Día Internacional de la Paz 2023

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1808. Senadores y Diputados tienen una gran oportunidad, un momento histórico, para aprobar la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, que responda a las demandas de la sociedad

Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, deuda del Estado con la población: Olga Sánchez Cordero
Rafael Espino destaca que 69 por ciento, de los tres millones de personas que acudieron a juzgados, enfrentó problemas para hacer trámites
La presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, aseguró que senadores y diputados tienen una gran oportunidad, un “momento histórico”, para aprobar la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, que responda a las demandas de la sociedad.
Se trata, dijo, de “una deuda del Estado mexicano con la población en los temas de impartición y de acceso a la justicia”.
Sánchez Cordero señaló que las reformas constitucionales de 2017 facultaron al Poder Legislativo para expedir una Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, para lo cual se le concedió un plazo de 180 días; sin embargo, subrayó: “llevamos seis años, lamentablemente, y los proyectos legislativos no han trascendido ni se han procesado”.
En la inauguración de una nueva edición de los foros “Hacia una Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias”, que se llevó a cabo en Chihuahua, la legisladora de Morena detalló que la norma que ella impulsa busca que la solución de problemas entre personas tenga una respuesta rápida, económica y sin formalismos excesivos.
La posibilidad de que se pueda llegar a un acuerdo sin recurrir a los tribunales, consideró, abona a la cultura de la paz, fomenta el respeto y el diálogo que hoy más que nunca deben promoverse y utilizarse para la solución de todos los conflictos a los que se enfrenta la ciudadanía.
Los mecanismos alternativos de solución de controversias “permiten otorgar igualdad de oportunidades a los justiciables, para que puedan resolver por ellos mismos sus conflictos, a través de este procedimiento sencillo basado en la voluntad, en la prontitud, la honestidad, la confidencialidad y la economía, en el que se privilegie la cooperación, la comprensión, la negociación, la tolerancia y el diálogo”, sostuvo.
El senador Rafael Espino de la Peña, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, expuso que en 2021, según el INEGI, 69 por ciento, de los tres millones de personas que acudieron a juzgados, enfrentó problemas para hacer trámites; 89 por ciento tuvo que superar obstáculos y 33 por ciento experimentó dificultades con la información que les proporcionaban.
Ante tales cifras, el senador de Morena calificó a la Ley General de Mecanismos de Solución de Controversias como una tarea importante que debe llevar a cabo el Congreso de la Unión, además de que se tienen que etiquetar en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) los recursos necesarios para que funcionen adecuadamente las dependencias que instrumenten tal norma.
El senador Damián Zepeda Vidales, del PAN, expuso que en México, de cada 30 millones de delitos que se registran al año, sólo se denuncia 10 por ciento; de esa cantidad, al siete por ciento se le abre una carpeta de investigación y sólo 3.5 por ciento de los casos llegan al juez, por lo cual más de la mitad de la población no cree en el sistema de justicia, lo que calificó como una “tragedia”.
El también integrante de la Comisión de Justicia se pronunció a favor de la creación de la Ley General de Mecanismos de Solución de Controversias para dar respuesta a litigios, principalmente civiles y familiares, que concentran 65 por ciento de los casos que llegan a las dependencias de impartición de justicia, y que saturan de labores a los jueces quienes no pueden resolver expeditamente todas las solicitudes.
El senador Sergio Pérez Flores, de Morena, coincidió en la importancia de dotar de los recursos necesarios para que los órganos encargados de soluciones de controversias den resultados a la población.
Además de implementar la norma, explicó, es menester contar con las instalaciones necesarias y que los funcionarios tengan la capacitación suficiente para resolver los casos.
Ante el reto de homologar las normas locales con la que se crearía en el Congreso de la Unión, el legislador subrayó que lo ideal sería que todas las entidades comenzaran al unísono, pues existen varias que ya cuentan con su propia norma, como Guanajuato, Nuevo León y Chihuahua; sin embargo, sostuvo que los foros que se han realizado desde hace varios meses ayudarán a crear una mejor norma con las experiencias con las que ya cuenta cada estado.
Morena.senado.gob.mx. Ciudad de México. 12/08/23
https://morena.senado.gob.mx/mecanismos-alternativos-de-solucion-de-controversias-deuda-del-estado-con-la-poblacion-olga-sanchez-cordero/

Mecanismos de solución de controversias, necesarios para alcanzar justicia
En búsqueda de integrar un mecanismo capaz de homologar y atender la solución de controversias de forma pacífica, se realizó el foro “Hacia una Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias” en Chihuahua, donde legisladores y especialistas vertieron sus experiencias sobre este tema.
Reconociendo la oportunidad de responder a las demandas sociales para tratar temas de impartición y acceso a la justicia, la senadora Olga Sánchez Cordero (Morena), presidenta de la Comisión de Justicia, detalló que la herramienta legislativa que se busca concretar es una respuesta para solucionar problemas priorizando una respuesta ágil y económicamente viable.
La legisladora mencionó que este mecanismo responde a lo establecido en la reforma constitucional de 2017, que facultó al Poder Legislativo a expedir una normativa en la materia con un plazo de 180 días. Dio a conocer que desde ese momento el proyecto se ha atrasado seis años, por lo cual la urgencia por integrar esta herramienta se vuelve imperante.
Abordando la atención de este tipo de casos, el senador Rafael Espino de la Peña (Morena), presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, informó que 69 por ciento de las personas que asistieron a juzgados indicaron tener problemas durante el trámite, mientras que 89 % superó obstáculos en el proceso, y 33 % experimentó dificultades con la información que les proporcionaban.
Al respecto, el legislador resaltó que la integración de la Ley General de Mecanismos de Solución de Controversias es una tarea importante para facilitar los procesos en esta materia para la ciudadanía. Asimismo, reconoció que se debe brindar de los recursos adecuados para lograr un correcto funcionamiento dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF).
Exponiendo la baja incidencia en las denuncias por parte a de las personas, el senador Damián Zepeda Vidales (PAN) hizo notar que, de cada 30 millones de delitos, apenas el 10 % de las personas proceden a denunciar, reduciendo el número de carpetas de investigación a 7 %, dejando al 3.5 % llegar al juez.
Por esta razón, Zepeda Vidales reconoció la importancia de la creación de este instrumento, abriendo la posibilidad de responder a litigios en materia civil y familiar, los cuales concentran 65 % de los casos.
CanalDelCongreso.gob.mx. Ciudad de México. 11/08/2023
https://www.canaldelcongreso.gob.mx/noticias/16915/Mecanismosdesoluciondecontroversiasnecesariosparaalcanzarjusticia

1807. Corte ordena al Congreso de la Unión expedir Ley General de Mecanismos Alternos de Solución de Controversias

Corte ordena al Congreso expedir Ley General de Mecanismos Alternos de Solución de Controversias
Tras advertir que ha transcurrido ya un lapso excesivo después de los 180 días que el Congreso tenía como plazo para resolver sobre esa legislación, los ministros acordaron ordenarle que proceda a darle prioridad.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó al Congreso de la Unión reformar la Ley General en materia de Mecanismos Alternos de Solución de Controversias (MASC), con excepción de la materia penal, para ajustarla a los parámetros establecidos en la Constitución.
Por mayoría de votos, los ministros de la Corte recordaron que la reforma constitucional de 2017 estableció en artículos transitorios un término de 180 días para que el Congreso emitiera las leyes secundarias en materia de MASC y que esos transitorios deben ser considerados como parte de la Constitución misma.
El ministro Luis María Aguilar Morales, ponente del tema, detalló que la falla del Congreso de la Unión consiste en omitir la elaboración y aprobación de las reformas a la Ley General en materia de MASC, mejora regulatoria, justicia cívica e itinerante y registros civiles, que regularizarán las mediaciones fuera del ámbito legal.
Tras advertir que ha transcurrido ya un lapso excesivo después de los 180 días que el Congreso de la Unión tenía como plazo para resolver sobre esa legislación, los ministros acordaron ordenarle que proceda a proteger el acceso a la justicia y a dar prioridad a la expedición de la Ley General sobre MASC.
Los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC) consisten en la regulación de alternativas para solucionar los conflictos entre partes sin tener que iniciar un proceso legal, mecanismos que pueden ser una mediación, una conciliación o una junta restaurativa.
Proceso.com.mx. Ciudad de México. 10/08/2023
https://www.proceso.com.mx/nacional/justicia/2023/8/10/corte-ordena-al-congreso-expedir-ley-general-de-mecanismos-alternos-de-solucion-de-controversias-312508.html

SCJN ordena al Congreso de la Unión expedir ley de solución de controversias
La Segunda Sala del máximo tribunal concedió el amparo a la asociación civil “Profesionistas en Defensa del Estado de Derecho”.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión expedir, en el menor tiempo posible, la ley general en materia de mecanismos alternativos de solución de controversias, con excepción de la materia penal, tal y como se le ordenó en la reforma constitucional del 2017.
Por unanimidad, la Segunda Sala del máximo tribunal concedió el amparo a la asociación civil “Profesionistas en Defensa del Estado de Derecho”, la cual denunció que los legisladores incurrieron en una omisión al no emitir dicha norma, misma que permitiría a las partes en un litigo administrativo o civil, negociar un acuerdo que satisfaga su reparación de daños, sin necesidad de un juicio.
Las y los ministros resolvieron que el Congreso de la Unión excedió el plazo de 180 días que se estableció en el artículo segundo transitorio del decreto de reformas publicado el 5 de febrero de 2017.
Los juzgadores explicaron que los artículos transitorios de un decreto de reforma forman parte integral de la Constitución, pues en ellos se precisan los lineamientos provisionales o de tránsito para el funcionamiento de la norma.
Por lo que, si en el artículo segundo transitorio del decreto de reforma constitucional se estableció un plazo para expedir la legislación general, se trata de un mandato expreso para el Congreso de la Unión.
René Cruz. MVSNoticias.com. 9/8/2023
https://mvsnoticias.com/nacional/2023/8/9/scjn-ordena-al-congreso-de-la-union-expedir-ley-de-solucion-de-controversias-602270.html

1806. Foros: Hacia una Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias


Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias


1805. La Mediación es su derecho, exíjalo


Si piensa que presentado una demanda judicial todo se va a arreglar, es que tiene una visión casi idílica de lo que es un conflicto.

Este, 21 de enero, es el día europeo de la mediación y un año más vamos a intentar convencerle de que la mediación es beneficiosa para usted. Y digo bien intentar convencerle porque es curioso lo poco que se utiliza como sistema alternativo de resolución de conflictos a pesar de la multitud de ventajas que ofrece. Por ello, siguiendo las recomendaciones de una jueza absolutamente partidaria de mediar, creo que lo mejor es contarle las limitaciones de un juicio, ya que existe un gran desconocimiento de lo que es un proceso judicial.
Para empezar, un juicio es un largo proceso. Una vez iniciado, el resultado depende no sólo de las pruebas presentadas y del amparo legal del caso, sino también del juez. Eso se llama ruleta judicial. Según se caiga en un juez o en otro la sentencia puede variar. Además, ningún profesional de la abogacía puede garantizar el éxito de la demanda que presenta, y si lo hace, miente.
Pero no sólo eso, una vez dictaminada la sentencia es probable que no se cumpla, ya que se puede recurrir o tener que pedir su ejecución. En ambos casos volveremos a iniciar un proceso judicial largo y costoso. Así, si usted piensa que presentado una demanda todo se va a arreglar, es que tiene una visión muy cortoplacista, casi idílica, de lo que es conflicto.
A pesar de todos los inconvenientes del proceso judicial, los mediadores llevamos 20 años, que se dice ponto, recordando las bondades de la mediación. Y es que todo lo dicho durante las sesiones de mediación es confidencial. Asimismo, las partes no pueden citar al mediador como testigo en ningún proceso judicial. También es voluntaria, pues las personas acuden libremente a mediación porque quieren ser ellas mismas las que resuelvan sus desavenencias, de ahí su éxito. Y es flexible. Entre las partes y el mediador se acuerdan los temas de los que hay que hablar y se organizan las sesiones. Tampoco se necesitan pruebas y se puede abandonar la mediación en cualquier momento. Los profesionales de la abogacía, entre otros, son bienvenidos en las sesiones con las partes.
Además, la mediación es rápida y ágil. Las sesiones duran una media de una hora y media, aunque pueden alargarse durante más tiempo en función de la disponibilidad de las partes. El número de sesiones depende del ámbito en el que se realice la mediación. Por ejemplo, un conflicto vecinal requiere entre una y tres sesiones, mientras que las mediaciones en rupturas de pareja oscilan entre una y ocho. Las empresas suelen resolver sus cuitas en un máximo de cuatro encuentros. Muy importante es que los acuerdos de mediación pueden elevarse a público ante notario, adquiriendo fuerza ejecutiva, y se pueden homologar en un juzgado.
¿Qué más se puede pedir? ¿Qué está pasando? ¿Por qué la mediación no se utiliza? Porque, lamentablemente, la mediación no es para todo el mundo. Este proceso es para gente distinta, para valientes. Cuando tenemos un conflicto es más fácil decirle a un abogado que pelee por ti y dé la cara. No queremos hablar, no queremos escuchar, tan sólo queremos que nos den la razón y se “haga justicia”. Pero la justicia sólo es justa si se gana el pleito, y eso puede que no pase, y si pasa, lo más probable es que el resultado no resuelva el conflicto.
Por ello, es mejor sentarse, negociar, ser conscientes de que tendremos que rebajar nuestras expectativas y llegar a un acuerdo satisfactorio para ambos. Mediar es para personas responsables y maduras, capaces de ver más allá del aquí y el ahora, quienes también entienden que, quieras o no, la mayoría de las veces tienes que seguir teniendo contacto y relación con la otra parte.
Y llegados a este punto ¿es usted una persona valiente? Si ha contestado sí, adelante, no lo dude, exija su derecho a acudir a mediación antes de iniciar un juicio. Si ha contestado no, no se preocupe, el año que viene, otro 21 de enero, volveré a hacerle la misma pregunta.Ana Criado Inchauspé. Presidenta de la Asociación Madrileña de Mediadores.
Ana Criado Inchauspé. Cincodías.elpaís.com. 19/01/23
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2023/01/19/legal/1674117597_797245.html

1804. La futura Ley de Eficiencia Procesal, la gran oportunidad de asentar la mediación en nuestra justicia


Será obligatorio cuando se aprueba esta norma en los asuntos civiles y mercantiles intentar buscar un acuerdo antes de interponer la demanda.
En vísperas del Día Europeo de la Mediación, la Ministra de Justicia Pilar Llop presidía una jornada sobre la aplicación práctica de la mediación.
La futura Ley de Eficiencia Procesal que se tramita en nuestro Parlamento previsiblemente verá la luz antes de que acabe este año, según explicaba la ministra de Justicia, Pilar Llop, que plantea la obligatoriedad de intentar buscar un acuerdo por las partes antes de interponer la demanda en asuntos civiles y mercantiles
A lo largo de esta semana se están celebrado en España distintos actos relacionados con la promoción y difusión de la mediación. Una práctica que pese a contar con una Ley de Mediación Civil de asuntos civiles y mercantiles de julio del 2012, por el momento no ha cuajado en nuestro país. Los juzgados siguen colapsados de asuntos y las mediaciones son escasas.
En esta jornada celebra en Justicia, expertos como Juan Fernando López Aguilar, presidente del Comité Libe del Parlamento Europeo; el presidente del CGPJ en funciones Rafael Mozo o Agustin Azparren, responsable de esta práctica en ONTIER, Juez, Fiscal en excedencia y Vocal del Consejo General del Poder Judicial (2001-2008), entre otros expertos, dieron su visión sobre la mediación y la normativa que se avecina.
Para Pilar Llop, es necesario incluir la figura de los medios adecuados de solución de controversias (MASC), para “que las propias partes sean capaces de resolver sus conflictos” en el citado Proyecto de Ley, que obligará a las partes a utilizar medios como la conciliación, la oferta vinculante confidencial, la opinión de experto independiente y la negociación directa entre las partes antes de acudir a la vía judicial.
Llop explicó que el Ministerio de Justicia ha convocado ya la próxima reunión del Foro para la Mediación, que tendrá lugar el 22 de febrero, “un espacio institucional, pero también participativo, para colectivos profesionales de distintos ámbitos a quienes quiero reconocer su trabajo en la mediación; nos ayudan a entender y tener buenas prácticas desde este ámbito”.
Un reto importante
Agustín Azparren lleva a lo largo de su carrera profesional como mediador más de cuatrocientos acuerdos a sus espaldas. También que fue expresidente del Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación (GEMME) en España: “El CGPJ tiene datos de mediación «intrajudicial», lo que no existe son datos de mediaciones prejudiciales solventes”.
Hace cinco años, como abogado llegó al despacho ONTIER para poner en marcha esta practica a nivel de asuntos civiles y mercantiles: “Ahora la firma cuenta con un equipo de ocho abogados, con el titulo de mediación entre las oficinas de Madrid, Oviedo y Sevilla. Normalmente una de las partes acude a mediación y a partir de ahí explicamos a la otra también cómo funciona”.
Este jurista, al igual que Miguel Pascual, presidente del TSJ de Murcia y el exmagistrado Pascual Ortuño, participaron en el grupo de trabajo que creó este proyecto de ley: “El ratio de éxito si es mediación previa llega al 70% y baja al 50% cuando es mediación «intrajudicial» esto significa que el juez deriva a mediación a las partes en su conflicto”.
En esta jornada explicó a los asistentes la aplicación de la mediación a los asuntos civiles y mercantiles: “La mediación puede ayudar mucho a mejorar la eficiencia de la justicia. Nuestra sobrecarga en los juzgados se puede resolver de dos maneras, incrementando el número de jueces 5700 a casi el doble. La otra opción es reducir la litigiosidad con la mediación”.
Así, nos explica que el intento de acuerdo obligatorio previo a la mediación está funcionando en Italia, «te da una pista que puede funcionar en nuestro país. En nuestro caso se opta por más medios y no solo la mediación y en toda la jurisdicción civil y mercantil con lo cual hablamos de dos millones y medios de asuntos. Si se arreglase el 20% de Italia reduciríamos en 500.000 los asuntos de los juzgados españoles”.
Sobre esta reforma legislativa, subraya que ya con el ministro Juan Carlos Campo se creó un grupo de trabajo en el que participaron Miguel Pascual de Riquelme, presidente del TSJ de Murcia; el exmagistrado Pascual Ortuño y el propio Azparren entre otros juristas. En ese documento ya se hablaba de incluir el intento de mediación obligatorio preceptivo a cualquier demanda judicial.
La gran novedad de esta iniciativa es que quien interponga una demanda tendrá que justificar en el juzgado que intentó ese acuerdo por varios sistemas que van desde la mediación, negociación entre abogados, conciliación judicial, etc.: “Se pretende que sea algo ágil y que no se convierta en un requisito forma como el acto de conciliación previo ante el LAJ”, comenta.
Este experto considera que se va a regular tanto la mediación previa al proceso judicial como la «intrajudicial»: “Es previsible que el legislador incluya algún tipo de incentivo fiscal o posibles sanciones, en cuanto a recargo en costas en el caso de que una de las partes no acuda a este sistema extrajudicial. Se trata de evitar que sea algo formal y que no tenga eficacia”.
Una reforma ambiciosa
Por su parte, Pascual Ortuño, muchos años magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona ahora jubilado, fue en su momento uno de los precursores de la mediación en nuestro país con iniciativas como ser promotor del Proyecto Piloto en Mediación Familiar en los Juzgados de Familia de Barcelona, que estuvo en funcionamiento desde 1992 a 1997.
Al mismo tiempo, fue fundador de la Asociación Catalana para el Desarrollo de la mediación; director del Programa de formación en Mediación de la Escuela Judicial Española; y representante del gobierno Español en el Comité de Derecho Civil del Consejo de la Unión Europea para la elaboración de la Directiva sobre mediación: “Creo que hay una gran oportunidad de asentar la mediación como una de las alternativas al sistema judicial”, aclara
En su opinión, “la mediación apareció en nuestro país de la mano de Europa como impulso del Consejo de Europa, pero no ha acabado de funcionar. Su incidencia en la litigiosidad es pequeña por el momento. El antecedente a esta Ley de Eficiencia Procesal, el proyecto de ley de Impulso a la Mediación sufrió el rechazo frontal de la abogacía y ahora veremos que alcance esta reforma. Lo bueno es que tiene un consenso social importante”.
Desde su punto de vista, “hay que ser realista en este tipo de temas y los ciudadanos hacen lo que le dicen sus abogados sobre acudir o no a la mediación. Sobre la obligatoriedad del acuerdo previo a la demanda tiene sus riesgos que deberá acreditarse que se quiso negocia de buena fe, esperemos que no se convierta en un trámite burocrático más”.
Este jurista advierte que el progreso de esta iniciativa será gradual: “Es importante que abogados y ciudadanos se convenzan que tiene una utilidad porque lo asuntos se pueden solventar antes, al mismo tiempo se mantendrá la relación entre las partes. Realmente la mediación es mas efectiva antes del proceso. La propia Ley de Eficiencia Procesal prima que se negocie antes de ir al juzgado por encima de la mediación «intrajudicial”.
Abogados que son mediadores
A lo largo de estos años, la mediación se ha especializado en diferentes campos de acción. Javier Fernández-Lasquetty, socio de la firma Elzaburu, forma parte del área de litigación y ADR, métodos alternativos, de este despacho centenario. Al mismo tiempo es arbitro y mediador del Centro de Mediación de la OMPI, organismo de la ONU, donde como mediador ha resuelto distintos asuntos relacionados con marcas y propiedad intelectual e industrial.
Esta entidad dispone de más de 3000 árbitros y mediadores que son especialistas en todas y cada una de las variables de este campo de actividad: “La naturaleza de estos asuntos influye en la duración de las mediaciones. Se habla de 45 a 60 días, pero se puede prolongar si las partes lo indican, así pasa en temas de patentes o tecnológicos donde puede llegar a 90 días la mediación”.
Para este experto “todavía al abogado le cuesta aceptar la mediación como realidad que puede ayudar las controversias de los clientes de manera mas sencilla, y no excluye su intervención porque participa de otra manera. Ahora, habrá que ver cómo funciona la obligatoriedad de intentar llegar a un acuerdo previo a la demanda, eje de la Ley de Eficiencia Procesal ahora en el Congreso”.
Desde su punto de vista, “el incremento de la mediación dependerá de la voluntad de las partes y de la calidad de los mediadores. En mi opinión so y más partidario de un mediador que sea especializado en la materia. Tanto en el foro de OMPI, como en Mediautor, nueva corte de mediación creada recientemente, las partes quieren que el mediador conozca la controversia tanto como ellos”.
El papel clave de los mediadores
Ana Criado, mediadora profesional, preside la Asociación Madrileña de Mediadores desde sus inicios. Cerca de dieciocho años esta entidad está vinculada a este método extrajudicial de resolución de controversias, donde se han formado múltiples mediadores en los últimos años.
Esta entidad forma parte de la organización Instituciones para la Difusión de la Mediación (IDM), entidad que agrupa a diferentes entidades colegiales de abogados, procuradores, notarios o economistas, entre otros que tienen su centro de mediación. Este lunes organizan una jornada en Madrid presidida por Jacobo Fernández, Secretario General Técnico del Ministerio de Justicia.
Esta experta recuerda que la Ley de 5/2012 de 6 de julio intentó regular la actividad de los mediadores creando un registro de estos profesionales que está en el Ministerio de Justicia y la obligatoriedad que estos profesionales contasen con un seguro de responsabilidad civil. “el papel del Ministerio es clave tanto sobre los mediadores como de los propios centros de mediación y homologación de títulos. Debería tener más liderazgo del que tiene en la actualidad”.
A su juicio, la resistencia de la abogacía en los procesos de mediación sigue siendo evidente en muchos casos, “de hecho en ocasiones dicen que median ellos cuando pueden enviar un fax nada más. Sin embargo, su papel está ahí como asesores de las partes en la mediación o en la supervisión del acuerdo de mediación. Dicho esto. la efectividad es más evidente previo al proceso judicial. Cuando el juez deriva a mediación lo más habitual es que aún los mediadores no cobren nada pese al trabajo que realizan”.
Desde su punto de vista, “la gran esperanza de cambio está en las universidades, donde los jóvenes juristas que estudian el Master de Acceso a la Abogacía ya estudian lo que son los ADR, como el arbitraje, la mediación o la conciliación. Hay que darse cuenta que hasta la fecha a los abogados lo único que les enseñaron en su formación académica fue el interponer una demanda. Debe haber una revolución en la formación jurídica”.
Por su parte, desde Sevilla, María del Castillo, fiscal sustituta, realiza labores de mediación cuando no está en ejercicio como operadora jurídica. “Es una buena noticia la apuesta del Ministerio de Justicia por la mediación. Hay que darse cuenta que no es solo un recurso, sino que podría ser una alternativa a la jurisdicción ordinaria”.
Desde su punto de vista, “en el futuro debería tener la misma importancia que la vía judicial, estamos hablando de la resolución extrajudicial de conflictos, donde el papel del mediador es clave para resolver ese asunto y mantener la relación que exista entre las partes en estos momentos. Tiene que tener su importancia como parte del sistema judicial”.
Para esta experta, “hay que darse que la mediación no es una técnica sino un proceso con un principio y un final. Y en ese proceso se aplican técnicas o escuelas. A este respecto como la Ley de Enjuiciamiento Criminal al proceso judicial, las escuelas son las normas procesales del proceso de mediación. Creo que la ley que se va a aprobar ahora no ha tenido en cuenta a los mediadores”.
Nuestra interlocutora es Profesora Doctora en la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla: “Imparto cuestiones de justicia restaurativa, al igual que de la mediación como proceso. De todas formas siendo tan necesaria es importante que se creen Grados en Mediación en las Universidades que respalden la formación de muchos profesionales. Todavía está por generalizarse su enseñanza. Solo se estudia en Masters que no siempre tienen su reconocimiento oficial”.
Luisja Sánchez. EconomitJurist.es.21/01/2023
https://www.economistjurist.es/zbloque-1/la-futura-ley-de-eficiencia-procesal-la-gran-oportunidad-de-asentar-la-mediacion-en-nuestra-justicia/

1803. La Mediación confía su impulso a la futura ley de eficiencia procesal

Se celebra el Día Europeo de la Mediación en un contexto de baja implantación de este medio alternativo para solucionar los litigios.
Se celebra el Día Europeo de la Mediación. A pesar de las múltiples ventajas de este medio de resolución de controversias —reduce la litigiosidad evitando llegar a juicio, ahorra costes y es más rápida para llegar a una solución— el desconocimiento entre la población y entre muchos profesionales hace que este método todavía no tenga la importancia en otros países de Europa.
Tras más de diez años de regulación legal de la mediación, Fernando Bejerano, director de Defensa, Normativa y ADRs del Colegio de la Abogacía de Madrid, considera que “la falta de difusión por parte de las Administraciones Públicas y de los propios operadores jurídicos hace que sea desconocida para la inmensa mayoría de las personas” que quieren resolver un conflicto.
Sin embargo, a pesar de la falta de cultura para resolver los conflictos fuera de los tribunales, “la mediación ha llegado para quedarse y sigue avanzando, aunque de forma lenta”, asegura Ana Criado, presidenta de la Asociación Madrileña de Mediadores.
Poca implantación
Las medidas legislativas no han servido para impulsar la mediación a pesar de su ventajas: el tiempo medio de un litigio en España es de 560 días frente a los 50 en la mediación y el coste medio de un procedimiento judicial para la Administración es de 8.000 euros, en la mediación es de 1.833 para las partes, según la Cámara de Comercio de España.
La Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, en vigor desde julio de 2012, no ha logrado desarrollar la potencialidad de este sistema, que tiene más arraigo en el derecho de familia y laboral, pero no cala en el derecho civil y mercantil. El Informe de la Comisión al Parlamento Europeo sobre la aplicación de la Directiva de Mediación Civil y Mercantil de 2008 evidencia la falta de una cultura mediadora en algunos Estados miembros.
La futura ley de eficiencia procesal, todavía en tramitación en el Congreso de los Diputados, una vez aprobada “supondrá un impulso definitivo a la mediación empresarial, al establecer la negociación previa como un paso obligatorio antes de acudir a la jurisdicción ordinaria”, asegura Rafael Catalá, presidente del Centro Español de Mediación.
Más escéptica con la futura ley es Ana Criado quien censura que “para colmo de males añade la figura de tercero neutral, que no se sabe bien lo que es. El tercero imparcial ya existe y es el profesional de la mediación”. El mediador, como tercero neutral, acompaña a las partes en conflicto para que encuentren la solución más beneficiosa.
Para Catalá, la solución para potenciar la mediación pasa por hacer “mucha pedagogía porque muchos empresarios e incluso abogados no conocen en profundidad las ventajas de la mediación” pero también es imprescindible que “los poderes públicos guíen a los ciudadanos hacia este mecanismo, con medidas como la mediación obligatoria”.
Litigios desviados
Ante la falta de datos sobre la actividad de los 8.183 mediadores e instituciones registradas, hay que acudir a la información del Consejo General del Poder Judicial. La mediación intrajudicial, que tiene lugar una vez que una de las partes en conflicto ha interpuesto la correspondiente demanda, ha permitido que en 2021 los juzgados de primera instancia e instrucción derivaran 3.287 asuntos de familia a la mediación, un 17% más que los tramitados en 2020.
También tiene un notable desarrollo en el campo del derecho laboral con 2.600 casos derivados por los juzgados de lo social a la mediación durante 2021, un 18% más que el año anterior. Además, los servicios de mediación arbitraje y conciliación laboral de las diferentes comunidades autónomas han tramitado en los tres primeros trimestres de 2022 un total de 264.677 conciliaciones individuales.
Sin embargo, la mediación intrajudicial en los ámbitos civil y mercantil no tiene el mismo seguimiento ya que en 2021 sólo se derivaron por los juzgados 912 asuntos, un 16% más que en 2020.
En total, los asuntos derivados a mediación en 2021 fueron 6.893, lo que supuso el 0,1% de los litigios que entraron en los tribunales y juzgados durante ese año (6.273.090).
Más de 20,000 Mediadores
Registro. En el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia hay 8.183 mediadores inscritos. Si la futura ley de eficiencia procesal recogiera que la inscripción en el registro fuera obligatoria “habría más de 20.000 inscritos”, según Jesús Lorenzo Aguilar, director general de la Asociación Española de Mediación.
Abogacía. El Colegio de la Abogacía de Madrid cuenta con el Centro de Resolución de Conflictos, mediaICAM, para fomentar la mediación como otra forma de acceso a la justicia. Entre 2012 y 2022 han tramitado 5.380 expedientes de mediación. Más de 9.000 ciudadanos han sido informados acerca de la mediación como mecanismo de solución de conflictos y más de 8.000 alumnos han recibido formación específica.
Notarios. La Fundación Signum del Colegio Notarial de Madrid, la decana, tiene un equipo de 66 mediadores, de los cuales 32 son notarios. La Fundación Notarial para la Mediación y el Arbitraje Solutio Litis (Valencia) reconoce que la mediación “no termina de encajar”. La Fundació Mediació (Barcelona) destaca que en Cataluña para que una demanda se admita, en algunos casos, se ha de “acreditar la asistencia a la sesión previa de mediación”.
Cinco Días. El País. com. España. 18/01/23
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2023/01/18/legal/1674062818_716530.html

1802. Día Europeo de la Mediación: recurso para resolver cuestiones sin judicializarlas

El 21 de enero se celebra el día de esta vía extrajudicial de resolución de conflictos que la Consejería de Justicia impulsa para reducir la sobrecarga en los juzgados.
El consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, José Antonio Nieto, aspira a convertir a Andalucía en "líder en el uso de la mediación" como vía extrajudicial de conflictos frente al exceso de litigiosidad. Se trata de una fórmula que busca el consenso entre las partes por lo que, además de contribuir a reducir la sobrecarga de trabajo de los juzgados, ofrece soluciones satisfactorias sin imposición de terceros de una forma más ágil y rápida.
En el Día Europeo de la Mediación, Nieto ha destacado la apuesta que está haciendo la Consejería de Justicia por impulsar esta vía a través de los Puntos de Información a la Mediación en Andalucía (PIMA) instalados en las sedes judiciales y con la futura inclusión de la asistencia letrada en estos procesos en los servicios de Justicia Gratuita.
No obstante, el consejero ha defendido que lograr el "cambio cultural necesario para que antes de poner una denuncia nos planteemos si podríamos resolver un asunto a través de la mediación", requiere de la colaboración de múltiples profesionales como jueces, fiscales, abogados, trabajadores sociales, educadores, psicólogos o agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para derivar a la
ciudadanía a la que atienden a la mediación cuando les presentan un conflicto.
Para Nieto, se trata de un recurso "poco explotado hasta ahora por un problema cultural pero con infinitas posibilidades en asuntos de familia, conflictos vecinales, de tráfico, laborales y muchas áreas".
Por ello, ha insistido en pedir colaboración para que la sociedad vea en la mediación un recurso sólido y útil para resolver cuestiones sin necesidad de judicializarlas de una manera que, además, suele resultar más satisfactoria para ambas partes que la sentencia de un juez que tiene que aplicar la ley.
La Consejería de Justicia cuenta con diez PIMA en las sedes judiciales de las ocho capitales además de Algeciras (Cádiz) y Marbella (Málaga). A estas oficinas puede acercarse cualquier ciudadano que quiera informarse y acudir a la vía de la mediación, al tiempo que los órganos judiciales pueden derivar directamente a los usuarios gracias a la denominada agenda @PIMA.
La nueva orden de módulos y bases que regula las retribuciones de los abogados del turno de oficio incluirá, por primera vez, la asistencia letrada en procesos de mediación para incorporar este servicio al sistema de Justicia Gratuita. Con ello, además de reconocer el trabajo de los profesionales, se garantizará que cualquier persona pueda acudir a esta vía independientemente de sus recursos económicos.
La Consejería también está impulsando la formación en esta materia y la difusión con la organización de jornadas en diferentes provincias con profesionales y expertos que ya trabajan en esta vía.
El próximo encuentro se celebrará en Jaén el día 26. 
La mediación para los consumidores
El 21 de enero se conmemora el Día Europeo de la Mediación, con el objetivo para visibilizar la importancia de la mediación en la resolución de conflictos y de acuerdos entre las partes involucradas. El director general de Consumo, José Agustín González, ha afirmado que el Día Europeo de la Mediación es un marco idóneo para poner de relieve la importancia que tiene la mediación de consumo como sistema extrajudicial de resolución de conflictos entre las personas consumidoras y las empresas y profesionales, que se someten a este procedimiento de forma voluntaria –si una parte no está de acuerdo o no se siente cómoda en el transcurso de la mediación, puede terminar el procedimiento sin consecuencias–, y cuyo objetivo es alcanzar un acuerdo satisfactorio que ponga fin a dicho conflicto.
José Agustín González ha recordado que con la mediación de consumo se busca "ayudar y empujar a las partes en conflicto a crear soluciones adaptadas a sus necesidades y mutuamente aceptables".
Este procedimiento de resolución de conflictos, señala González, no debe confundirse con el arbitraje de consumo, y "se rige por los principios de voluntariedad, imparcialidad, confidencialidad, eficacia, equidad y buena fe".
La figura clave en todo proceso de mediación es la persona mediadora, quien se encarga de colaborar con las partes (empresas, profesionales y personas consumidoras) para crear soluciones a sus problemas, procurando que alcancen un acuerdo consensuado mediante la mejora de la comunicación y sus relaciones en el futuro.
Por esta razón, es un procedimiento mucho más rápido y sencillo que otros sistemas de resolución de conflictos.
Otra principal ventaja de la mediación es que las soluciones pueden ser muy variadas, ya que surgen del trabajo conjunto, propiciándose la empatía y disminuyendo la tensión, sintiéndose como propio el acuerdo alcanzado. No obstante, a diferencia de las resoluciones o laudos en el arbitraje de consumo, el resultado de la mediación tiene la consideración de un acuerdo o compromiso entre las partes, pero no les vincula.
En Andalucía, cuentan con funciones mediadoras de consumo: las Juntas Arbitrales de Consumo, el Consejo Andaluz de Consumo y los Consejos Provinciales de Consumo, los Servicios Provinciales de Consumo de la Junta de Andalucía, y también las Oficinas Municipales de Información a las Personas Consumidoras (OMIC) y servicios locales de consumo.
Consumo Responde
Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página www.consumoresponde.es, del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es; y de los perfiles de Twitter (@consumoresponde), Facebook (www.facebook.com/consumoresponde) e Instagram (@consumoresponde).
Cordoba Buenas Noticias.com, España. 21/01/21
https://www.cordobabn.com/articulo/andalucia/dia-europeo-mediacion-recurso-solido-resolver-cuestiones-necesidad-judicializarlas/20230121103412151495.html

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