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951. ¿Existe un concepto de Paz? …del Manual para la Paz y los Conflictos

Opinión Invitada
¿Existe un concepto de Paz? …del Manual para la Paz y los Conflictos
Laura Aída Pastrana Aguirre
Estamos celebrando el tercer aniversario del Blog de “Mediación Monterrey”, que junto con el de “Cultura de Paz y No Violencia Monterrey” fueron diseñados con la finalidad de sensibilizar en y para la Paz. Celebramos porque cada día existe más interés en conocer sobre el tema, aprehender de él y ponerlo en marcha.
Esta es una nueva oportunidad para compartir con los lectores algunos conceptos de paz, propuestos en el Manual para la Paz y los Conflictos.
Cabe hacer una aclaración importante: no existe una idea aceptada universalmente, y es que hay muchas paces y muchas maneras de ver, sentir, entender y actuar en paz.
Analicemos pues algunas propuestas conceptuales que no necesariamente antagónicas y tomemos la que nos parezca en lo particular, la idónea.
La utilidad de la paz
La Paz se cumple al cubrir el mayor grado de bienestar o satisfacción de necesidades (individuales o colectivas).
La paz debe ser el horizonte de bienestar normativo que nos guíe, debe prevalecer, ser preeminente en nuestras vidas y en nuestras maneras de pensar. Es en parte, según mi punto de vista, una paz derivada del Estado de Derecho; es decir, es una paz normativa, justa.
Es el bien más querido, deseado y buscado ya que representa nuestro bienestar personal, grupal y de especie. La paz nos hace disfrutar de nuestra condición de humanos.
La paz ha de contribuir a la satisfacción de las necesidades humanas en condiciones de equidad (derecho de todos los humanos a la satisfacción) y sostenibilidad (derecho de las generaciones futuras).
La humanidad de la paz
La paz puede ser reconocida a través de los saludos que nos hacemos de una y otra forma cuando nos miramos, hacemos gestos de reconocimiento, nos apretamos las manos, nos abrazamos, nos besamos o nos dirigimos algunas palabras de reconocimiento. Es una paz que deviene de la Otredad; es decir, del reconocimiento de la existencia del Otro y de mi propia existencia.
Quizá la manifestación más primaria y universal de la paz sea el amor (prácticas de mutua y desinteresada ayuda: ternura, cariño, altruismo, hospitalidad)
La culturización de la paz
La paz es el resultado de las experiencias de las comunidades culturales a lo largo de la historia, y su virtualidad depende en buena medida de su capacidad para escuchar con igual interés las aportaciones de cada cultura.
La Paz son todas aquellas realidades en las que se regulan pacíficamente los conflictos, realidades en las que se satisfacen al máximo las necesidades y los objetivos de los actores implicados.
La investigación para la Paz
La Investigación para la Paz se funda en la conciencia planetaria, ya que se debe incluir otro componente: la extensión del sentimiento de pertenencia a una misma especie por encima de la conciencia de pertenencia a una cierta etnia o nación.
Se le ha llamado mito de la identidad basado en la pertenencia a la especie humana que ocupe el lugar de otros mitos que determinan la identidad por la pertenencia a grupos más restringidos.
La Paz es una síntesis polisémica, porque alberga los diversos significados reconocidos por cada cultura.
Es polivalente, ya que puede ser utilizada en distintos ámbitos, escalas y circunstancias personales y sociales
Está dotada de plasticidad ya que se adapta en cada uno de estos ámbitos sin perder su significado central de regulación pacífica de los conflictos
El futuro de la paz
El futuro es el único espacio en donde se podría dar solución a los problemas de la Paz ¿Qué futuro es posible?... La esperanza sin fin
La Paz debe adecuar y actualizar nuestras cosmovisiones a la realidad planetaria presente y venidera. Creer en la capacidad de la especie humana para regular pacíficamente sus conflictos.
El futuro ha de ser deseable, perdurable, justo, pacífico e imperfecto, ha de ser solidario con las generaciones futuras, en el que prime la justicia y la equidad, en el que los conflictos sean regulados por vías pacíficas y en el que los conflictos —signo de nuestra condición imperfecta— nos den la posibilidad de imaginar y crear nuevas situaciones deseables de acuerdo con nuestros valores de paz.
El futuro se convierte en la única propuesta posible de interacción con la realidad, por ello es necesario pensarlo y trabajarlo con las metodologías adecuadas; y sin embargo, ¿nos hemos dado tiempo para pensar en el futuro?...Mejor, hablemos de Paz
Laura Aída Pastrana Aguirre. Licenciada en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México UNAM. Diplomada en Criminalística por la Universidad Anáhuac, México. Especialista en Derecho Penal Económico por la Universidad de Castilla la Mancha, Toledo, España. Maestra en Ciencias Penales por la Universidad Anáhuac, México. Estudios concluidos de Maestría en Estudios para la Paz y el Desarrollo, por la Universidad Autónoma del Estado de México UAEM. Doctora en Administración Pública por la Universidad Anáhuac, México. Catedrática de las materias de Teoría General del Derecho Penal y Sociología Jurídica en la UAEM. Catedrática de la materia Clínica de Introducción a la Mediación en la Escuela Judicial del Poder Judicial del Estado de México. Jefa de Departamento en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. Asesora Jurídica en la Comisión de Gobierno de la Primera Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Subdirectora de Recomendaciones Legales en la Procuraduría General de la República. Asesora Jurídica en Oficina de Enlace de la Cámara de Diputados. Profesora Investigadora en el Centro de Investigación en Ciencias Jurídicas, Justicia Penal y Seguridad Pública de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México. Autora de la columna mensual de opinión: "Mejor...Hablemos de Paz" en "Cultura de Paz y No Violencia Monterrey".
Laura Aída Pastrana Aguirre también escribe en Cultura de Paz y No Violencia Monterrey

892. Modelo socio-restaurativo de Mediación

Opinión Invitada
Modelo socio-restaurativo de Mediación
Laura Aída Pastrana Aguirre
El apetito por cimentar conocimientos que faciliten la comprensión y el uso de la mediación como método para la transformación de conflictos, me ha llevado a la elaboración de un modelo socio-restautrativo que pongo a la crítica de los lectores con un afán constructivo.
Evidentemente los referentes han sido el modelo tradicional o Harvard, el modelo transformativo de Bush y Folger y el circular-narrativo de Sara Cobb.
Las variables que se enuncian son la mediación, la comunicación, el mediador, el conflicto, los métodos y las metas. Muy brevemente anotaré el contenido de cada una.
La mediación es el proceso de aprendizaje humano basado en la tolerancia y el reconocimiento del otro.
En la comunicación se pretende evitar las especulaciones y centrar el objetivo en la comprensión humana del porqué y para qué se dice, se hace, no se dice o no se hace tal o cual cosa.
El mediador es el artesano social que sirve de puente de oro para ayudar a que los conflictuantes descubran sus propias potencialidades.
El conflicto consiste en una situación neutra de hecho que se vislumbra positiva o negativa según los actores y su contexto.
Los métodos consisten en el reconocimiento del potencial humano, así como del actuar propio y los efectos colaterales; el consentimiento informado; la resiliencia y fundamentalmente es necesario asentar que no se pretende buscar verdades absolutas ni culpables, sólo alternativas para el aprendizaje significativo.
Las metas son el derecho al reconocimiento de la capacidad del hombre para resolver sus propios conflictos de la manera más conveniente para todos; la restauración de las relaciones fracturadas por el conflicto; la contemplación de nuestro mundo y el mundo del otro y la construcción de las paces.

806. Contracaras del principio de flexibilidad del proceso Mediatorio

Mediación Monterrey: Opinión Invitada
"Contracaras del principio de flexibilidad del proceso Mediatorio"
Laura Aída Pastrana Aguirre
La flexibilidad es uno de los principios que más controversia causa, y no por su oposición a él sino por su ambigüedad, puesto que podría contener tres variables no definidas con claridad e incluso no estrictamente diferenciadas, salvo con fines didácticos: a) los mediados y/o el mediador es flexible; b) el proceso es flexible y; c) la norma es flexible.
Ansorena explica que en el primer supuesto, en donde la flexibilidad se le atribuye a los mediados o al mediador, la entendemos como la facilidad para cambiar de criterios y orientación de la propia forma de pensar y enjuiciar situaciones, personas y cosas cuando cambian las premisas básicas, las condiciones del entorno o se recibe nueva información. Se relaciona con aspectos de la versatilidad cognitiva y la capacidad para cambiar de valores, creencias, expectativas y formas de interpretar la realidad, cuando la nueva información y los criterios lógicos a que se ha sometido la revisión de las propias posiciones previas, así lo aconsejan. Es una habilidad muy vinculada a la racionalidad del sistema de pensamiento personal y a la capacidad para la revisión crítica y el autoanálisis. La flexibilidad será más costosa al sujeto según se profundice en capas de actitudes y valores más nucleares de su estructura cognitiva. No se debe confundir con los aspectos más conductuales y más cambiantes y situacionales de la habilidad y de la adaptabilidad. Esto es por lo que hace a la flexibilidad de un ser humano y su capacidad de mover su postura frente a circunstancias particulares. Surge en este supuesto la probabilidad de que la flexibilidad le sea atribuible a las partes y/o al mediador.
Igualmente, el Reglamento de Mediación de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, señala que la flexibilidad es para proceder conforme requieran las circunstancias del caso y la posición e idiosincrasia de las partes.
Ahora bien, Azar argumenta que si la flexibilidad está en el proceso, cabe la posibilidad de que las técnicas, herramientas e instrumentos, incluso los propios tiempos a utilizar sean adecuados a cada conflicto y a cada individuo; es decir, no existe forma idéntica de solución de controversias, por tal motivo, tanto el proceso como su resolución pueden ser, en cada caso, únicos. Constantemente se caracteriza a estos medios (los alternativos) como flexibles y poco formales, porque sus aspectos procesales son menos rígidos que los exigidos en un juicio ante tribunales judiciales.
El proceso de mediación debe carecer de toda forma estricta para poder responder a las necesidades particulares de los mediados. Desde este principio, el proceso de mediación evitará sujetarse al cumplimiento de formas y solemnidades rígidas. Aunque la mediación posee una estructura a la que se le atribuyen distintas etapas y reglas mínimas, esto no debe interpretarse como un proceso estructurado sino flexible; toda vez que durante el mismo, el mediador y los mediados pueden obviar pasos y convenir la forma en que se desarrollará más efectivamente la comunicación entre ellos, como lo han asentado en el Proyecto para la Mediación en México. Debe existir amplia libertad para aplicar el proceso a efecto de alcanzar acuerdos eficientes y satisfactorios. El proceso mediatorio es tan flexible, que por eso es único y diferente en cada caso.
Wilde opina en el mismo sentido, considera que el fin buscado por una vía de comunicación, diálogo y consenso es la transformación de un conflicto de manera pacífica en el marco de la flexibilidad de las normas jurídicas; es decir, por un momento se deja del lado la rigidez de las disposiciones legales, únicamente en lo que al proceso se refiere.
Por último, si pensáramos que la norma es flexible, el argumento de mínima legalidad sería el que no se afectara a la moral o a los derechos de terceros, ni se contravinieran disposiciones de orden público.
Siendo así, ni la flexibilidad de los actores, ni la flexibilidad del proceso, ni la flexibilidad de la norma, podrían estudiarse si se trataran de comprender aisladamente; pero todavía no existen consensos para definir con precisión en qué consiste el principio de flexibilidad.
Laura Aída Pastrana Aguirre. Licenciada en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México UNAM. Diplomada en Criminalística por la Universidad Anáhuac, México. Especialista en Derecho Penal Económico por la Universidad de Castilla la Mancha, Toledo, España. Maestra en Ciencias Penales por la Universidad Anáhuac, México. Estudios concluidos de Maestría en Estudios para la Paz y el Desarrollo, por la Universidad Autónoma del Estado de México UAEM. Doctora en Administración Pública por la Universidad Anáhuac, México. Catedrática de las materias de Teoría General del Derecho Penal y Sociología Jurídica en la UAEM. Catedrática de la materia Clínica de Introducción a la Mediación en la Escuela Judicial del Poder Judicial del Estado de México. Jefa de Departamento en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. Asesora Jurídica en la Comisión de Gobierno de la Primera Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Subdirectora de Recomendaciones Legales en la Procuraduría General de la República. Asesora Jurídica en Oficina de Enlace de la Cámara de Diputados. Profesora Investigadora en el Centro de Investigación en Ciencias Jurídicas, Justicia Penal y Seguridad Pública de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México. Autora de la columna mensual de opinión: "Mejor...Hablemos de Paz" en "Cultura de Paz y No Violencia Monterrey".
http://culturadepazynoviolenciamonterrey.blogspot.com/
mejorhablemosdepaz@yahoo.com.mx

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Mediación. Temas selectos

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Métodos Alternos de Solución de Conflictos: Justicia Alternativa y Restaurativa para una Cultura de Paz por José Benito Pérez Sauceda

Mediación Monterrey

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Mediación Monterrey. Por una regia y pacífica solución. Creador/Coordinador: José Benito Pérez Sauceda. Mediación Monterrey desde 2008.

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