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La Tercera Ola de los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos

 Los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos con su sigla MASC, engloban a un conjunto de procedimientos solucionadores de conflictos humanos, de manera autocompositiva, heterocompositiva o hibrida, sin utilizar la fuerza y  ejecutados fuera del proceso judicial, es decir, con los MASC se crea soluciones no jurisdiccionales e inteligentes, caracterizados por ser no confrontacional, cooperativos, de autogestión y de protagonismo ciudadano, siendo incorporados el último decenio del siglo pasado, en los sistemas de justicia, en casi toda América Latina.
Uno de los más maravillosos instrumentos creados por la raza humana, al que algunos países lo denominaron conciliación, otros lo llamaron mediación previa, permite a los seres humanos solucionar sus conflictos interpersonales, de manera  autocompositiva, es decir, solucionar sus conflictos, por sí mismo, en ejercicio de la autonomía de la voluntad. La conciliación/mediación tiene un fin en sí mismo. Su finalidad inmediata consiste en solucionar los conflictos de intereses de los particulares,  de la comunidad y del Estado, a través de un acuerdo, mientras su finalidad mediata más trascendente y de mayor mérito, apunta a restaurar la paz social, lograr el desarrollo y  hacer realidad los derechos fundamentales de la persona humana, este es su fin supremo.
En el año 1997, hace 17 años se instauró la conciliación extrajudicial en el Perú, como un instrumento para descongestionar los atiborrados tribunales de justicia peruanos, de esta manera en un primer momento  se  estableció como un requisito de admisibilidad de la demanda, en cuestión de derechos disponibles, a través de la primigenia Ley de Conciliación- Ley N°  26872, posteriormente se transformó en un requisito de procedibilidad de la demanda, modificación que fue incorporada el año 2008, mediante Decreto Legislativo 1070 y Reglamentada mediante  Decreto Supremo 014-2008-JUS.
Sin embargo, la visión actual que se tiene de la conciliación/mediación, en el nuevo mapa de solución de conflictos que ofrece el  primer quindenio del siglo XXI, está llevando al movimiento de solución alternativa de conflictos a su estancamiento y fracaso, por cuanto no solo el Perú, sino la mayoría de países de Latinoamérica, desgraciadamente implantaron erróneamente a la  conciliación/mediación como  trámite previo y obligatorio para poder acceder a los Tribunales de justicia ordinaria, un mero requisito de admisibilidad o de procedibilidad de la demanda, una llave de acceso al Poder Judicial, un puente por el que tenemos que transitar obligatoriamente antes de llegar a los predios del proceso judicial,  grave error que desnaturaliza totalmente el fin natural de la conciliación/mediación, siendo utilizada para un fin distinto, para  el cual fue creada, así esta noble institución se transformó de un medio de solución de conflictos, su fin natural, aun medio para llegar a los predios del  proceso judicial, lugar donde recién se solucionaría el conflicto.
Asimismo, observamos que después de 24 años de instaurada la conciliación  en América Latina, el entusiasmo que despertó a millones de personas, el movimiento de solución alternativa de conflictos, se  encuentra virtualmente paralizado, esto se puede percibir,  en la  reducción considerable de producción literaria referida a los MASC, igualmente  en internet, se aprecia que los principales blog sobre MASC, se encuentran abandonados por sus propietarios, subsistiendo  muy pocos, que se pueden contar con los dedos de la mano. 
En este nuevo escenario, es vital dar un impulso al movimiento de solución alternativa de conflictos, por lo que se requiere  que los países evolucionen  en el tratamiento de la conciliación/mediación, para ir de una concepción de “mecanismo descongestionador”, hacia una noción como “mecanismo solucionador de conflictos”, que utilice a la conciliación/mediación, como medio de solución de conflictos y acceso a la justicia.
La tercera ola del movimiento de solución alternativa de conflictos,  propone  algo diferente, algo de mayor valor, un mega valor, concebir a la conciliación/mediación, como un auténtico instrumento de acceso efectivo a la justicia y no una simple herramienta descongetionadora, cuyo público objetivo  no solo sean, personas de escasos recursos económicos, sino  toda la comunidad en su conjunto, independiente de su estado de vulnerabilidad, pues todos necesitan de justicia, vital para el desarrollo humano.
La  tercera ola, propone una correcta utilización de la conciliación/mediación, como un medio de solución de conflictos, con lo cual se asegura una justicia coexistencial, convivencial, humana, saludable y sobre todo progreso para todos, porque está probado que cuanto las personas concurren a la audiencia de conciliación para solucionar sus conflictos, se llega a un acuerdo en casi cien por ciento,  es decir,  cuando se utiliza a la conciliación/mediación correctamente como un medio para solucionar nuestros conflictos, es cien por ciento, eficaz y generalmente termina en un acuerdo total  satisfactorio a los genuinos intereses de ambas partes, a diferencia  que cuando las partes acuden a la audiencia, simplemente para obtener un requisito que le permita presentar su demandada ante el Poder Judicial, situación  que termina generalmente con inasistencia o por falta de acuerdo, porque no existe ningún interés en solucionar los conflictos por esta vía.
El Perú opto por un sistema de Mecanismos Alternativos de Solución de conflictos Institucional, es decir, aquel sistema, donde los servicios de conciliación y arbitraje son prestados por instituciones públicas y privada quienes se encargan de su administración, los cuales operan de forma independiente y autónomas, es decir, de un lado hay Centros de Conciliación y por otro, existen Centros de Arbitraje, sistema que lamentablemente no brinda el servicio de calidad que se esperaba,  por lo  que es necesario,  que se  evolucione y  se implante un nuevo  modelo,  que concentre en un mismo lugar,  una  gama de MASC,  es decir, crear instituciones que  ofrezcan una gran variedad  de Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, en un solo lugar, de forma integrada.
En este sentido, la tercera ola del movimiento de solución alternativa de conflictos, propone que se instauren “Centros de Solución de Conflictos”, que ofrezcan servicios de mediación, conciliación, arbitraje, Conarb (combinación entre conciliación y arbitraje), evaluadores neutrales, servicio de  asesoría y defensa jurídica de personas, los cuales se podrían prestar de manera presencial y también on line (On Line Dispute Resolution, ODR), administrados por instituciones públicas y privadas. Estableciendo estándares de calidad, en cuanto a infraestructura y servicios, que  garanticen eficiencia, eficacia de los servicios y sobre todo satisfacción de los usuarios MASC, donde se resuelvan  controversias de orden civil, del consumidor, en materia de salud, laboral, familiar, en contrataciones del Estado, socio ambientales y comunitaria. Resulta muy importante también, que  los países  reconozcan a la conciliación/mediación a nivel constitucional, como lo hizo Colombia en el año de 1991, para conferir facultades jurisdiccionales a particulares.
Finalmente, atendiendo a que la  conciliación/mediación se encuentra presente en toda América Latina, es  vital suscribir  un Tratado Internacional, entre los países de la región, respecto a la ejecución de actas de conciliación/mediación,  que establezca un único procedimiento de ejecución de acta de conciliación/mediación, a fin de asegurar el cumplimiento de  las actas de  conciliación/mediación, en cualquier país que se adhiera al Tratado, independiente del país donde se  expida. Así, por ejemplo, un acta de conciliación/mediación sobre  pensión de alimentos para  un hijo menor de edad, que se suscriba en Lima, entre un padre peruano y una madre  argentina,  podría ejecutarse en  Argentina o cuando  se suscriba un acta de conciliación/mediación  en Bogotá, respecto al pago de una deuda de dinero, entre  dos  colombianos, se pueda ejecutar en Lima, lugar donde el obligado al pago posea bienes.
Rafael Gonzalo Medina Rospigliosi. Abogado por la Universidad de San Martín de Porres, con estudios de maestría en Derecho Empresarial por la Universidad Federico Villareal , Conciliador Extrajudicial, Arbitro de derecho, fundador y Director de LIMAMARC CENTRO DE SOLUCION DE CONFLICTOS, Director del Centro de Conciliación Extrajudicial LIMAMARC, Director del Centro de Formación y Capacitación de Conciliadores Extrajudiciales LIMAMARC, Director del Centro de Arbitraje LIMAMARC, investigador en temas de medios alternativos de solución de conflictos.
Rafael Gonzalo Medina Rospigliosi. Mediate.com. Estados Unidos, 03/15

1388. Mediación, una opción para reducir la corrupción judicial

Según el jurista norteamericano John Baker, deben implementarse centros para que litigantes solucionen pleitos sin llegar a juicios, pues elevada carga procesal desencadenaría delitos. Criticó necesidad de notarios.
Arequipa, Perú. La elevada carga procesal que enfrentan los jueces en el país es un problema latente del Poder Judicial. Para el especialista norteamericano en derecho público e internacional, John S. Baker, este factor es desencadenante de delitos como la corrupción. Para evitar ello plantea la implementación de un sistema de mediación voluntaria para que los litigantes resuelvan sus pleitos antes de entablar juicios.
El jurista explica que el gran número de expedientes obliga a los magistrados a realizar prolongadas jornadas de trabajo, que se traducen en demoras para la emisión de fallos. Son esos lapsos los que se aprovecharían para la comisión de actos ilegales. Solo en Arequipa, al mes, se recibe entre 115 y 170 nuevos casos por juzgado.
Con el nuevo Código Procesal Penal los litigantes deben esperar un mínimo de nueve meses para obtener una solución a los casos en el área penal, mientras que en las salas civiles, el tiempo de espera se convierte en años. En Estados Unidos los juicios simples pueden durar solo días, sin embargo Baker admite que no se puede hacer una comparación porque los sistemas judiciales en ambos países son diferentes.
John S. Baker explica que el modelo de mediación voluntaria funciona en Estados Unidos con resultados muy alentadores. Sin embargo, en los países de Latinoamerica el interés es mínimo, a pesar que existen entidades como el Banco Mundial y la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (Usaid) que promueven este tipo de programas.
Problemas familiares se podrían resolver en esta instancia. En Arequipa se presentaron el año pasado 2 mil 651 procesos en la materia. Cerca del 10% corresponden a divorcios. Y más de la mitad a casos de violencia familiar.
Baker, quien ha dictado cátedras en más de diez países del mundo, especifica que es trabajo de las universidades implementar los centros de mediación. Se necesitaría el entrenamiento de estudiantes y abogados que cambien su mentalidad de solo litigar en una corte.
Otra solución podrían ser los arbitrajes, pero estos tienen un punto en contra: sus costos son muy elevados.
Más confianza
El Poder Judicial no goza de la aprobación de la población. Según Ipsos Perú, solo el 15% le da su confianza. Las paralizaciones no ayudan a resolver el problema.
En los últimos meses del año pasado, los magistrados protagonizaron una huelga blanca con la que pedían el aumento de sus remuneraciones y mayor presupuesto. Solo lograron el primer pedido. Sus salas plenas (modalidad con la que dejaban de laborar) significaron el embalse de miles de expedientes.
Los jueces no son los únicos que protestaron. Los trabajadores administrativos judiciales también están descontentos con sus remuneraciones. El miércoles y jueves decidieron parar en señal de protesta.
La falta de acceso a la justicia  y la corrupción son los principales problemas de la justicia en los países latinoamericanos, según Baker. El jurista agrega que con un sistema judicial accesible se puede traer mayor inversión privada. Las empresas quieren tener las reglas claras.
Agrega que otra falencia del sector es la presencia de notarios. El especialista opina que estos significan una traba para los litigantes. "En Estados Unidos no se necesita de estos profesionales", opina.
Los notarios en el Perú se encargan de certificar documentos y dar garantía de transacciones. Este trámite es innecesario según Baker, y significa un gasto económico extra. En Europa tampoco se utiliza este método.
Jhon S. Baker llegó a la ciudad para dar una charla a los jueces de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Previamente conversó con los magistrados en Lima. El evento es organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad San Pablo.
Claves
Jhon S. Baker es profesor visitante en la Escuela de Derecho de Georgetown y profesor invitado en Oriel College de la Universidad de Oxford.
Sus charlas fueron escuchadas en Francia, Argentina, Austria, Brasil, Croacia, Eslovenia, Taiwán, Vietnam y Filipinas. También fue asesor de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (Usaid, por sus siglas en inglés).
Arlen Palomino. Larepublica.pe. 24/01/14
http://www.larepublica.pe/24-01-2014/mediacion-una-opcion-para-reducir-la-corrupcion-judicial?utm_source=dlvr.it&utm_medium=twitter

933. Semana de la Conciliación en el Perú 2011

Lima, Perú. La Semana de la Conciliación en el Perú 2011 es un evento destinado a celebrar el aniversario de la conciliación en el Perú.
Las actividades que se desarrollaran en La Semana de la Conciliación en el Perú 2011, consistirán en las siguientes :
Campaña de diagnóstico de conflictos conciliables de forma gratuita.
Descuentos hasta del 50 % en el precio de todos los procesos de conciliación, que ingresen del 14 al 21 de noviembre de 2011.
Seminarios de difusión de la conciliación gratuitos, dirigido a público usuario y Abogados, de 6 de la tarde a 8 de la noche.
Asimismo se estará realizando un Encuentro de Actualización Interna de Conciliadores, para el día 21 de noviembre, donde estaremos estableciendo criterios uniformes para el ejercicio de la función conciliadora eficaz y competitiva.
¿ Que es semana de la conciliación ?
La "Semana de la Conciliación en el Perú 2011", es una celebración por el décimo cuarto aniversario de la conciliación en el Perú y se estará realizando del 14 al 21 de noviembre en forma simultanea en todos los Centros de Conciliación participantes de este evento.
En la "Semana de la Conciliación en el Perú 2011", los Centros de Conciliación participantes realizaran las siguientes actividades:
Diagnósitco de conflictos conciliables
Campaña de diagnóstico de conflictos conciliables de forma gratuita.
Descuentos en conciliaciones
50 % de descuento en el precio de todos los procesos de conciliación, que ingresen del 14 al 21 de noviembre de 2011.
Seminarios de difusión de la conciliación
Dirigido a público usuario y Abogados, de 6 de la tarde a 8 de la noche.
Del sitio "Semana de la Conciliación Perú 2011"

Revista Conexión Social

Universidad Autónoma de Zacatecas presenta: Panel del Día Internacional de la Paz

Mediación. Temas selectos

Cultura de Paz y Mediación

Negociación

Métodos Alternos de Solución de Conflictos de José Benito Pérez Sauceda

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Métodos Alternos de Solución de Conflictos: Justicia Alternativa y Restaurativa para una Cultura de Paz por José Benito Pérez Sauceda

Mediación Monterrey

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Mediación Monterrey. Por una regia y pacífica solución. Creador/Coordinador: José Benito Pérez Sauceda. Mediación Monterrey desde 2008.

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