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Mediación y Jueces de Paz


-Mundo Mediación-

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) propone sacar de los juzgados en torno a un millón de asuntos penales para aliviar los endémicos atascos. Esta iniciativa, que requiere modificaciones legales, pasa por potenciar la mediación y elevar la competencia de los jueces de paz, que asumirían el enjuiciamiento de las infracciones leves (insultos, pequeñas agresiones, daños...). De esa forma, se descargaría a los juzgados de instrucción de un 11% de los asuntos que les llegan. Los juzgados y tribunales españoles registraron en 2008 casi nueve millones de asuntos, explicó ayer el vicepresidente del Poder Judicial, Fernando de Rosa, durante la presentación de la hoja de ruta con la que el Consejo pretende acometer una profunda reestructuración y modernización de la justicia. El objetivo, aliviar los retrasos. "Porque el actual modelo", subrayó la portavoz del Consejo, Gabriela Bravo, "es caótico, está agotado y es obsoleto".
La medida de descargar a los juzgados de instrucción de las faltas no es baladí. Cada uno de los 50 que hay en Madrid (que investigan los delitos) celebran cada semana en torno a 15 juicios de faltas, con sus respectivas sentencias. Son asuntos de escasa envergadura, pero que generan una gran tensión entre los implicados. Los jueces de paz son abogados que eligen las salas de gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia a propuesta de los ayuntamientos. "Se trata de que sólo quede en la administración de justicia aquello que sea necesario que lo resuelva un juez", añadió De Rosa.
Pero esta medida no sólo afectaría a las faltas, también cabría extenderla a asuntos civiles (conflictos no penales entre ciudadanos) de escasa envergadura, que se sacarían de los juzgados potenciando los mecanismos de arbitraje y mediación. El vocal Manuel Almenar expuso ayer varios ejemplos del coste y esfuerzo público que supone activar la maquinaria judicial para asuntos nimios. Por ejemplo, judicializar una disputa entre un automovilista y el dueño de un autolavado por la rotura de un espejo retrovisor que cuesta 100 euros, supone al erario público, si media recurso, hasta 4.500 euros.
Ésta sólo es una de medidas con que el Consejo pretende renovar la justicia española y asumir el liderazgo de las reivindicaciones que el 18 de febrero derivaron en la primera huelga de jueces de España. La hoja de ruta se compone de ocho medidas que requieren la reforma de 13 leyes procesales. La intención es efectuar una nueva planta judicial; es decir, analizar la carga real de trabajo de los juzgados y aglutinar el mayor número de recursos humanos y materiales allí donde sean necesarios.
Otro eje de esa hoja de ruta es la nueva Oficina Judicial, que deja al juez para que juzgue y ejecute sentencias y delega en el secretario, como jefe de la oficina judicial, el impulso procesal. La propuesta también incluye la aplicación de las nuevas tecnologías (con la mirada puesta en la sustitución del papel por la informática), la Carta de Derechos de los usuarios, promover la mejora de la actividad de los órganos judiciales, modernizar el Estatuto de los Jueces y adecuar el marco de participación de las Comunidades Autónomas.
¿Hay dinero para modernizar la justicia? Los vocales asistentes -además de los citados estuvieron presentes Antonio Dorado, Miguel Collado y Carles Cruz Moratones- coinciden en que el Consejo no tiene capacidad presupuestaria, si bien se mostraron "esperanzados" con las promesas del nuevo ministro de Justicia, Francisco Caamaño, quien ha comprometido una inversión de 600 millones y la creación de 900 plazas nuevas de jueces en cuatro años. También confían en los compromisos presupuestarios de las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las competencias en materia de justicia.

Publicado originalmente el 2 de Abril de 2009 en el sitio "El País.com"

Jueces de Paz


-Resolución Pacífica de Conflictos-

El Proyecto de Código Orgánico de la Función Judicial aprobado por la Comisión de Legislación y Fiscalización, que se encuentra actualmente en la Función Ejecutiva para su aprobación o veto parcial o total, define, en una de sus secciones, el novedoso concepto de solución de cierto tipo de conflictos por parte de los denominados jueces de paz.

La justicia de paz puede resolver conflictos individuales, comunitarios, vecinales o contravenciones que le sean sometidos a su conocimiento, que se encuentren dentro de una cuantía que vaya hasta los cinco salarios básicos unificados del trabajador. Se trata de fomentar la buena voluntad de las partes para la solución del conflicto, partiendo del diálogo y los acuerdos amistosos. No estamos frente a la imposición por parte del juez de paz, quien está obligado a proponer a las partes distintas posibilidades de solución amigable y si éstas no aceptan sus propuestas, éste dictará su resolución guiado por el principio de equidad y la búsqueda de la justicia o acción de dar a cada quien lo que le corresponde. En los juzgados de paz no se requiere el patrocinio de abogado.

Quienes sean designados jueces de paz, cumplirán con su función como un voluntariado de servicio a la comunidad, sin cobrar emolumentos. El Proyecto de Código preve el establecimiento de incentivos no económicos para los jueces de paz, como capacitación, becas, reconocimiento público y otros.

Existirán jueces de paz en las parroquias rurales, barrios y comunidades urbano-marginales que lo soliciten, siendo el Consejo de la Judicatura el que determinará la circunscripción territorial en la cual ejercerán sus funciones. Para ser juez de paz no es necesario ser profesional en derecho. Los jueces de paz no podrán, en ningún caso, disponer la privación de la libertad, así como tampoco podrán conocer casos de violencia contra mujeres, niños, niñas o adolescentes. La justicia de paz no prevalecerá sobre la justicia indígena.

El Proyecto de Código Orgánico de la Función Judicial ha generado un gran debate. Existen criterios que cuestionan o aprueban lo elaborado. Respetando los puntos de vista de seguidores y detractores de la nueva ley, es necesario precisar que nos encontramos frente a un cambio profundo en la administración de justicia, que tiene en la nueva normativa solamente a uno de sus elementos, pues se requerirá de un gran esfuerzo institucional y social para que lo planteado en la norma sea llevado adecuadamente a la práctica.

Nota de Juan Morales publicada originalmente en “El tiempo.com.ec” el 10 de Febrero de 2009.

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Métodos Alternos de Solución de Conflictos de José Benito Pérez Sauceda

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Métodos Alternos de Solución de Conflictos: Justicia Alternativa y Restaurativa para una Cultura de Paz por José Benito Pérez Sauceda

Mediación Monterrey

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Mediación Monterrey. Por una regia y pacífica solución. Creador/Coordinador: José Benito Pérez Sauceda. Mediación Monterrey desde 2008.

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