Cuando
empezamos el viaje por este apasionante mundo que es la mediación, nos
encontramos alrededor muchos otros viajes cuyo destino parece enturbiar nuestro
camino cuando intentamos defender y apostillar que las personas con su actitud
deben apostar por la mediación. Asi aparecen conceptos tales como el COACHING,
LA PROGRAMACION NEUROLINGUISTICA, LA
RESILIENCIA, LA INTELIGENCIA EMOCIONAL o incluso más reciente el DERECHO
COLABORATIVO. ¿Esto supone antagonismo o más bien distintas herramientas que
podemos tener a nuestro alcance por un mismo fin?. En este breve artículo me
gustaría tan solo mencionarlas para llegar a una conclusión que de una vez
aumente nuestra red de conocimientos.
Debemos los
profesionales ser conscientes de nuestra aptitud y nuestra actitud, la primera
nos faculta, la segunda, nos envuelve. Conciencia, Responsabilidad y Acción son
conceptos que se unen cuando queremos intervenir como profesionales, pero… ¿de
qué forma intervenir cuando alguien nos necesita?.
• Si hablamos de COACHING, Supone
acompañar, instruir y entrenar a una persona o grupo con el objetivo de
conseguir alguna meta o desarrollar habilidades específicas, que le ayuden a
continuar
• LA PROGRAMACION NEUROLINGUISTICA (PNL)
Podemos decir que es una estrategia de comunicación , desarrollo personal y
psicoterapia, dado que existe una conexión entre los procesos neuro lógicos (
neuro), el lenguaje (lingüística) y los
comportamientos aprendidos por la experiencia (programación)
• Cuando nos referimos a LA RESILIENCIA,
la definimos como la capacidad para sobreponerse a periodos de dolor emocional
y situaciones adversas. Podemos sobreponernos a contratiempos e incluso salir
fortalecidos, pero necesitamos de un proceso dinámico que suponga la adaptación
positiva en contextos de gran adversidad
• Si nos referimos a un término que es
muy utilizado actualmente LA INTELIGENCIA EMOCIONAL, queremos mencionar la
capacidad de motivarnos a nosotros mismos, de perseverar en el empeño a pesar
de las posibles frustraciones , de regular nuestros propios estados de ánimo y
evitar que interfiera en nuestra capacidad
• Y por último aparece el llamado
DERECHO COLABORATIVO, que consiste en un método de resolución de conflictos que
prescinde de la tradicional litigación. Los abogados asumen el compromiso de no
acudir a los tribunales y si alcanzar un acuerdo. Si este no llega, renuncia a
defenderlos en juicio.
Cinco
términos, cinco realidades, cinco herramientas que pueden ser complementarias y
alternativas para un mismo fín, AYUDAR A LOS DEMAS, ¿o no es esta la idea que
te hizo acercarte a la mediación?.
Javier Alés
Sioli. Profesor Titular de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla; Director
del Máster y Especialista en Mediación de la UPO; Presidente de la Asociación
Andaluza de Mediación AMEFA. Co- Autor de “La magia de la mediación” Edit.
Aconcagua, Sevilla año 2010; Delegado del World Mediation Forum en Sevilla;
Director de la Revista Universitaria científica “MEDIATIO” sobre Mediación y
Resolución de Conflictos.