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1737. ¿Es posible la Mediación en el Sistema Penitenciario?


Las soluciones alternas son una opción para que la convivencia de los ciudadanos dentro de la sociedad sea más sana y se promueva la cohesión social, generando alternativas penales ante un conflicto y no mediante la imposición de una pena privativa de la libertad.
Como resultado de la reforma constitucional de 2008 en materia de seguridad y justicia, reforzada con la publicada en 2011 sobre derechos humanos, la impartición de justicia se modificó volviéndose más garantista, apegada a defender la dignidad humana, la justicia, la libertad y la igualdad como principios básicos para una cultura de paz, encaminada a la protección irrestricta de los derechos humanos.
Entre los artículos constitucionales reformados destaca el numeral 17 párrafo 4°, que alude a la implementación de mecanismos alternos para la solución de controversia dentro del derecho penal. En 2014 se publica la Ley Nacional de Medios Alternos de Solución de Controversia (LNMASC), que señala como soluciones alternas al proceso la mediación, la conciliación y las juntas restaurativas. Con lo cual, el proceso penal dejó de ser el único medio para encontrar una solución al conflicto.
En el esquema actual, la solución al conflicto se resuelve escuchando los intereses y pretensiones de las partes, siendo éstas quienes aporten la solución y donde la actuación del mediador o conciliador será facilitar el diálogo entre las partes, estableciendo un espacio de confidencialidad, voluntariedad, imparcialidad, honestidad, tolerancia y respeto. Una vez que las partes convengan en sus intereses, se elabora un acuerdo que permita el cumplimiento de las promesas hechas en las reuniones de trabajo. Para que este medio alterno sea útil, confiable y real, los delitos que merezcan prisión preventiva oficiosa están excluidos.
Las soluciones alternas son una opción para que la convivencia de los ciudadanos dentro de la sociedad sea más sana y se promueva la cohesión social, generando alternativas penales ante un conflicto y no mediante la imposición de una pena privativa de la libertad. Las soluciones alternas dejan de lado la venganza que culmina con el imputado en la cárcel, para acordar un castigo idóneo que calme el dolor causado.
Las reformas ya señaladas también trastocaron al Sistema Penitenciario Mexicano, el artículo 21 de la CPEUM señala que la imposición, la modificación y la duración de las penas son propias del poder judicial, es decir que la ejecución de la pena debía judicializar.
A mediados de junio de 2016, cuando faltaban días para finalizar el plazo otorgado para la implementación del sistema penal acusatorio (2008-2016), es publicada la Ley Nacional de Ejecución Penal (LNEP), que regula por primera vez el sistema penitenciario. Esta Ley presenta innovaciones como la Justicia Terapéutica y la Justicia Restaurativa, y dentro de ésta última, la Mediación Penitenciaria.
La mediación penal (como solución alterna al proceso), persigue las finalidades y objetivos siguientes:
Llegar a un acuerdo o solución entre las partes.
Que el imputado se responsabilice al aceptar que causó un daño (material, físico, moral, etc.).
Eliminar la necesidad de que al imputado se le instaure un proceso penal (juicio), que podría o no concluir en la imposición de una pena privativa de la libertad.
Al cumplimiento del acuerdo, la acción penal quedaría extinta.
Así, a los centros penitenciarios sólo ingresaran personas privadas de la libertad por dos razones:
Por prisión preventiva oficiosa, es decir, sólo por delitos graves que merecen la medida cautelar de prisión preventiva.
Porque se encuentran en etapa de ejecución de la pena privativa de la libertad.
Con la implementación de la mediación penal, la sobrepoblación y el hacinamiento dejarían de ser un problema y las principales causas de conflicto dentro del sistema penitenciario.
Dentro del sistema penitenciario es posible la implementación, desarrollo y vigilancia de la mediación penitenciaria. De conformidad a lo señalado en el artículo 206 de la LNEP, ésta debe entenderse como el proceso de diálogo, auto-responsabilización, reconciliación y acuerdo que promueva el entendimiento y encuentro entre las personas involucradas en un conflicto generando la pacificación de las relaciones y la reducción de la tensión derivada de los conflictos cotidianos que la convivencia en prisión genera, e implementarse en todos los conflictos interpersonales entre personas privadas de la libertad o en ellas y el personal penitenciario derivado del régimen de convivencia (LNEP, 2016).
Las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de Reclusos, mejor conocidas como Reglas Nelson Mandela, alientan a los establecimientos penitenciarios a utilizar, en la medida de lo posible, la prevención de conflictos, la mediación o cualquier otro mecanismo de solución de controversia para evitar las faltas disciplinarias y resolver conflictos (Reglas Mandela, #38, 2017).
No debemos confundir los fines que se persiguen entre la mediación como forma alterna de solución al proceso (a través de los acuerdos reparatorios o por la suspensión condicional del proceso) y la mediación penitenciaria como forma de resolución de conflictos al interior de un centro penitenciario, así como el momento en que se podrá acudir o utilizar una y la otra, pues su aplicación ocurre en momentos diferentes.
Mediación, como medio de solución alterna al proceso: puede solicitarse desde la denuncia o querella hasta antes de dictarse el auto de apertura a juicio.
Mediación penitenciaria: será utilizada por personas que se encuentren en reclusión, sea por la medida cautelar de prisión preventiva o porque se encuentra dentro de la ejecución de la pena. Pero, también podrán acceder a ella los familiares de las personas privadas de la libertad y los operadores penitenciarios.
Los beneficios con la aplicación de la mediación penitenciaria son para las personas privadas de libertad y para el sistema penitenciario mismo, ya que la visión que debe tener el sistema al aplicar la mediación en este ámbito es lograr acuerdos entre las partes que se encuentren en conflicto, esto posiblemente se reflejará en mejorías en la convivencia, menor índice de conflictos entre la población penitenciaria, en la disminución de agresiones al personal penitenciario, respeto a los espacios y áreas comunes, se garantizaría el respeto a los derechos humanos, y finalmente, daría como resultado una verdadera cultura de paz.
La mediación penitenciaria debería ser parte del plan de actividades de las personas privadas de la libertad, ya que las capacidades, aptitudes, gustos y preferencias que desarrollen en reclusión les serían útiles para construir un plan de vida basado en la reeducación y reinserción.
En 2017, la población penitenciaria nacional ascendía a 204,616 personas, ubicadas en 358 centros penitenciarios, según el último diagnostico nacional de supervisión penitenciaria de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Ante estas cifras, la Asociación Mexicana en Psicología Jurídica y Derecho Penal, preguntamos ¿Qué tan preparado está el sistema penitenciario para impulsar, practicar y hacer de la mediación penitenciaria un método idóneo para resolver los conflictos generados al interior o bien utilizar la mediación como mecanismo de prevención delictiva?
El sistema penitenciario está a menos de dos meses de que concluya la vacatio legis a la que alude el artículo segundo transitorio de la LNEP, en la cual se indica que, sin exceder del 30 de noviembre de 2018, el artículo 206 (mediación penitenciaria) entre otros más, deberá entrar en vigor.
¿Será que en esta última etapa de modernismo penitenciario mexicano hace falta interés, voluntad o capacidad? El sistema penitenciario requiere de una guía institucional, competente y empática al sistema y hacia los operadores de este; que al tiempo que se instauren las nuevas tendencias penitenciarias, trasmita ese conocimiento a los servidores públicos. Salvo contados estados, en la gran mayoría del territorio nacional, falta impulsar una carrera penitenciaria, que contemple el servicio profesional de carrera y permita la capacitación del personal técnico, jurídico, administrativo y de seguridad en sus áreas de servicio. Durante los años 2014 al 2016 se capacitó al personal penitenciario federal, después de ese tiempo, el avance para un nuevo modelo penitenciario se vio minimizado e incrédulo.
Falta mucho por hacer y la participación de la sociedad a través de las organizaciones civiles, es una opción viable para impulsar la trasformación de un nuevo modelo penitenciario que centre sus pretensiones en alcanzar la reinserción social, cultivando la paz dentro y fuera de las cárceles, David Cienfuegos Salgado citando a Fedor Dostoievsky, señaló que el grado de civilización de una sociedad se mide por la forma en que trata a sus presos. ¿Dónde está nuestra calificación hoy en día? (Trujillo Sotelo, José Luís, 2014).
Martha Nashiely Lomelí Barragán. Especialista en Derechos Humanos por la Universidad de Castilla de la Mancha- España y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Directora de Derecho Penal de la Asociación Mexicana en Psicología Jurídica y Derecho Penal. A.C.
Insyde. Instituto para la Seguridad y la Democracia (Insyde) es una organización con una década de trabajo en el diseño de soluciones para ejercer a plenitud el derecho humano a la seguridad. Buscamos el cambio de paradigma de seguridad pública a una seguridad ciudadana con el involucramiento de instituciones, organizaciones y sociedad. Reforma policial democrática, migración y derechos humanos, violencia y medios de comunicación, nuestros temas.
Martha Nashiely Lomelí Barragán. AnimalPolítico.com. México,15/10/18

1736. Mediación penitenciaria, una necesidad psicosocial


El sistema penitenciario necesita generar alternativas a las actuales formas de relacionarse entre personas privadas de libertad y autoridades, generar espacios de diálogo para manifestar conflictos e inconformidades, lo cual contribuirá en disminuir la prevalencia de conductas disruptivas y no involucrarse en delitos dentro de la prisión.
Somos seres sociales, nos apropiamos y desarrollamos ciertas habilidades para incorporarnos en cualquiera de las instituciones socializadoras en que nos relacionamos. Por lo cual, el conflicto puede ser comprendido como inherente al desarrollo humano, las habilidades o herramientas psicosociales con las que contemos o desarrollemos contribuyen en hacer frente a situaciones problemáticas, en la deliberación de toma de decisiones, tolerancia, búsqueda de acuerdos y consensos para solucionar los conflictos en cualquier área de nuestra vida. Sin embargo, la cultura actual ha llevado a la sociedad a ser individualistas, hedonistas (realizar conductas que favorezcan el placer sin restricción) y regirnos por la gratificación inmediata, entendida esta como la poca capacidad en demorar las acciones de bienestar y atender de forma intempestiva las acciones alrededor.
En este contexto, es necesario abordar el análisis del conflicto y denotar que la violencia social es exacerbada. Como sociedad pareciera que nos estamos desensibilizando ante la cotidianidad de los conatos violentos, lo cual está estrechamente ligado a la casi inexistente prevención delictiva y victimal, que a su vez favorece la falta de habilidades psicosociales para hacer frente a las adversidades y controversias en nuestro entorno, y finalmente, la falta de políticas públicas que incentiven alternativas ante la serie de actos violentos. Lo anterior hace comprender que en todos los ámbitos que nos desempeñemos, incluyendo el sistema penitenciario (tema que nos ocupa), prevalece el mal abordaje de los conflictos, donde la prisionalización (Clemmer 1940, mencionaba que la prisionalización es el efecto de asimilación de hábitos, usos, costumbres, cultura en prisión, lo cual es parte de una etapa prolongada en el centro penitenciario) es parte activa de los conflictos penitenciarios, los cuales pueden verse reflejados de forma indirecta a la sociedad que no se encuentra en prisión, permeando aún más la estructura psíquica y los procesos de socialización.
Entre los conflictos penitenciarios más comunes se encuentran las riñas, motines, nueva comisión de un delito, corrupción, amenazas, comunicación inadecuada, falta de comida y de espacios para dormir, entre otros. En México durante el 2016, estos incidentes provocaron un total de 54 fallecidos y 57 heridos al interior de los centros penitenciarios estatales, según los datos del Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatal 2017.
Hay que precisar que en su gran mayoría las personas privadas de libertad son quienes nuevamente se reinsertan en la sociedad con habilidades sociocognitivas propias del entorno penitenciario, que en muchos casos prevalece menor tolerancia a la frustración que favorece e incentiva la generación de conductas violentas. En el actual Sistema de Justicia Penal, garante de Derechos Humanos y que promueve la igualdad, desarrollar alternativas para la solución de conflictos y generar habilidades para hacer frente a los mismos mediante el diálogo debe ser prioritario para disminuir la reiteración de conductas disruptivas y de trasgresión de la estabilidad penitenciaria.
En cambio, los datos estadísticos sobre la población privada de libertad reflejan la poca eficiencia del sistema penitenciario mexicano, así como la carente plantilla del área de seguridad y custodia. En 2015, cada agente de seguridad y custodia debía hacerse cargo de al menos 9 personas privadas de la libertad, tal como lo refiere el siguiente gráfico.
Según la Ley Nacional de Ejecución de Penas, la mediación penitenciaria, al igual que los diferentes enfoques de mediación, está diseñada para que los involucrados ante una controversia puedan gestionar sus conflictos ponderando la práctica de habilidades sociocognitivas de forma positiva, accionando la interdependencia de posturas y posiciones ante el conflicto.
Nuestros recursos psicosociales determinan gran parte del proceso socializador por el que nos regimos los seres humanos. Nos enseñan patrones de comportamiento y son una herramienta para funcionar en sociedad. Por ello el sistema penitenciario necesita generar alternativas para que personas privadas de libertad y autoridades puedan relacionarse; generar espacios de dialogo para manifestar conflictos e inconformidades que permitan disminuir la prevalencia de conductas disruptivas y el involucramiento en delitos dentro de la prisión. La mediación penitenciaria deberá estructurarse con visión de eficacia medible, cuantificable, con proyección longitudinal y no solo unas horas o de forma aislada para cubrir criterios presupuestales de tipo gubernamental. Brindar capacitación constante al personal penitenciario, y seguridad y custodia a quienes serán los mediadores penitenciarios más allá de los 940 servidores públicos capacitados, como señalan los datos del Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatal 2017.
La Asociación Mexicana en Psicología Jurídica y Derecho Penal A.C (AMPJyDP) considera necesario atender los conflictos con las personas privadas de libertad dentro del sistema penitenciario mexicano, con la finalidad de establecer habilidades, estrategias que fomenten y fortalezcan la empatía entre las personas privadas de libertad, así como la no polarización de los conflictos, y brindar alternativas para solucionar los conflictos desde un enfoque de Mediación Penitenciaria, el cual puede ser entendida como un método de solución pacífica, basado en el diálogo y respeto, que permita a las personas privadas de libertad asumir la responsabilidad de sus actos y generar posibles soluciones ante los mismos. El proyecto de la AMPJyDP es de tipo longitudinal -ya que será indispensable el seguimiento de la sociedad civil y el monitoreo de las instancias gubernamentales- y va más allá de una charla o un Curso-Taller toda vez que está enfocado al modelo formador de formadores con personas privadas de libertad, con la finalidad de trabajar las habilidades socio-cognitivas para la gestión de conflictos penitenciarios
La AMPJyDP apuesta por generar alternativas para la solución de conflictos, promoviendo un clima de comunicación pacifica inherente al proceso de reinserción social. Aunque al aplicar la mediación penitenciaria no se cambiará el contexto penitenciario (relacionadas con las limitaciones presupuestales y la necesidad de una óptima implementación que requiere modificar todo el aparato jurídico del sistema penitenciario), sí podemos pensar que la relación entre las personas privadas de libertad podrá generarse con mejor comunicación y llegar a acuerdos en pro de una mejor convivencia, para disminuir correctivos y sanciones disciplinarias. Es por ello que aquellos profesionistas que deseen colaborar en procesos de mediación penitenciaria deberán contar con instrucción teórico-práctico, como el psicólogo jurídico, quien tiene un papel muy importante en el desarrollo del Sistema de Justicia Penal.
Si el término reinserción social atiende a generar cohesión social entre las personas privadas de libertad y la sociedad en el exterior de un centro penitenciario, la mediación penitenciaria deberá ser parte de cualquier plan de actividades de las personas privadas de libertad de acuerdo con la Ley Nacional de Ejecución Penal, y no solo quedar en buenas intenciones o utopías legales. Por ello la mediación penitenciaria es una necesidad psicosocial que requiere de actores comprometidos, con formación y vocación en la solución de conflictos, así como la participación de diversos actores que generen programas enfocados a disminuir los conflictos penitenciarios.
Martha Vanesa Díaz Padilla. Integrante de la @Red_SJP, directora y fundadora de la Asociación Mexicana en Psicología Jurídica y Derecho Penal (AMPJyDP) y directora científica en México de la Asociación Latinoamericana en Psicología Jurídica y Forense (ALPJF).
Insyde. El Instituto para la Seguridad y la Democracia (Insyde) es una organización con una década de trabajo en el diseño de soluciones para ejercer a plenitud el derecho humano a la seguridad. Buscamos el cambio de paradigma de seguridad pública a una seguridad ciudadana con el involucramiento de instituciones, organizaciones y sociedad. Reforma policial democrática, migración y derechos humanos, violencia y medios de comunicación, nuestros temas.
Martha Vanesa Díaz Padilla. Animalpolitico.com. México, 08/10/18

1716. Reduce Mediación violencia en penales mexiquenses

Mediadores han capacitado a personas privadas de su libertad para que resuelvan conflictos al interior de centros de prevención. 
La implementación de mecanismos alternativos de solución de controversias al interior de centros de prevención y reinserción social, por parte de las personas privadas de la libertad redujo incidentes violentos en los penales mexiquenses, coincidieron mediadores y funcionarios que administran el proyecto “Mediación entre pares”. 
En la mesa Mediación entre pares. Una experiencia de diálogo en el sistema penitenciario mexiquense; del Cuarto Foro Nacional de Justicia Restaurativa las mediadoras del Poder Judicial mexiquense Gabriela Cejudo Guzmán, Delia Cervantes Juárez y Diana Cuevas Cuevas, y el director de Reinserción Social de la Dirección General de Prevención y Reinserción Social, Juan de Dios Rodríguez Marín conversaron con Ricardo Alfredo Sodi Cuéllar, magistrado del PJEdomex, quien fungió como moderador. 
Cuevas Cuevas destacó que este mecanismo, impulsado en conjunto con el Centro Estatal de Mediación, Conciliación y Justicia Restaurativa y la Dirección General de Prevención y Reinserción Social, permite devolver la dignidad humana a quienes cumplen una sentencia y sensibilizarlos respecto a que las diferencias que surgen pueden ser resueltas sin usar la violencia. Cervantes Juárez comentó que durante un periodo de tiempo, especialistas en mediación del Tribunal mexiquense instruyen a las personas privadas de la libertad en temas como manejo de emociones, conflictos, diálogo, entre otros con el fin de estar preparados para manejar controversias al interior de los centros.
Rodríguez Marín detalló que aplicar la mediación ha combatido eficientemente el autogobierno al interior de los centros de detención, no obstante, requieren continuar sensibilizando a custodios y personal técnico sobre la importancia de estas estrategias para lograr una sana convivencia. Ante el cuestionamiento sobre la elección de mediadores penitenciarios, el funcionario estatal explicó que los designados para participar en el curso de capacitación son aquellos con un perfil tendiente al voluntarismo, el liderazgo positivo y la facilidad de crear un lazo de confianza con los demás. 
Hasta agosto, los mediadores del Poder Judicial capacitaron a personas privadas de la libertad y personal operativo en cinco centros de prevención, no obstante, la finalidad es que exista un grupo de mediadores en cada uno de los 23 centros de prevención de la entidad. 
El Sol de Toluca.com.mx, 20/08/18
https://www.elsoldetoluca.com.mx/local/reduce-mediacion-violencia-en-penales-mexiquenses-1930216.html

1375. Los ojos del otro

Hasta que la muerte no los separe
Una víctima de ETA y uno de los asesinos de su marido cuentan en un libro su encuentro restaurativo La obra sobre la mediación se presentó en el Colegio de Abogados de Sevilla
Córdoba, España. Ni Truman Capote en A sangre fría. En el libro Los ojos del otro (Sal Terrae) coinciden Maixabel Lasa Iiturrioz (Lejarreta, Guipúzcoa, 1951), que escribe el prólogo, y Luis María Carrasco Asenguinolaza, uno de los tres presos de ETA que cumplen condena por el asesinato de su marido, Juan Mari Jáuregui, el 29 de julio de 2000. Víctima y asesino se conocieron en una salita de la cárcel de Nanclares de Oca el 26 de mayo de 2011 en presencia de Esther Pascual (Madrid, 1978), mediadora y artífice de los llamados encuentros restaurativos que se recogen en dicho libro, que se presentó el jueves en el Colegio de Abogados de Sevilla.
La viuda de Jauregui leyó las palabras con las que termina la colaboración del asesino de su marido cuando celebraban sus bodas de plata: "Aquella mañana me disponía a pedir perdón por un crimen imperdonable".
Siete mediadores participaron en un total de catorce encuentros, una iniciativa al amparo de la vía Nanclares interrumpida por el Gobierno de Mariano Rajoy. "Mucha gente piensa que el proceso se fomentó desde las víctimas y es al revés, nace en los presos", dice Txema Urkijo (Llodio, Álava, 1961), impulsor de la iniciativa siendo asesor de la Dirección de Víctimas del Gobierno Vasco, coautor del epílogo con Mercedes Gallizo, ex directora de Instituciones Penitenciarias.
José Joaquín Gallardo, decano del Colegio de Abogados de Sevilla, recordó a dos colegiados muertos en atentado terrorista: Fernando Múgica Herzog y Alberto Jiménez-Becerril. "En el fondo todos hemos sido víctimas de ETA", dice José Castilla (Sevilla, 1971), uno de los siete mediadores. Valora el paso que dieron los presos de esos encuentros. "Cuando salgan fuera, no los va a acoger nadie. Unos, por terroristas; otros, por traidores".
Esther Pascual, "ella solita, de manera original, artesanal", en palabras de Castilla, llegó un día a la cárcel de Nanclares de Oca. "Los presos no saben quién soy ni quién me manda". En el aula sociocultural les habla de la mediación. "Allí hay uno que se atreve a levantar la mano. Cuando voy por el pasillo, se suman otros y empiezo a trabajar con cuatro".
Hay una línea roja. "Las víctimas no pueden volver a ser víctimas". Encuentros muy largos con los etarras, mucho más cortos con sus víctimas. Esther no se anda por las ramas. "Les pregunto qué se siente al matar, si es capaz de dormir, si miró a los ojos a su víctima antes de matarla". Algo parecido hizo Maixabel con Carrasco, el asesino del gobernador civil de Guipúzcoa. "Le pregunté si conocía a mi marido, si sabía que estuvo preso por pertenecer a ETA, que actuó en la Audiencia Nacional en el juicio contra Galindo en apoyo de Lasa y Zabala".
Dos terceras partes del equipo de la Dirección de Víctimas del Gobierno Vasco han sido víctimas, dice Urkijo, que trabajó con los gobiernos de Ibarretxe, López y Urkullu. "Había presos que necesitaban acercarse al objeto de su error y no sabían cómo hacerlo, no sabían si verlos, escribirles, querían acercarse a las víctimas".
Otro de los asesinos de su marido expresó su deseo de tener un encuentro con Maixabel, pero las "trabas" del Gobierno lo impidieron. "Me tranquilizó saber que no iban a obtener ningún beneficio penitenciario", dice la guipuzcoana, "no sabía si sacaría algo positivo de la reunión, y al final salí relajada. Me dio tranquilidad y mucha paz interior para mí, mi hija y mis dos nietas. Seguro que Juan Mari también le habría dado esa segunda oportunidad".
En la presentación hubo profesionales de la mediación. Entre ellos, Concepción Sáez (Madrid, 1957), del nuevo Consejo General del Poder Judicial. "Las apariencias y los prejuicios hay que dejarlas aparte. Muchas veces es más difícil mediar en una falta de amenazas entre vecinos que en delitos muy graves". Mediación que sólo excluye para crímenes de guerra, "el arquetipo de lo inexpiable", en palabras de Hannah Arendt. En el libro colaboran la psicóloga Francisca Lozano, el sacerdote José Luis Segovia Bernabé y el jurista Julián Ríos, entre otros.
Francisco Corrarl. El Día de Córdoba.es. 19/01/14
http://www.eldiadecordoba.es/article/andalucia/1689927/hasta/la/muerte/no/los/separe.html

1057. Justicia alternativa es una solución para la sobrepoblación en reclusorios

Dos mil reos podrían recuperar su libertad por esta vía. Las autoridades revisan los casos que son viables para este sistema. La buena conducta y el perdón del ofendido son requisitos necesarios.
Guadalajara, Jalisco. Tres jóvenes robaron un desodorante de una farmacia que abre las 24 horas. Como fue por la noche, las autoridades lo consideraron como robo calificado, por lo que tuvieron que pasar seis meses en la cárcel. Casos como éste podrían resolverse a través de la justicia alternativa, ya que se trata de personas que cometen un delito por primera vez, el cual además es menor.
De acuerdo con información proporcionada por la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, la población carcelaria de Jalisco se estima en 15 mil 492 adultos y 603 menores de edad, quienes están distribuidos en los trece centros penitenciarios que integran el sistema estatal.
De esta cantidad, dos mil podrían salir libres gracias a la justicia alternativa, lo que ayudaría a reducir la sobrepoblación en los reclusorios.
El hacinamiento en los penales es uno de los principales problemas.
Así lo señaló el director del Instituto de Justicia Alternativa, Rafael Castellanos, en entrevista, agregó que desde el año pasado comenzaron a trabajar en el municipio de Lagos de Moreno en donde había 910 expedientes.
Del 10 de noviembre al 15 de diciembre se logró detectar 56 asuntos “en los que pudimos resolver y proponer los medios alternos de resolución de conflictos, buscando que en aquellos delitos en que permiten el perdón de la parte ofendida, se pusieran de acuerdo y de alguna manera logramos la libertad de muchachos y muchachas que son primoinfractores”.
Ahora se trabaja en municipios como Autlán, Cihuatlán y Colotlán, donde ya se encontraron 18 casos de los cuales el Instituto de Justicia Alternativa puede actuar para “lograr que los ofendidos perdonen a los reos”.
Rafael Castellanos explicó que para actuar también se requiere que la persona que está privada de su libertad tenga una buena conducta “y sobre todo arrepentimiento de la infracción que cometió”.
Otro caso en el que se pudo aplicar el esquema, detalló el funcionario judicial, es el de un joven que le robó un teléfono celular a su tía en el 2005. La mujer presentó la denuncia ante el agente del Ministerio Público y se giró la orden de aprehensión. El supuesto ladrón estuvo en la cárcel hasta noviembre del año pasado por un aparato que costaba 500 pesos.
Castellanos agregó que “es exagerado por un robo menor”, además que el costo para el sistema penitenciario es mucho más alto que ese monto. En estos casos se plantea que las partes lleguen a un arreglo para que, quien cometió la falta, pueda resarcir el daño.
Claves
En qué consiste
•Este sistema permite prevenir y solucionar conflictos otorgándoles a las partes el protagonismo para construir dichas soluciones
• Este método se basa en la negociación y mediación de las partes en conflicto
•En materia penal no procederá el trámite del método alternativo, sobre todo en los casos de asociación delictuosa, corrupción de menores, homicidio, violación, entre otros.
•En todos los casos del método alterno se aplicará siempre y cuando se trate de un delincuente primario
Sonia Serrano Íñiguez. Milenio.com. 25/02/12

969. Mediación Penal y Penitenciaria en Albacete

Albacete, España. La Coordinadora 'Prisión y Sociedad' organiza el Salón de Actos de la CCM las XV Jornadas Prisión y Sociedad, este año bajo el título 'La Mediación penal y penitenciaria'. Para su inauguración, este acto contó con la presencia del director del centro penitenciario de La Torrecica, Javier Cabrejas.
Una de las entidades que integran la Coordinadora es Caritas Diocesana de Albacete, su abogado, Pepe Sánchez, señaló que, la primera ponencia sobre la mediación penal, se realizó y para ello «se contó con la presencia del Fiscal del Tribunal Supremo, Félix Pantoja, una de las personas que intentó implantar la mediación penal para que en los juzgados se contara con esta alternativa de resolución de conflictos». Sánchez comenta que esta medida en Albacete ya se está realizando y piensa que «es una iniciativa bastante interesante de remediar conflictos y de momento está dando buenos resultados».
Esta mediación según el abogado de Caritas consiste en que «las personas que han cometido una infracción penal deben asumir lo que han hecho y esto es más educativo y por lo tanto el comienzo de un cambio».
Sánchez explica que «proponemos al infractor que si hizo algo mal, sea consciente de ello, y de que tiene que reparar este daño porque hay una persona que ha salido perjudicada por culpa de su mal acto». Sobre las medidas que toman en estos actos de mediación Sánchez añadió que «nos ponemos en contacto con la víctima, le explicamos que quien hizo eso es una persona con un tipo de problema, como puede ser la drogadicción, y quiere pedir perdón, reparar su acto».
Entonces desde ahí ambos entran en contacto, «para que la víctima pierda el miedo e incluso en ocasiones llegan a simpatizar porque la víctima entiende la situación del infractor». El abogado dice que pretenden que esta medida «se extienda, se conozca, y poco a poco se convierta en una ley, o se imponga de alguna manera».
Mediación Penitenciaria
Hoy la charla tratará sobre Mediación Penitenciaria. Sobre este tema Sánchez desgrana que «es algo muy novedoso, lleva pocos años trabajándose, y hay dos experiencias sobre este tema, en la prisión de Valdemoro y Zaragoza a través de las Asociaciones 'Hablamos' y 'Apoyo'». Estas serán las encargadas de contar en el día de hoy, como en las prisiones que están masificadas, se crea conflictos o enfrentamientos entre los presos, y como comenta Sánchez, «lo que se trata es de soluciona estos conflictos y hacer de la prisión un sitio un poco más llevadero».
La asistencia a las jornadas es libre, por ello el abogado no duda en «invitar a todo el mundo», para ello han mantenido contactos con la Universidad, con el Colegio de Abogados, los juzgados, y los trabajadores o estudiantes de educación social, para que conozcan que hay otras formas de solucionar los problemas en la cárcel. Por ello han decidido involucrar en estas jornadas también a la prisión, para que se implanten aquí estos protocolos de actuación.
La Verdad.es 24/11/11

878. Analizan incorporación de Mediación en Sistema Penitenciario del Estado de México

Toluca, Estado de México. Al señalar que los medios alternos de solución de conflictos no pretenden ni pueden sustituir el sistema de administración de justicia, la Magistrada Martha Camargo Sánchez sostuvo que en el Estado de México se está analizando la incorporación de la mediación al sistema penitenciario, además de buscar la certificación ISO 9000 y la traducción de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social a cinco lenguas indígenas.
La directora del Centro Estatal de Mediación, Conciliación y Justicia Restaurativa, del Tribunal Superior de Justicia mexiquense, sostuvo lo anterior al participar en el panel "Mediación en sede judicial y justicia de proximidad", en el que también intervinieron Adda Lucelly Cámara, presidenta del Centro de Mediación de Mérida y la argentina Stella Latorre, quien refirió que su país entre el 30 y 40 por ciento de los conflictos se resuelven en la fase de mediación.
Como parte de los trabajos del "VII Congreso Mundial de Mediación" y "XI Congreso Nacional de Mediación", las Magistradas participantes hicieron hincapié en que la mediación debe considerarse como una política pública y se privilegia la aplicación de la tolerancia en la familia, la escuela y la comunidad.
Organización Editorial Mexicana.com.mx. 24/8/2011   

869. Proponen Justicia Restaurativa para menores infractores

Toluca, Estado de México. A partir del incremento sustancial de menores infractores que el año pasado generó 18 mil 307 casos ante juzgados de Toluca, Tlalnepantla y Texcoco, la bancada del PAN propuso implementar esquemas de justicia restaurativa, ya contemplados en el sistema de justicia oral, con el objetivo de que los adolescentes sean sometidos a un verdadero proceso de rehabilitación.
La propuesta fue presentada por Mónica Fragoso, quien recordó la obligación de los diputados mexiquenses de ajustar los esquemas de justicia para adolescentes al sistema acusatorio-oral.
“Si mandamos a la cárcel a alguien que cometió un delito menor, lo mandaríamos a que aprendiera y entonces tendremos la repetición de conductas ilícitas como sucede con los mayores, porque no hay una verdadera rehabilitación”, dijo.
Por lo anterior, precisó que la iniciativa, entre otras modificaciones, contempla sancionar con “privación de la libertad” en centros de readaptación para menores infractores, sólo a aquellos que tengan más de 14 años, a excepción de los que cometieron delitos graves como homicidio o violación.
Eduardo Alonso. El Universal.com.mx.04/8/2011

856. Justicia Restaurativa: algo más que pedir perdón

 
Euskadi , España. Perdonar puede ser más o menos difícil. Sin embargo, la cosa se complica cuando la persona que se tiene que disculpar es un terrorista ante su víctima. ¿Se podría dar el caso? Todo apunta a que sí. La liebre saltó a raíz de una información que pasó casi inadvertida en la web de la Cadena Ser: “Instituciones penitenciarias pone en marcha un programa de mediación penal para presos de ETA”. Los etarras podrían iniciar un proceso para acabar pidiendo perdón a sus víctimas “siempre que ellas lo acepten”.
Instituciones Penitenciarias no quiere hacer comentarios sobre esta información, aunque tampoco la desmiente. “Puede ser que estén preparándolo, que estén en una fase muy incipiente”, explica a este diario Virginia Domingo de la Fuente, presidenta de la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa (SCJR), que cree que, si existe un plan de este tipo, debería hacerse público porque mal entendido puede causar alarma social.
“Siento, desgraciadamente, que tienen un concepto erróneo pensando que justicia restaurativa es un proceso privado sin repercusión pública y que, por el hecho de participar en procesos restaurativos como la mediación penal, se va a legitimar o justificar los delitos de los terroristas”, explica Domingo, que subraya siempre que este proceso no debe tener beneficios penitenciarios: “Hay que dejarlo claro. No debe tener ninguna compensación penitenciaria”.
Por el momento, estos procesos en España han tenido como protagonistas delitos de escasa importancia. Sin embargo, en otros países como Estados Unidos se utiliza en casos de violencia grave como una violación. Este tipo de procesos tiene como objetivo reintegrar tanto a la víctima como al infractor. Las primeras buscan superar el trauma, mientras que los segundos buscan la reintegración en la sociedad. La justicia restaurativa se centra más en una reparación moral que en la penal.
Por su parte, la Fundación Víctimas del Terrorismo, consultada por El Confidencial sobre este supuesto proceso, advierte que no tienen constancia de que ninguna víctima de ETA haya sido contactada para iniciar este proceso.
La FVT remite al Documento de la Justicia de las Víctimas que es claro en este sentido: "Escribir una petición de perdón, escribir el reconocimiento del daño personal causado o el pago de indemnizaciones pendientes no es suficiente, porque los asesinatos perpetrados por ETA para la consecución de su proyecto político poseen, además, una dimensión pública innegable".
En este punto, la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa coincide en que, con el terrorismo, estos procesos de mediación penal son “algo más que pedir perdón”.
Las víctimas, lo primero
La justicia restaurativa pretende ayudar a la víctima a que deje de ser víctima. “En algunos momentos, el apelativo de víctima es una losa más que un reconocimiento. Deben pasar a ser supervivientes de la tragedia. Secundariamente, con este programa se intentará que la asunción de responsabilidad del terrorista le convierta en un hombre nuevo, que quiere reintegrarse en la sociedad sin volver a delinquir”, explica la SCJR.
Este proceso podría llevarse a cabo con terroristas y víctimas de ETA, aunque sean de crímenes diferentes: “Se alienta a los infractores para que comprendan, acepten su responsabilidad y cumplan con su obligación de reparación del daño”. En Estados Unidos se dan ejemplos de violadores y víctimas de violación que realizan este proceso juntos, aunque no se hayan visto en la vida.
Este supuesto proceso se estaría llevando a cabo en la prisión de Nanclares de Oca (Álava), uno de los llamados centros “laboratorio”, donde se acogen disidentes de la banda terrorista. De los 30 presos presentes en esta cárcel, una decena de ellos se habrían mostrado dispuestos a trabajar en este programa. “Para empezar, es bueno que si esto se está haciendo sea en una cárcel como ésta”, explica Domingo.
Y que es importante que el autor del delito también colabore con el proceso. “La asunción de responsabilidad del terrorista debe ser voluntaria y espontánea, sin presiones y en ningún caso se justificará su conducta delictiva ni se eliminará la sanción penal correspondiente”, explica Domingo que cita como ejemplo para la esperanza un caso de un terrorista del IRA que llegó a pedir perdón a sus víctimas en un proceso de este tipo.
Por el momento, Domingo deja una luz de esperanza: “Si conseguimos que algunos se arrepientan ya no volverán a cometer delitos”.
Carlos Camino. El Confidencial.com. 26/07/2011

Mediación de conflictos entre reclusos para una reinserción social en Asturias, España


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Asturias, España. El director del centro penitenciario de Villabona, Esteban Suárez, apuntó que el número de internos extranjeros que cumplen condena en Asturias representa un 11,6% del total, frente al 30% de otras prisiones españolas de características similares. Según sus datos, de los 1.545 internos, sólo 180 son extranjeros. En declaraciones a Europa Press, Suárez consideró que la ocupación actual del centro es «bastante razonable», gracias al alivio que ha supuesto la apertura de nuevas instalaciones en otras comunidades autónomas.
Sobre los retos a afrontar en 2010, Esteban Suárez señaló como uno de sus principales proyectos la ampliación de la Unidad Terapéutica y Educativa (UTE) de Villabona al módulo cinco para convertirlo en un nuevo espacio «libre de droga», como ya se hizo con los cuatro primeros módulos. Asimismo, las UTE's pondrán en marcha en enero la Terapia Asistida Con Animales (TACA), gracias a la cesión de dos perros labradores por parte de la Fundación Affinity, hace un mes. Con esta iniciativa, dirigida a internos con problemas relacionales, Asturias se sumará a los 11 centros penitenciarios en los que ya colabora la fundación en España.
Otro de los objetivos del centro penitenciario asturiano consiste en incrementar los terceros grados, mediante el cumplimiento de algunas condenas menos graves, en el Centro de Inserción Social (CIS). Asimismo, se trabajará para consolidar un programa global de convivencia dirigido a la mediación de conflictos entre las reclusas, en el que también están implicadas las funcionarias de interior.
Pero Esteban Suárez pide al nuevo año un mayor impulso a la formación y que se incrementen el número de talleres productivos. En este momento se están desarrollando dos cursos de carpintería y de electricidad, a los que asisten 60 internos -120 en total-. Los talleres se inauguraron «con retraso» hace unos tres meses, gracias a la firma de un convenio entre UGT y el ICES.
En el capítulo presupuestario, el director de la cárcel de Villabona valoró que no haya habido recortes en «lo fundamental» y saludó la aparición tardía de «partidas sorpresa», como una reciente para la adquisición de material deportivo para la prisión.
Nota publicada el 4 de Enero de 2010 en el sitio "El Comercio digital.com"
http://www.elcomerciodigital.com/20100104/asturias/carcel-villabona-tiene-ocupacion-20100104.html

¿Es útil la cárcel?



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Mediación Penitenciaria

Navarra, España. La primera vez que Javier, un trabajador social, entró en la cárcel de Pamplona le impactó "su olor nauseabundo". Las paredes de piedra con la pintura desconchadas, y el hacinamiento de los cerca de 300 reclusos, 50 más de su capacidad, fue lo siguiente en lo que reparó. "Están construyendo la nueva cárcel.
En esta ya no invierten nada", comenta uno de los alumnos del curso de verano de la UPNA sobre Mediación Penal y Penitenciaria que concluyó ayer y donde se habló sobre cómo resolver conflictos entre presos.
Convivir en la cárcel no resulta nada sencillo. Es más, Paz Francés, investigadora en el área de Derecho Penal de la UPNA, sostiene que el entorno penitenciario no facilita la resolución de los conflictos sino que contribuye a generarlos. Y no sólo se debe a la privación de libertad, que obliga a tener que ver todos los días a otros reclusos con los que se ha podido tener algún tipo de conflicto. Una prisión es sinónimo de convivir con extraños, personas de diferentes razas, culturas y creencias; ser preso supone aprender a vivir con recuentos continuos, no poder tomar decisiones por uno mismo e incluso tener que pedir permiso para ir al baño. Todo está reglado. Ser un interno en un centro penitenciario significa no tener ningún espacio privado en aras de la seguridad, pero sobre todo, supone soñar con la libertad.
Todo esto no es nuevo. Lo que sí resulta desconocido para el gran público es el intento por mediar en los conflictos que surgen en el día a día en prisión: "Los problemas pueden venir por cosas tan sencillas como que un preso ha robado a otro un lápiz, por el ruido de la cisterna a la noche, por el humo del tabaco e incluso en ocasiones son problemas generados antes en el exterior".
Desde 2006 hasta la actualidad han mediado en 25 casos. Solamente en dos no hubo un acuerdo positivo.
El anhelo por abandonar la vida entre los cuatro muros de la cárcel provoca, según Paz Francés, que las relaciones sean falsas: "Se vive en una irrealidad absoluta. Nadie quiere tener sanciones porque son circunstancias que figuran en el expediente y luego retrasan alcanzar el 3º grado penitenciario y la posibilidad de obtener permisos. El recluso dice lo que el otro quiere escuchar", explica uno de los alumnos.
A esta cóctel hay que sumar la situación de los propios reclusos: "La mayor parte de los presos de la cárcel de Pamplona son gente sin recursos económicos". Pero este no es el último ingrediente de esta mezcla explosiva.
Idoia Zulet, abogada, señala que muchas veces los jueces no pueden ejecutar la condena porque no existen suficientes plazas para internar a un determinado tipo de reclusos: "El tema de los enfermos mentales es una de las grandes batallas de la cárcel de Pamplona. Internos con un alto grado de esquizofrenia han de convivir con el resto de reclusos. En España sólo hay dos centros para este tipo de presos".
Otro de los muchos factores que incide de manera negativa en el ambiente es la alta desmotivación que sufren los funcionarios debido a la jerarquización: "Las oposiciones para trabajar como funcionario de prisión son muy exigentes. Sin embargo, en una encuesta realizada en 2005 respondieron que el 90% de lo que habían estudiado no les servía en su trabajo cotidiano. Además, tienen unas jornadas maratonianas. Trabajan dos días seguidos en turnos de 12 horas. También hay que contar que un buen número de funcionarios vive en prisión".
Un 70% de los funcionarios de prisión aseguró en una encuesta realizada en 2005 que los centros penitenciarios no consiguen rehabilitar a los reclusos para la sociedad. Tan sólo un 1% respondió que los centros penitenciarios cumplían con su función. El resto de los funcionarios dudaba del papel de las prisiones.
De este modo, Idoia Zulet afirma que la posibilidad de reinserción de los presos es prácticamente nula: "Es un fracaso de la sociedad. La posibilidad de reincidir es muy alta. En la cárcel los reclusos no adquieren habilidades positivas; adquieren habilidades negativas".
Nota de Rubén Elizari publicada el 29 de Agosto de 2009 en el sitio "Diario de Navarra.es"
http://www.diariodenavarra.es/20090829/navarra/la-dificil-convivencia-carcel.html?not=2009082901435946&idnot=2009082901435946&dia=20090829&seccion=navarra&seccion2=politica&chnl=10&ph=12

Mediación Penal y Penitenciaria






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Pamplona, Navarra, España. La mediación penal y penitenciaria, que en los últimos años ha comenzado a implantarse en algunos centros, se está convirtiendo en una herramienta eficaz para la resolución de conflictos en unos ámbitos "especialmente delicados" como son las cárceles y los juzgados.
Así lo han asegurado hoy en rueda de prensa Carlos Romera y Paz Francés, dos de los ponentes que toman parte en el curso "Mediación Penal y Penitenciaria", que ha organizado la Universidad Pública de Navarra y que se prolongará desde hoy hasta el próximo viernes.
Y es que, según han indicado, las experiencias piloto de mediación que se están llevando a cabo en diferentes prisiones y juzgados españoles, entre ellos los de Pamplona, están resultando "muy positivas" tal y como se desprende de un estudio del Consejo General del Poder Judicial que recoge valoraciones de víctimas, infractores y actores jurídicos que han participado en los procesos.
El cada vez "mayor endurecimiento de las penas, en concreto de las privativas de libertad", que está llegando a situar a España "a la cabeza del endurecimiento de penas", y el crecimiento de la población reclusa hace, en opinión de Francés, necesario impulsar y dar a conocer esta mediación "como una fórmula de resolución de conflictos dentro del ámbito de la justicia restaurativa".
El objetivo último de esta práctica es que "la gente sufra menos, que pueda resolver conflictos de forma más positiva en unos ámbitos tan delicados como éstos". Se trata de "meter una cuña de pacificación en un sitio tan poco pacífico como es un centro penitenciario".
En el caso de la mediación penitenciaria ha explicado que trata de resolver conflictos entre internos a través de la intervención de un mediador externo, aunque no se excluye la intervención en el caso de conflictos entre funcionarios e internos.
"La cárcel es un espacio realmente violento, hay una violencia intrínseca vertical, de poder, y horizontal, entre los propios internos", según Francés, quien ha subrayado que con la mediación se trata de "aportar herramientas diferentes a las sanciones que se especifican en la ley y el reglamento penitenciario".
Se pretende, ha añadido, dar "una respuesta alternativa a los conflictos que puedan surgir, sean violentos o no, pero que pueden dar lugar a momentos de crispación o a una muy mala convivencia en un espacio tan reducido".
Su experiencia en la cárcel pamplonesa está resultando positiva, aunque ha reconocido que les está costando bastante y aunque al principio a muchos les parecía "imposible, no es así", ya que "si a las personas se les ofrece la posibilidad de resolver un conflicto de manera pacífica, en la mayoría de los casos se logran resultados positivos".
Además, ha recalcado que los internos lo agradecen "muchísimo, porque están acostumbrados a que cada vez que hay un conflicto la respuesta siempre sea una sanción de aislamiento, la retirada de objetos personales o la reducción de permisos".
Romera, por su parte, ha relatado su experiencia en la cárcel alavesa de Nanclares, un centro "más grande, donde los conflictos llevaban aparejadas una sanción de cambio de módulo, que significa también una pérdida de derechos sobre unas personas que ya tienen muy pocos derechos, por lo que la mediación ofrece una oportunidad de además de resolver el conflicto poder seguir manteniendo esos derechos".
En esa cárcel, según ha señalado, también tienen algún caso de mediación entre internos y funcionarios con resultado "positivo".
En cuanto a la mediación penal, la que se lleva a cabo en los juzgados, han comentado igualmente que está obteniendo resultados positivos por parte "tanto de las víctimas como de los imputados, ya que están llegando a acuerdos de forma consensuada y así se están evitando sanciones penales, sobre todo cuando se habla de faltas".
En el caso de delitos, normalmente la mediación no evita una sentencia condenatoria, pero ésta se ve rebajada con un atenuante de reparación del daño y además, según ha resaltado Romera, muchas veces se evita celebrar la vista oral.
Nota publicada el 24 de Agosto de 2009 en el sitio "ABC.es"
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=87559

La mediación penitenciaria y la educación por competencias
La mediación penal y penitenciaria y la educación por competencias serán los temas que se abordarán a partir del lunes, 24 de agosto, en dos cursos de verano organizados por la Universidad Pública de Navarra (UPNA). Ambos tendrán lugar en el Palacio del Condestable y forman parte de los Cursos de Verano de las Universidades Navarras, en los que la UPNA participa con ocho programas diferentes.
El primero de los cursos de la próxima semana lleva por título 'Mediación Penal y Penitenciaria' y se desarrollará entre los días 24 y 28 de agosto en el Palacio del Condestable de Pamplona. Asimismo, según informó el centro universitario en una nota de prensa, cuenta con el patrocinio de la Asociación Navarra de Mediación.
El curso, dirigido por Eduardo Santos, profesor del Área de Derecho Penal de la Universidad, pretende ser una "introducción a la justicia restaurativa (mediación penal y penitenciaria) a través de conceptos generales (deontológicos, psicológicos y económicos)". Además, se analizará la legislación española sobre mediación y se expondrá el protocolo de mediación penal para los juzgados de Pamplona y el protocolo del Centro Penitenciario de Pamplona.
El curso se abrirá el lunes, 24 de agosto, con una ponencia de Carlos Romera en la que expondrá el origen, características generales, clases y justificación de la mediación penal. El experto analizará los aspectos deontológicos, psicológicos y económicos de la mediación, así como la legislación española actual.
En las dos siguientes jornadas se expondrán los principios generales de la mediación. El ponente será Manuel Ledesma, quien disertará en dos sesiones sobre las características y técnicas del mediador.
El programa de este curso se completará el jueves y viernes con la presentación de los protocolos de mediación penitenciaria en los juzgados y del Centro Penitenciario de Pamplona. La primera charla, dedicada a los juzgados correrá a cargo de Lourdes Etxeberria y llevará por título 'Principios informadores y fases'. La ponencia sobre el protocolo de mediación en el centro penitenciario será impartida por Idoia Zulet y Paz Francés.
Nota publicada el 22 de Agosto de 2009 en el sitio "Diario de Navarra.es"
http://www.diariodenavarra.es/20090822/navarra/la-mediacion-penitenciaria-educacion-competencias-centran-cursos-verano-upna.html?not=2009082212352818&dia=20090822&seccion=navarra&seccion2=campus

Revista Conexión Social

Universidad Autónoma de Zacatecas presenta: Panel del Día Internacional de la Paz

Mediación. Temas selectos

Cultura de Paz y Mediación

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Métodos Alternos de Solución de Conflictos de José Benito Pérez Sauceda

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Métodos Alternos de Solución de Conflictos: Justicia Alternativa y Restaurativa para una Cultura de Paz por José Benito Pérez Sauceda

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Mediación Monterrey. Por una regia y pacífica solución. Creador/Coordinador: José Benito Pérez Sauceda. Mediación Monterrey desde 2008.

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