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Describe Francisco J. Gorjón Gómez ventajas de la Mediación


Mediación Monterrey
Justicia Restaurativa
Reparación del Daño
Perdón del Ofendido

Monterrey, Nuevo León. Frente a los miembros del Colegio de Abogados Regiomontanos A.C., Francisco Javier Gorjón Gómez subrayó las grandes ventajas de esta modernidad que ha llegado para quedarse.
Consciente del desarrollo que ha tenido en la entidad en los últimos tiempos la aplicación de la Justicia Alternativa, el catedrático de la UANL en Derecho y Master en el tema, Francisco Javier Gorjón Gómez ofreció una cátedra sobre el tema a socios del CARAC.
Frente a los miembros del Colegio de Abogados Regiomontanos A.C., el maestro subrayó las grandes ventajas de esta modernidad que ha llegado para quedarse.
Y bajo esta mística el jurista subrayó cada uno de los grandes avances que han logrado tener en el tema, más aún con las medicación, en esta nueva cultura jurídica de acercar a las partes para llegar según sea el caso a un arreglo en la reparación del daño.
El Director de Estudios de Postgrado, de la Universidad Autónoma de Nuevo León ofreció la platica "Justicia Restaurativa", en la cual detallara los cambios que se busca en la jutsicia con este tipo de medidas.
“Básicamente hemos de hablar de lo que es el tema de la mediación y lo que es el perdón vía la mediación, lo que es la reparación del daño, lo cual es parte de la Ley Comentada que se hizo para Porrúa que es con el ánimo de empezar a genera runa socialización y una culturalización, como lo es en los temas de la medicación y el arbitraje en este tema”.
“Cada día hay más interés de parte de los abogados y obviamente al ver que se están dando buenos resultados, además hay que recordarlo que se están manejando como una etapa previa dentro de los procedimientos orales y realmente hemos tenido muy buenos resultados”.
“Esto ayuda en mucho a la inmediatez y la mediación que debe tener la justicia, porque estos son principios claros de la justicia y esto te permite que las partes lleguen a un acuerdo, y obviamente resuelvan de acuerdo a sus propios intereses, y no esperan a que un tercero determine si se es bueno o no”.
Esto es un cambio importante en la aplicación de las justicia porque mejora en todos los aspectos desde la relación abogado-cliente y la seguridad de ambos, hasta en la impartición de la justicia.
“Esto ayuda en mucho a sacar avante el caso en el tema familiar, en el tema civil, en casi todas las materias, en la materia penal ni se diga, en la materia laboral se viene dando desde hace muchos años”.Reparación del daño.“En el tema de la reparación del daño es solo en el ámbito en donde así lo acepta la víctima aunque solamente es determinado ámbito de delitos, que es el caso en penas de prisión, donde pueden llegar a aun acuerdo en donde si la víctima perdona al ofensor se puede dar pero esto a través de la mediación, llegando a un acuerdo, a un arreglo”.Por lo cual el jurista expresó que este tipo de medida jurídicas ha llegado para quedarse, y hacer de uso de todos los juristas que deben de sumarse a la nueva cultura de la legalidad.
“Definitivamente la mediación ha llegado para quedarse, es un proceso que definitivamente va a quedar y que obviamente va creciendo y va abarcando otras áreas, la cual ya forma parte de los programas de estudios de muchas universidades del país, y definitivamente que así en las facultades de aquí del estado, donde casi todas tienen ya seminarios o maestrías sobre el tema sobre los métodos alternos”.Hay que recordar que la justicia restaurativa o justicia reparadora es una teoría, a la vez que un movimiento social de carácter internacional de reforma a la justicia penal, que plantea que el crimen o delito es fundamentalmente un daño en contra de una persona concreta y de las relaciones interpersonales, a diferencia de la justicia penal convencional de carácter retributiva, que plantea que el delito es una lesión de una norma jurídica, en donde la víctima principal es el Estado.
En la justicia restaurativa la víctima concreta juega un papel fundamental y puede beneficiarse de una forma de restitución o reparación a cargo del resposable o autor del delito (también se habla del "ofensor" como concepto alternativo al de "delincuente" pues la justicia restaurativa evita estigmatizar a la persona que ha cometido un delito).
Y la justicia restaurativa toma diferentes formas, existiendo una variedad de programas y prácticas, pero todos estos sistemas y prácticas comparten principios comunes.
Según este enfoque, las víctimas de un crimen deben tener la oportunidad de expresar libremente, y en un ambiente seguro y de respeto, el impacto que el delito ha tenido en sus vidas, recibir respuestas a las preguntas fundamentales que surgen de la experiencia de victimización, y participar en la decisión acerca de cómo el ofensor deberá reparar el mal causado.
Nota e imagen publicadas el 27 de Mayo de 2010 en el sitio "El Porvenir.com.mx"
http://www.elporvenir.com.mx/notas.asp?nota_id=399040

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