourt. La Jornada Guerrero.com.mx

1194. Analizan diputados Ley Estatal de Justicia Alternativa de Michoacán

Morelia, Michoacán. Las comisiones unidas de Justicia y Seguridad Pública en reunión de trabajo con miembros del Consejo Implementador del Nuevo Sistema de Justicia, así como del despacho Estrategia Integral de Consultores que participaron en la elaboración del proyecto de Ley Estatal de Justicia Alternativa y la directora del Centro de Mediación del Poder Judicial, la maestra Pilar Chávez, analizaron puntos fundamentales del ordenamiento para avanzar en su dictaminación, explicó la Selene Vázquez Alatorre.
La presidenta de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, señaló “se decidió invitar a los hacedores de la Ley para que nos expusieron los elementos principales que motivaron la elaboración y la diferencia con otros ordenamientos en el país”, agregó que después de este acercamiento será más fácil perfeccionar dicha ley para que opere cuanto antes.
La diputada refirió que la Ley de Justicia Alternativa será de carácter estatal, general y restaurativa, pues obligará a los Poderes Ejecutivo y Judicial, pero también a las autoridades municipales a brindar a la ciudadanía la posibilidad de conciliarse en materia penal, civil, familiar, mercantil y hasta laboralmente, antes de recurrir a la vía jurisdiccional.
Esta condición permitirá desahogar las salas del Poder Judicial y hará más expedita la justicia pues requiere de la participación voluntaria de los agraviados y las personas que cometen un delito para que siempre exista una reparación del daño, “este precepto hará que la Ley michoacana sea más completa que otras porque siempre se priorizará que sea restauración, la compensación pagando el daño”.
Si bien la entrada en vigor del Sistema de Justicia Penal será paulatina –dijo la diputada- la Mediación es una materia que ya se trabaja, que ya está operando pero que requiere una mayor divulgación para que no sea sólo algo desarrollado por el Poder Judicial, sino también por la Procuraduría del Estado y los municipios.
Las comisiones unidas seguirán trabajando el tema pues existen inquietudes de varios diputados en el sentido de hacer que esta Ley sea sencilla para el manejo de todos los ciudadanos y que lo que se refiere a la organización interna de los Centros de Mediación del Poder Judicial y de la Procuraduría quede dentro de las Leyes Orgánicas respectivas de esas instituciones.
Cabe señalar que en el evento estuvo presente Juan Clemente Juárez, de Estrategia Integral Consultores S.A de C.V., así también se contó con la asistencia de la diputada Cristina Portillo Ayala, integrante de la Comisión de Justicia.
En ese sentido, Cristina Portillo, ante los asistentes resaltó la importancia de que analizaran puntos fundamentales del ordenamiento del nuevo sistema de justicia penal.
Cambio de Michoacán.com.mx. 06/12/12

1190. El Congreso de Nayarit aprueba leyes que repararán daños a víctimas

Tepic, Nayarit. La Trigésima Legislatura, que preside el diputado Armando García Jiménez, aprobó por unanimidad el dictamen unitario con proyectos de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal y de la Ley de Justicia Alternativa para el Estado de Nayarit, en materia de justicia restaurativa, iniciativa presentada por la diputada Jocelyn Patricia Fernández Molina.
Con la aprobación de esta reforma, inicia la transición de un modelo de justicia retributivo a uno de naturaleza restaurativa, ya que es inminente la próxima implementación del sistema acusatorio penal en Nayarit.
Esta reforma tiene como propósito fundamental humanizar de forma gradual el proceso penal, ello basado en otorgar una opción preferencial para las víctimas del delito, con la que se le reconozca la atención negada, la justicia y la reparación de sus daños causados por el delito.
Los métodos de justicia restaurativa puedan utilizarse en cualquier etapa del proceso, lo que resulta novedoso y favorable, ya que se atiende a las necesidades tanto de la víctima como del actor, ya que el delito es un problema social y comunitario, por lo que es precisamente en la sociedad donde debe resolverse.
Una más de las bondades de las reformas al Código Penal, es que se tiene la posibilidad de que mayores delitos puedan ser perseguidos, que la reparación del daño sea más amplia y a favor de quien es víctima del delito para lograr la conciliación, aún cuando haya causado sentencia.
De igual forma, se establece que la justicia restaurativa representa un cambio en el paradigma judicial, ya que busca introducir un nuevo espíritu a la justicia; cambia el eje para la dinámica del proceso y busca garantizar que se castigue al verdadero culpable.
En este dictamen unitario aprobado por la totalidad de los representantes populares nayaritas, se especifica que la justicia restaurativa no es justicia de pequeñas causas o para delitos cometidos por menores, ni un proceso abreviado; si no más bien, mide en forma diferente el éxito del proceso penal; en vez de medir la pena que se impuso al delincuente, mide cuántos daños fueron reparados o prevenidos.
Así mismo, este nuevo orden jurídico para Nayarit busca mejorar el tratamiento de las víctimas, sin que ello implique deterioro alguno para el autor o partícipe del delito. Además de que con ello se obtendrían mejores resultados y permitirían pasar de los textos legales a la realidad de las vivencias de los autores, las víctimas y la comunidad.
Alberto Martínez. Periódico Express.com.mx. 05/11/12

970. Mediadores de conflictos actuarán en reparación de daños en Nuevo León

Monterrey, Nuevo León. El Congreso de Nuevo León autorizó este lunes reformas a la Ley de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos, a fin de utilizar la negociación y el diálogo en el caso de los menores infractores
Los diputados avalaron la creación de esta figura, de negociadores, a fin de que intervengan en la solución de problemas entre particulares, y así evitar que las partes en conflicto lleguen a la vía judicial.
Mediante la aprobación de las reformas, ahora los mediadores pueden actuar en el caso de los menores infractores detenidos por delitos, siempre y cuando no sean graves.
Además, también los mediadores tienen facultades para operar cuando la reparación del daño sea reclamada tanto en asuntos penales, civiles y mercantiles.
El diputado priísta Héctor García, presidente de la Comisión de Legislación, dijo que esto implica un avance porque se trata de agotar el diálogo en lugar de llegar a un conflicto judicial.
Y es que se fortalece la figura de mediador, para ampliarle sus facultades, a fin de que pueda intervenir en más casos.
García explicó que, tratándose de delitos no graves, siempre será mejor que las partes en conflicto lleguen a una negociación, ante de recurrir a la vía judicial por medio de una demanda.
"Se trata de una innovadora forma de hacer justicia, más económica y rápida", detalló, "las personas que deseen profesionalizarse como intermediarios, lo pueden hacer".
Olivia Martínez. Info7.com.mx. 12/12/11

 Establecen figura de mediador para delitos simples
Monterrey, Nuevo León. El pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma para otorgar mayores facultades a los mediodores, esto en el marco de la implementación de justicia alternativa, misma que también aplica para los menores infractores.
“Es una innovadora reforma, se adiciona a la ley de Métodos Alternos, se integra una figura interesante que es la participación de mediadores, ya los había pero faltaban algunas facultades para la resolución de conflictos” explicó Héctor García, presidente de la comisión dictaminadora.
Así mismo el presidente de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales expuso que se busca resolver condenas simples entre los mismos particulares para evitar la realización de un proceso judicial que resulta tedioso para este tipo de delitos menores.
Sobre la aplicación en justicia para adolescentes, García García detalló que los mediadores pueden buscar un acuerdo entre los padres o tutores del menor delincuente con las partes para reparar el daño, esto en delitos patrimoniales como daños o robo simple.
“Es una forma innovadora de hacer justicia de manera oficial y formal” añadió, de la misma forma detalló que pueden incluirse en estos trámites notarios, abogados, sícologos o bien profesionistas que busquen hacer carrera en este rama.
Cabe señalar que la figura del mediador también puede ser utilizada en la resolución de conflictos familiares, esto com una forma de abatir el rezago judicial.
Luis Cardona. MNoticias.com.mx. 12/12/11

968. La Mediación Penal en Andalucia

Andalucía, España. La mediación penal es un sistema novedoso de resolución de litigios que busca reparar el daño que han sufrido las víctimas, implica que el imputado asuma su culpa y evita a los perjudicados atravesar por todos los pasos que conlleva un juicio convencional.
La mediación penal ya figura en España en la Hoja de Ruta de la Modernización de la Justicia elaborada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) con el ánimo de reducir la litigiosidad.
Por ahora, está implantada en España en cerca de cuarenta Juzgados correspondientes a Andalucía, Aragón, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Madrid, Navarra, Comunidad Valenciana, País Vasco y Galicia, según los últimos datos disponibles del CGPJ facilitados, en los que se refleja que el sesenta por ciento de los casos derivados al sistema de mediación se han podido ya iniciar en España.
La mediación, a la que algunos llaman ‘pacto de caballeros’ porque saca lo mejor de la víctima y del supuesto autor, que pide perdón y quiere resarcir al perjudicado, se encuentra ahora a la espera de la remisión al Congreso de un proyecto de ley, como ha anunciado recientemente el ministro de Justicia, Francisco Caamaño.
La portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Gabriela Bravo, recordó en unas recientes el funcionamiento “muy positivo” de ese mecanismo en el ámbito de la Ley del Menor y aseguró que extender esta figura a los ámbitos Civil y Penal contribuirá a conseguir una justicia más ágil. "La mediación le da protagonismo a las partes y permite alcanzar soluciones de una forma más rápida y más fácil”, insiste la portavoz del Poder Judicial, que asegura que esta fórmula no implica “despenalizar ni desjudicializar” porque, “al final, es un juez el que resuelve”.
La idea es solucionar el conflicto en su fase inicial, con un equipo mediador “configurado normalmente con la colaboración de Comunidades autónomas, de las Universidades o de otras instituciones”, que ponga en contacto a las partes para intentar llegar a una solución “en cuanto a la reparación del daño y en cuanto al reproche (al ofensor)”.
El germen de la mediación penal se sitúa en diversas recomendaciones del Consejo de Europa y la directiva del Consejo de la Unión Europea, dirigidas a la necesidad de reparar el daño causado a la víctima de forma adecuada y en que el delincuente asuma la responsabilidad que tiene en el delito, explica la magistrada del Juzgado de lo Penal número 2 de Valladolid, Ana María Carrascosa.
Hace tan solo un mes Fundación Mediara organizaba en Cádiz unas jornadas para analizar la situación de la mediacón en nuestro país y las experiencias prácticas de otro países . En ese foro, Lorenzo del Río, presidente del TSJ de Andalucia impartía una ponencia, que por su interés, reproducimos a continuación, sobre la evolución de la mediación penal en nuestro país

856. Justicia Restaurativa: algo más que pedir perdón

 
Euskadi , España. Perdonar puede ser más o menos difícil. Sin embargo, la cosa se complica cuando la persona que se tiene que disculpar es un terrorista ante su víctima. ¿Se podría dar el caso? Todo apunta a que sí. La liebre saltó a raíz de una información que pasó casi inadvertida en la web de la Cadena Ser: “Instituciones penitenciarias pone en marcha un programa de mediación penal para presos de ETA”. Los etarras podrían iniciar un proceso para acabar pidiendo perdón a sus víctimas “siempre que ellas lo acepten”.
Instituciones Penitenciarias no quiere hacer comentarios sobre esta información, aunque tampoco la desmiente. “Puede ser que estén preparándolo, que estén en una fase muy incipiente”, explica a este diario Virginia Domingo de la Fuente, presidenta de la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa (SCJR), que cree que, si existe un plan de este tipo, debería hacerse público porque mal entendido puede causar alarma social.
“Siento, desgraciadamente, que tienen un concepto erróneo pensando que justicia restaurativa es un proceso privado sin repercusión pública y que, por el hecho de participar en procesos restaurativos como la mediación penal, se va a legitimar o justificar los delitos de los terroristas”, explica Domingo, que subraya siempre que este proceso no debe tener beneficios penitenciarios: “Hay que dejarlo claro. No debe tener ninguna compensación penitenciaria”.
Por el momento, estos procesos en España han tenido como protagonistas delitos de escasa importancia. Sin embargo, en otros países como Estados Unidos se utiliza en casos de violencia grave como una violación. Este tipo de procesos tiene como objetivo reintegrar tanto a la víctima como al infractor. Las primeras buscan superar el trauma, mientras que los segundos buscan la reintegración en la sociedad. La justicia restaurativa se centra más en una reparación moral que en la penal.
Por su parte, la Fundación Víctimas del Terrorismo, consultada por El Confidencial sobre este supuesto proceso, advierte que no tienen constancia de que ninguna víctima de ETA haya sido contactada para iniciar este proceso.
La FVT remite al Documento de la Justicia de las Víctimas que es claro en este sentido: "Escribir una petición de perdón, escribir el reconocimiento del daño personal causado o el pago de indemnizaciones pendientes no es suficiente, porque los asesinatos perpetrados por ETA para la consecución de su proyecto político poseen, además, una dimensión pública innegable".
En este punto, la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa coincide en que, con el terrorismo, estos procesos de mediación penal son “algo más que pedir perdón”.
Las víctimas, lo primero
La justicia restaurativa pretende ayudar a la víctima a que deje de ser víctima. “En algunos momentos, el apelativo de víctima es una losa más que un reconocimiento. Deben pasar a ser supervivientes de la tragedia. Secundariamente, con este programa se intentará que la asunción de responsabilidad del terrorista le convierta en un hombre nuevo, que quiere reintegrarse en la sociedad sin volver a delinquir”, explica la SCJR.
Este proceso podría llevarse a cabo con terroristas y víctimas de ETA, aunque sean de crímenes diferentes: “Se alienta a los infractores para que comprendan, acepten su responsabilidad y cumplan con su obligación de reparación del daño”. En Estados Unidos se dan ejemplos de violadores y víctimas de violación que realizan este proceso juntos, aunque no se hayan visto en la vida.
Este supuesto proceso se estaría llevando a cabo en la prisión de Nanclares de Oca (Álava), uno de los llamados centros “laboratorio”, donde se acogen disidentes de la banda terrorista. De los 30 presos presentes en esta cárcel, una decena de ellos se habrían mostrado dispuestos a trabajar en este programa. “Para empezar, es bueno que si esto se está haciendo sea en una cárcel como ésta”, explica Domingo.
Y que es importante que el autor del delito también colabore con el proceso. “La asunción de responsabilidad del terrorista debe ser voluntaria y espontánea, sin presiones y en ningún caso se justificará su conducta delictiva ni se eliminará la sanción penal correspondiente”, explica Domingo que cita como ejemplo para la esperanza un caso de un terrorista del IRA que llegó a pedir perdón a sus víctimas en un proceso de este tipo.
Por el momento, Domingo deja una luz de esperanza: “Si conseguimos que algunos se arrepientan ya no volverán a cometer delitos”.
Carlos Camino. El Confidencial.com. 26/07/2011

817. Justicia Restaurativa en las Escuelas de Chicago

Chicago, Estados Unidos. A principios de mes, un joven de 16 años fue arrestado a las afueras de la secundaria Foreman, en el noroeste de la ciudad, porque intentó entrar a la secundaria con una pistola. El hecho causó gran revuelo; eran alrededor de las nueve de la mañana, la secundaria se puso en alerta de “lockdown”, nadie podía salir ni entrar, y posteriormente el joven fue desarmado.
Según la policía, el muchacho no era estudiante de las escuelas públicas de Chicago; pero había sido expulsado recientemente.
Y ese es precisamente el punto, aseguran críticos. Más de 3 millones de estudiantes son suspendidos al menos una vez cada año y más de 100,000 son expulsados anualmente, según la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación de Estados Unidos.
¿Qué pasa con ellos? De acuerdo con la Academia Americana de Pediatría, los jóvenes expulsados o suspendidos con prohibición de asistir a la escuela son más propensos a perder el año, dejar la escuela, convertirse en padres adolescentes o meterse a delincuentes.
Un estudio de los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC) concluyó que los adolescentes que están fuera de la escuela también son más propensos a fumar, usar alcohol, marihuana y/o cocaína.
Y otro reporte del Southern Poverty Law Center también indicó que no existen datos que muestren que las suspensiones fuera de la escuela y las expulsiones mejoren el clima escolar o reduzcan el número de disrupciones en las aulas, sino que estas medidas tienen efectos negativos en el desempeño escolar de los alumnos.
Cero Tolerancia
En un caso bien documentado en Chicago, alrededor de 24 estudiantes de la escuela chárter Perspectives, en el barrio de Gresham, fueron arrestados y acusados de conducta temeraria –falta menor- por una pelea con comida en la cafetería.
Después del incidente, ocurrido a fines del 2009, muchos padres de familia cuestionaron por qué simplemente no se les castigó con quedarse después de clases y dijeron que las políticas de disciplina, específicamente la “tolerancia cero”, estaban siendo excesivas.
Las autoridades educativas dijeron que los oficiales de policía que ayudan a proteger la escuela, estaban preocupados de que los estudiantes fueran lastimados y sintieron que era necesario arrestar a los responsables.
Quienes abogan por la política de tolerancia cero opinan que es la única manera de que los estudiantes rindan cuentas por sus acciones y de mantener estándares de seguridad estrictos.
Actualmente un estudiante puede ser suspendido por mala conducta en Illinois si desobedece a personal de la escuela; sale de la escuela sin permiso; es atrapado con cigarrillos o un encendedor; daña propiedad escolar; o si usa el celular sin permiso.
También puede ser castigado por apostar; pelear; falsificar algo; hacer trampa en un examen o plagiar la tarea; acosar o amenazar a otro alumno; activar la alarma de incendio cuando no lo hay; robar o traer cosas robadas a la escuela; y por conducta sexual inapropiada.
En Chicago
Los casos de alumnos expulsados se han incrementado con el pasar de los años. En Illinois un estudiante puede ser suspendido por 11 días y hasta por dos años.
La revista Chicago Reporter documentó que en el año escolar 1995-1996, 57 jóvenes fueron expulsados de escuelas públicas de Chicago y esa cifra pasó a 318 en el período 2006-2007.
De acuerdo con datos obtenidos por la revista especializada Catalyst, en el período 2008-2009 fueron expulsados 612 alumnos de CPS.
Y con respecto a los arrestos dentro de las escuelas o cerca del campus, en el período 2006-2007, la unidad de patrulla escolar del Departamento de Policía de Chicago realizó 572 arrestos por portar armas o crímenes violentos. En el período 1997-1998 fueron 459 arrestos, informó el Chicago Reporter.
Si un estudiante es atrapado con armas o drogas, es suspendido por 10 días y la escuela notifica a la policía. Luego puede tardar meses para que el estudiante reciba una fecha para una audiencia en la que se escuchan a las dos partes.
Allí el oficial recomienda si será expulsado o recibirá otra acción disciplinaria (programa SMART-Saturday Morning Alternative Reach-Out and Teach) como ser referido a una secundaria alternativa.
Según datos obtenidos por La Raza, en el año escolar 2009-2010 hubo 531 expulsiones y 1,230 estudiantes referidos al programa SMART. Hay 20 casos pendientes de audiencia, informó CPS.
Guía para Padres
Otro punto es que entre algunos padres de familia aún hay desconocimiento sobre los derechos que tienen, en caso de que su hijo sea suspendido o expulsado y sobre el procedimiento correcto que debe seguir la escuela y CPS.
La Legal Assistance Foundation of Metropolitan Chicago elaboró precisamente una guía llamada “Parents' Guide to Suspensions and Expulsion in Illinois Public Schools”.
Allí se incluye información sobre qué debe hacer el padre de familia si su hijo es suspendido, cómo apelar la decisión, qué debe hacer la escuela antes de expulsar a su hijo, cuáles son sus derechos en la audiencia y quién toma la decisión final al respecto. Para más información, visite la página wwww.cofionline.org  
Reparar el Daño
En el año 2006, CPS reformó su código de conducta estudiantil para incluir la justicia restaurativa en sus políticas de disciplina. Ésta se basa en jurados de paz (“peer juries”) y círculos de paz (“peace circles”) para tomar estos casos de mala conducta.
Los programas de justicia restaurativa se enfocan en reunir a los involucrados en diálogo, para que el ofensor se reconcilie con la comunidad.
En el 2003 se formó un grupo llamado POWER-PAC (Parents Organized to Win, Educate and Renew-Policy Action Council), que empezó a cabildear para que CPS eliminara la política de tolerancia cero, restituyera la práctica del recreo y redujera las suspensiones y arrestos.
Dos años después, el grupo instaló el proyecto piloto Austin Peace Center en la escuela Brunson. Allí los estudiantes que han sido suspendidos pueden hablar con un adulto facilitador (“peacemaker”) o asistir a un programa de después de clases dos veces a la semana, donde reciban atención personalizada o mentoría y participen en círculos de diálogo con otros jóvenes.
Justicia Restaurativa
La idea de la justicia restaurativa en las escuelas es enseñar a los jóvenes a manejar conflictos sin violencia. Algunas de las ideas principales en las que se basa -según el manual para padres “Restorative Justice in Chicago Public Schools”, de POWER-PAC-, incluyen:
-Reunir a todas las personas involucradas, incluyendo el ofensor y si se puede, a la víctima.
-Reconocer que el estudiante que cometió la ofensa dañó a la escuela y a la comunidad.
-Ofrecerle al estudiante la oportunidad de “reparar el daño”; por ejemplo, si vandalizó la pared del baño, deberá limpiarla y pintarla. O si robó dinero, debe pagarlo a la víctima.
-Encontrar una manera de recibir al ofensor de nuevo en la comunidad, ya que nada se gana con se quede fuera de la escuela o en la calle.
-Balancear las necesidades de la comunidad, la víctima y el ofensor, involucrando a los demás estudiantes, padres y maestros en encontrar soluciones para reparar el daño.
En la Kelvin Park
Una secundaria en la que se está poniendo en práctica la justicia restaurativa es la Kelvin Park.
“A veces no te das cuenta de que lo que pasa no es normal, la falta de respeto por ejemplo, porque estás en el mismo ambiente todo el tiempo”, cuenta Brian Perea, de 19 años y quien se graduó el año pasado de la Kelvin Park High School, en el norte de la ciudad.
Perea menciona una vez en que fue suspendido por escribir con un lapicero en un escritorio y tuvo que pagar $300. También recuerda que los policías en su escuela tenían su propia oficina. “Dicen que es para que los estudiantes se sientan a salvo y debería ser una relación amistosa; pero al contrario, se ven unos a otros como enemigos”.
“Creo que las escuelas deben hacer un esfuerzo para crear un lugar verdaderamente seguro y que un oficial no debería usar su poder y su fuerza para hacer un arresto cada vez que puede”, dice.
Hoy Perea es voluntario en la Logan Square Neighborhood Association (LSNA) y trabaja para implementar justicia restaurativa en la Kelvin Park. En su último año de secundaria fue introducido a esta práctica por Juliet Alexandre, activista de la LSNA.
“Al principio pensé que no iba a funcionar, que era muy suave, como para niños; pero cuando uno empieza a ver el real significado, es diferente, es algo para restaurar las relaciones rotas”, señala.
Ahora en la Kelvin Park funciona un “peer-jury” o jurado de paz, conformado por estudiantes que reciben entrenamiento para analizar casos de otros alumnos suspendidos.
También funciona un “truancy program”, que consiste en dos madres de familia que tratan de recuperar a muchachos que han dejado la escuela. Según Perea, el año pasado hicieron más de 80 visitas a casas de jóvenes.
Y se está capacitando a estudiantes y maestros que quieren participar en los círculos de paz.
“Pero mientras no tengamos el apoyo de la junta directiva de CPS es muy difícil. Sí se puede lograr; pero para que todos los maestros estén a bordo se necesita que el cambio venga de arriba”, afirma el joven.
PFabiola Pomareda. Impre.com. 30/6/2011

690. Justicia Restaurativa o por qué el ojo por ojo no es una solución

Alicante, España. El detonante de todo fue una simple pregunta: “¿Qué tal está su hija?”. Mari Carmen, vecina de Benejúzar (Alicante), no pudo contener la rabia y, tras buscar gasolina, quemó vivo al hombre con el que acababa de hablar en la parada del autobús y que siete años antes había violado a su hija, que por entonces tenía 13 años. El Pincelito sobrevivió sólo unos días a esta agresión que le abrasó el 60% de su cuerpo.
Cuatro años después, en julio de 2009, la Audiencia Provincial de Alicante condenó a esta madre a una pena de nueve años y medio de prisión y a una indemnización de 140.000 euros. Menos de un año después, el Tribunal Supremo, tras aplicarle la eximente incompleta de trastorno mental transitorio, rebajó a cinco años y medio su condena. Apenas han pasado seis meses desde esta última revisión y la representación legal de Mari Carmen ha logrado reunir 5.000 firmas que reclaman su indulto.
No es un caso único en España. Hace pocos meses, un jurado popular de la Audiencia Provincial de La Coruña pidió el indulto parcial para una mujer que mató a su marido tras 34 años de malos tratos. Los dramáticos testimonios escuchados durante el juicio conmovieron a buena parte de los miembros del jurado que sí que la consideraron culpable del homicidio.
Sin embargo, diversos expertos no consideran que estos apoyos sean un guiño a favor de la Ley del Talión. Para Gonzalo Caro, politólogo, “sentir empatía no significa dar una justificación”. Muchas de las personas que firmaron a favor del indulto no estaban justificando un crimen, sino simplemente poniéndose en su lugar.
Algo en lo que coincide con la socióloga Cristina Sánchez, quien explica a El Confidencial que “la idea del ojo por ojo ya no forma para de nuestra cultura, pero no está tan lejos de nuestra reacción visceral. Los firmantes se sitúan en el lugar del otro”.
La Justicia, “al poner énfasis en castigar el delito y no en reparar a la víctima, genera cierta frustración, que da lugar a un proceso de empatía”, comenta Caro. “Es una cuestión bastante general. Los sistemas de justicia buscan castigar al infractor, pero se olvidan de las víctimas. La correcta atención de éstas es una asignatura pendiente”.
Esta frustración puede degenerar en reclamaciones para endurecer las penas por graves delitos. En la memoria colectiva quedan las reivindicaciones por cambiar la Ley del Menor tras el caso de Sandra Palo, o la petición de la cadena perpetua en España tras el caso Mari Luz. “Con medios de comunicación irresponsables y con políticos irresponsables, es posible que se modifiquen leyes como éstas”, advierte Caro, a pesar de que “España tiene una de las tasas de criminalidad violenta más bajas de Europa y uno de los índices de población reclusa más altos”. Por su parte, Cristina Sánchez no cree que estas protestas sean peligrosas, ya que “es bueno que la ciudadanía exprese su malestar”.
Reparar a la víctima
Una de las alternativas para evitar casos de vendetta es la justicia restaurativa, que se centra en la reparación del daño causado. Virginia Domingo, presidenta de la Asociación Científica de Justicia Restaurativa, explica a este periódico que las víctimas muchas veces no se sienten escuchadas y que esto no les ayuda a superar el trauma.
“La Justicia debería escuchar las necesidades de las víctimas para superar el delito. La víctima debe decidir cómo ser reparada. Debe participar en el proceso de curación de sus heridas”, explica Domingo, que cree que en este caso ha habido muchas víctimas y ninguna de ellas ha sido escuchada adecuadamente por la Justicia.
Para llevar a cabo este paradigma de justicia se deben llevar a cabo varias reuniones tanto con el infractor como con la víctima, y si esta última así lo desea, una entre ambos. La asociación española se dedica a casos sin mucha gravedad, pero en Estados Unidos se trabaja incluso en violaciones. “El infractor debe asumir que ha hecho daño. Sin estas reuniones, muchas veces se creen simples víctimas del sistema”.
“En muchos casos, la condena lo que hace es retrasar el problema. Hay que concienciarse de que lo mejor es prevenir”, cuenta Domingo que añade que en la mayoría de los casos, las víctimas piden a su agresor disculpas y un compromiso de que esto no se vuelva a repetir.
Con respecto a los casos de los padres que reclaman mayores penas en la televisión, Domingo lo tiene claro: “Al no sentirse reparados por la Justicia van a seguir sintiéndose víctimas toda su vida. Necesitan llorar su pena y superarlo”. Puede que este paradigma sea un primer paso.
Imagen: Mari Carmen y su hija durante una entrevista (EFE)
Carlos Camino. El Confidencial.com. 13/2/2011

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