Acceder a
la conciliación es sencillo, sin necesidad de abogados
Comienza el
nuevo sistema de conciliación obligatoria para los reclamos de usuarios y
consumidores. Se trata de una fase prejudicial, la primera etapa del esquema de
defensa del consumidor aprobado por ley el año pasado.
Acceder a
la conciliación es sencillo, sin necesidad de tener gestores o abogados, y los
tiempos de la resolución del conflicto se acortan. Las empresas tienen la
obligación de asistir, a diferencia de la forma opcional que prevaleció hasta
ahora. En un máximo de 60 días el proceso de conciliación deberá estar
terminado.
Solo
reclamos vinculados con las relaciones de consumo
Los sujetos
obligados son los consumidores y las empresas. Los más usuales son las quejas
por un artefacto comprado que no funciona correctamente, engaños en las
publicidades de los productos o problemas de facturación. El sistema de
conciliación no puede canalizar problemas con las empresas de transporte aéreo,
porque tienen su propio régimen, con profesionales ni con entes estatales.
También incluye, por ejemplo, el reclamo por la mala atención de un operador
telefónico o por problemas suscitados dentro de cualquier establecimiento
comercial.
El sistema
es retroactivo
No sólo
opera para los problemas de consumo que aparezcan a partir de hoy. Se pueden
presentar reclamos que tengan hasta tres años de antigüedad, que es el plazo en
el que prescriben estos temas.
No es
indispensable la presentación de pruebas que avalen la existencia de una
relación de consumo
Incluso
también podría ser aceptado si ni siquiera hubo una compra. Eso sí, cuanta más
documentación tenga a su favor el consumidor, más chances tendrá de comprobar
el daño.
Pasos para
presentar un reclamo
Los
reclamos por un monto menor al de 55 salarios mínimos se cursarán a través de
la etapa de conciliación. La principal forma de presentación de reclamo es a
través de la página de Internet (www.consumo protegido.gob.ar). Allí se debe
crear un usuario y llenar un formulario con datos personales. Luego se ingresa
el tipo de inconveniente, se elige el barrio para asistir a la audiencia de
conciliación y una propuesta de fecha y horario en función de la disponibilidad.
Ese primer turno se otorgará al menos para dentro de quince días, admiten en el
Gobierno. Las personas que no tengan dominio de la web deberán acercarse a las
diecinueve mesas de ayuda en los Centros de Acceso a la Justicia de la ciudad
de Buenos Aires.
Diferencia
entre conciliador y mediador
La figura
del conciliador difiere de la del mediador, que dominaba el escenario de los
reclamos. Los conciliadores son abogados que aprobaron un curso dictado por la
Secretaría de Comercio para que cumplan un papel de interlocutor en la búsqueda
del arreglo, entendiendo de entrada la disparidad de posibilidades entre el
usuario y la empresa. El rol del conciliador no es ser parcial sino guiar a la
parte más débil (el consumidor) para que la brecha con la empresa sea lo menor
posible. El lugar de la conciliación será en el estudio del abogado que salga
sorteado como conciliador, así que si el consumidor elige como lugar de
conciliación el barrio de Tribunales, podrá resolver su problema con mayor
rapidez. No es necesario para el usuario asistir a la conciliación con un
abogado o gestor y todo el trámite es gratuito.
¿Cómo sigue
el reclamo del usuario si la empresa no asiste o si no hay acuerdo en la
conciliación?
Tanto si la
empresa no asiste a la conciliación como si ese proceso concluye sin acuerdo de
partes, el consumidor debería continuar el reclamo frente a los auditores de la
Secretaría de Comercio (si no supera los 15 salarios mínimos) o en la Justicia
de las relaciones de consumo. El problema es que todavía no comenzó el concurso
para la designación de auditores ni se definieron los juzgados específicos para
el "fuero del consumidor". En resumen, si no hay arreglo en la
conciliación, la situación por ahora será la misma que la actual, o sea que el
reclamo se tramita en la Justicia ordinaria.
¿En dónde
rige el nuevo sistema?
Como el
sistema de defensa del consumidor está descentralizado, el ámbito de aplicación
de la nueva legislación es la ciudad de Buenos Aires. En la actualidad cada
provincia tiene su propio régimen, muchas de ellas con instancias
conciliatorias, aunque no necesariamente con la obligación de asistir para las
empresas y con los tiempos cortos que maneja la ley nacional. Para que el nuevo
esquema que lleva adelante el Gobierno se extienda al resto del país, las
provincias deben reformular sus propios procedimientos, algo que todavía no
hicieron.
ArgNoticias.com, Argenitna, 16/03/15