La Cámara
ofrece a los empresarios una respuesta integral en la resolución ágil y eficaz
de conflictos
El Centro de Mediación Empresarial de Madrid
de la Cámara de Comercio de Madrid ha arrancado este martes para ofrecer a los
empresarios una respuesta integral en la resolución ágil y eficaz de
conflictos, ha informado la entidad cameral en un comunicado.
"En paralelo a la Corte de Arbitraje,
arranca hoy el Centro de Mediación Empresarial de Madrid, un proyecto con el
que la Cámara da una respuesta integral en materia de sistemas de resolución
alternativa de conflictos al entorno empresarial", ha destacado el
presidente de la Cámara de Comercio de Madrid, Arturo Fernández, durante la
presentación hoy de este nuevo servicio de la entidad cameral.
A diferencia de los procedimientos
judiciales y arbitrales, donde la resolución del conflicto se toma por el juez
o árbitro de manera obligatoria, la mediación es un procedimiento que potencia
la negociación entre las partes y facilita llegar a un acuerdo satisfactorio de
forma rápida, flexible y económica.
El presidente del Centro de Mediación
Empresarial y de la Corte de Arbitraje de Madrid, Antonio Sánchez-Pedreño, ha
precisado que este nuevo servicio de la Cámara quiere "facilitar la tarea
de resolver discrepancias entre empresario sin necesidad de acudir a la vía
judicial o arbitral.
"Para ello contamos con los recursos
más adecuados para administrar las peticiones de mediación que desde el ámbito
empresarial se nos encomiende", ha dicho.
El mediador debe actuar bajo los principios
de imparcialidad, neutralidad y confidencialidad, facilitando la comunicación
entre las partes y velando para que dispongan de la información y el
asesoramiento suficiente. Además, debe mantener una conducta activa tendente a
lograr el acercamiento entre las partes.
Los
incumplimientos contractuales, impagos de clientes o proveedores, controversias
societarias y empresa familiar, arrendamientos urbanos, asuntos de propiedad
industrial o conflictos sobre construcción son algunos de los conflictos
mercantiles más habituales que pueden ser objeto de mediación.
A pesar de las ventajas que para el ámbito
mercantil y empresarial representa la mediación, lo cierto es que el pasado año
únicamente ha sido utilizada en un 1% de los litigios civiles y mercantiles
surgidos en Europa.
Y en concr
eto en España "partimos de una cultura donde el arraigo del
principio de contradicción de partes está muy enraizado", ha apuntado el
presidente de la Cámara.
Con la
puesta en marcha del Centro Empresarial de Madrid, la Cámara "quiere estar
a la vanguardia del necesario cambio cultural en el ámbito de la solución
alternativa de conflictos, fomentando y facilitando el uso de sistemas
alternativos a la vía judicial en el entorno empresarial", ha explicado
Arturo Fernández.
También participaron en el acto de
presentación la viceconsejera de Innovación, Industria, Comercio y Consumo de
la Comunidad de Madrid, Rocío Albert; y el patrono de la Fundación Rafael del
Pino, Amadeo Petitbó.
La Ley de Mediación (Ley 5/2012, de 6 de
julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles) modificó expresamente la
Ley Básica de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, lo que
permite a las Cámaras configurarse como instituciones de mediación.
Esta actividad debe desarrollarse separada
de la de arbitraje, en la que la Cámara de Comercio de Madrid es un referente a
través de la Corte de Arbitraje de Madrid.
Arturo Fernández. Europapress.es. Madrid, España. 10/02/15
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