España será
miembro no permanente del Consejo de Seguridad durante los años 2015 y 2016.
De acuerdo con la votación realizada en la Asamblea
General de las Naciones Unidas el 16 de octubre de este año 2014, España será
miembro no permanente del Consejo de Seguridad durante los años 2015 y 2016.
Como “activo promotor de la diplomacia preventiva, poniendo el énfasis en las
causas profundas de los conflictos”, fiel a nuestra historia de país de
encuentro entre el Norte y el Sur, puente entre Oriente y Occidente, plural y
abierto, sin duda su apuesta por la
convivencia, la prevención de conflictos, el diálogo y el entendimiento, como
miembro del “Grupo de Amigos de la Mediación”, iniciativa para la mediación en
el Mediterráneo; y como promotora de la Alianza de Civilizaciones, iniciativa
al servicio de la diplomacia preventiva,
no ha sido indiferente para conseguir esta nominación.
Desde el Tratado de Westfalia (1648), la Mediación
forma parte de la diplomacia, como medio de arreglo de controversias. A
diferencia de otros medios jurisdiccionales, y al igual que en otros ámbitos de
mediación, quienes recurren a ella conservan su libertad de acción y de
decisión en cuanto a la solución final del conflicto. Además, de alcanzar una
solución, total o parcial, se convierte en un acuerdo internacional obligatorio
sin que tenga que basarse en el Derecho Internacional estricto, ya que puede
tomar en consideración otros aspectos de oportunidad política, acorde con el
espíritu de flexibilidad que informa a todo procedimiento de Mediación.
A diferencia de los protocolos seguidos en otros
ámbitos de mediación, los mediadores internacionales no se limitan a recomponer
los cauces de comunicación entre los actores intervinientes desarrollando una
conducta activa tendente a lograr el acercamiento entre las partes. También
participan, realizando propuestas y negociando.
Es una línea de actuación más próxima a la
modalidad de evaluative mediation que a la facilitative mediation, como la que
inspira, por ejemplo, la normativa española de mediación en asuntos civiles y
mercantiles (en el ámbito anglosajón se habla de evaluative mediation, para
distinguirla de la facilitative mediation, en la que el mediador conduce el
proceso y ayuda a las partes a gestionar el conflicto, pero sin pronunciarse
sobre el mismo ni ofrecer propuestas de solución).
También, y a diferencia de los escenarios en que se
desenvuelven otros ámbitos de mediación, se caracteriza por ser multiparte,
multidisciplinar y suele realizarse en varios
niveles -“multitrack”- permitiendo diferentes abordajes y enfoques del
conflicto. La Carta de las Naciones Unidas la recoge como medio para el arreglo
pacífico de controversias en los artículos 2.3 y 33.1, dentro del Capítulo VI,
en vigor desde 1945.
Desde que en 2006 se creó la Unidad de Apoyo a la
Mediación, con el impulso político y financiero de España, y la Resolución de
la Asamblea General 65/283, de 22 de junio de 2011, sobre el “Fortalecimiento
de la función de la mediación en el arreglo pacífico de conflictos y su
solución”, múltiples han sido las iniciativas amparadas en esta herramienta de
pacificación que han obtenido brillantes resultados. Una apuesta de la
comunidad internacional por impulsar esta modalidad ADR que se concretó en
septiembre de 2010 con la creación del Grupo de Amigos de la Mediación, grupo
al que España pertenece desde su nacimiento, focalizando con un enfoque
regional sus actuaciones, particularmente en la Iniciativa para la Mediación en
el Mediterráneo que desarrolla junto con Marruecos.
Una política muy activa desarrollada por el
Ministerio de Asuntos Exteriores de España, que sin duda a muchos mediadores
profesionales, en otros ámbitos de la Mediación domestica, les agradaría
descubrir también en la agenda de los titulares de otras carteras
ministeriales. Y es que como decía el gramático Gabriel Meurier, “Más hace
quien quiere que quien puede”.
Andrés Vázquez: Mediador civil, familiar e
intercultural
Andrés Vázquez. Diariojuridico.com. España, 20/11/2014
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