Las
prostitutas entrenadas para resolver conflictos en Nicaragua
La Corte
Suprema de Justicia de Nicaragua acreditó a 18 trabajadoras sexuales como
facilitadoras judiciales, lo que significa que podrán ejercer de mediadoras en
conflictos menores y acompañar procesos legales.
La prostitución
es legal en Nicaragua y, según María Elena Dávila, en el país hay más de 14.000
trabajadoras sexuales de muy diferentes orígenes, edades, apariencias e
historias personales, pero agrupables todas en tres categorías generales.
"Están
las que no se identifican a sí mismas como trabajadoras sexuales y están las
que sí lo hacen pero no pueden dar la cara en público, porque sus familiares y
amigos no saben en qué trabajan", le dice esta profesional del
sexo de 51 años.
"Y
luego estamos nosotras, que sí damos la cara", agrega Dávila, presidenta
de la Asociación de Mujeres Trabajadoras Sexuales Girasoles, una organización
fundada en noviembre de 2007 que ya cuenta con más de 2.300 integrantes.
Entre las
mujeres de Girasoles, sin embargo, desde hace algunos meses también hay 18 que
pertenecen a una categoría particular que muestra lo mucho que las prostitutas
nicaragüenses han logrado avanzar en sus reivindicaciones gremiales.
Mujeres
como la misma Dávila, Merling Ríos o Imogen Omier, acreditadas por la Corte
Suprema de Justicia de Nicaragua (CSJ) para actuar como facilitadoras
judiciales.
"Desde
hace mucho tiempo las trabajadoras sexuales éramos víctimas de muchas
violaciones de nuestros derechos, sobre todo de parte de la Fuerza
Pública", dice Omier desde Managua.
"O sea
que esta es una oportunidad buenísima, que llegó en el momento justo",
agrega la mujer, de 49 años.
"Primero
del mundo"
Los
facilitadores judiciales son descritos por la Corte Suprema como auxiliares de
la Administración de Justicia que además pueden actuar como mediadores en los
casos donde la ley admite la mediación como mecanismo para dirimir conflictos.
"No
juzgan los casos, no son defensores ni fiscales, sino son un puente de
comunicación entre operadores de justicia y su comunidad/barrio", se
explica en el portal de la CSJ. "Se trata de un servicio voluntario basado
en el liderazgo y el espíritu comunitario para un mejor proceso de acercamiento
hacia la justicia".
Y, con su
inclusión en el programa –que opera desde 1998– las trabajadoras sexuales
organizadas de Nicaragua esperan poder garantizar una mayor dosis de justicia
para una población muchas veces olvidada, a menudo discriminada, todavía
estigmatizada.
"Si se
trata de casos leves, podemos mediar (entre las partes en conflicto)", le
explica Dávila, quien asegura que Nicaragua "es el primer país
de Latinoamérica y del mundo" en acreditar a trabajadoras sexuales como
facilitadoras judiciales.
"Y si
no, entonces les damos acompañamiento a las compañeras para garantizar que se
haga justicia", agrega la presidenta de Girasoles, quien estima que hasta
la fecha las trabajadoras sexuales capacitadas por la CSJ ya han intervenido
"en unos 15, 20 casos".
Por lo que
cuentan las propias trabajadoras sexuales, las agresiones entre compañeras de
oficio parecen ser particularmente frecuentes y Merling Ríos ya ha ejercido
como mediadora en un par de esos casos.
Pero
también la buscaron para atender un caso de violencia doméstica, que ella
utiliza para destacar que la mediación no es siempre una alternativa deseable.
"Yo he
estado analizando y hay un tema ahí cuando hay casos de violencia
intrafamiliar, porque muchos feminicidios se han dado luego de la
mediación", explica Ríos.
"Así
que en ese tipo de casos yo le aconsejaría a mi compañera que piense bien lo
que tiene que hacer y que no necesariamente utilice la mediación", recordando así un debate que viene dándose en Nicaragua desde hace
casi un año.
Mediación y
violencia
Ahora la
batalla de las trabajadoras sexuales de Nicaragua es por lograr la regulación
de su trabajo.
Efectivamente,
según el artículo 57 del Código Penal, la mediación procede en el caso de
faltas, delitos imprudentes o culposos, delitos patrimoniales cometidos entre
particulares sin mediar violencia o intimidación, y los delitos sancionados con
penas menos graves.
Y el
polémico reglamento de la Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres,
publicado en julio del año pasado, declara susceptible de mediación la
violencia doméstica, intrafamiliar y física cuando sólo provoca lesiones leves,
así como delitos como el acoso sexual, la violencia patrimonial, la sustracción
de menores y hasta las intimidaciones o amenazas, que son castigados con menos
de cinco años de cárcel.
"Para
nosotros, en los casos de violencia contra la mujer la mediación significa
muerte", advierte Reyna Rodríguez, enlace nacional de la Red de Mujeres
contra la Violencia.
"Por
eso nosotras ya presentamos un recurso de inconstitucionalidad contra el
decreto (que reglamenta la Ley 779)".
Dávila, sin
embargo, cree que eso no significa que las facilitadoras judiciales no tengan
un rol que jugar en los casos de violencia y como ejemplo ofrece el caso de
"Rosita", una colega de 23 años que fue apuñalada por un cliente en
una casa de citas de la ciudad de Masaya.
"El
cliente está preso y las facilitadoras le están dando seguimiento al trámite,
para garantizar que la policía y medicina forense hagan su trabajo",
cuenta la líder de las trabajadoras sexuales de Nicaragua.
"Estamos
como vigilando que todo se haga como Dios manda".
Televisión
Nacional de Chile. 24horas.cl. Santiago, Chile, 10/06/15