Expiden ley
para controversias penales
La ley
prevé mecanismos como la mediación, la conciliación y la justicia restaurativa
El
Ejecutivo federal expidió la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de
Solución de Controversias en Materia Penal, una norma fundamental para aterrizar
el nuevo sistema de justicia penal en el País.
La llamada
justicia alternativa tiene la finalidad de propiciar, a través del diálogo, la
solución de controversias que surjan con motivo de una denuncia o querella,
mediante procedimientos basados en la oralidad, la economía procesal y la
confidencialidad.
Los
mecanismos previstos en esta ley son la mediación, la conciliación y la
justicia restaurativa, que en términos generales buscan construir opciones de
solución y alcanzar un acuerdo entre las partes, con el apoyo de un
facilitador.
"Las
disposiciones de esta ley son de orden público e interés social y de
observancia general en todo el territorio nacional. Esta ley será aplicable
para los hechos delictivos que sean competencia de los órdenes federal y local
en el marco de los principios y derechos previstos en la Constitución",
establece.
El Gobierno
federal y las entidades federativas, en su ámbito de competencia, deberán
proveer los recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros que
requiera la implementación del decreto, conforme a sus presupuestos
autorizados.
La Ley
Nacional de Mecanismos Alternativos cobrará vigencia en los mismos términos y
plazos en que entrará en vigor el Código Nacional de Procedimientos Penales, es
decir, de manera gradual tanto para delitos federales como del fuero común.
El plazo,
sin embargo, no podrá exceder del 18 de junio de 2016, fecha límite para la
entrada en operación del sistema acusatorio-oral que prevé la reforma
constitucional penal de 2008.
Mural.com.
México, D.F., 29/12/14
Privilegiarán
diálogo para solución de controversias penales
Con el fin
propiciar, mediante el diálogo, la solución de controversias que surjan por
denuncias o querellas, la Secretaría de Gobernación expidió la Ley Nacional de
Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal.
Las
disposiciones, de orden público e interés social y de observancia general en
todo el país, establecen los principios, bases, requisitos y condiciones de los
mecanismos alternativos que conduzcan a las soluciones alternas previstas en la
legislación penal aplicable.
Los mecanismos alternativos para solucionar las
controversias se basarán en la oralidad, la economía procesal y la
confidencialidad, se establece en el decreto publicado por la Segob este lunes
en el Diario Oficial de la Federación.
Los mecanismos podrán ser aplicados
desde el inicio del procedimiento penal y hasta antes de que se dicte el auto
de apertura a juicio o de que se formulen las conclusiones, y sus principios
rectores son la voluntariedad, información, confidencialidad, flexibilidad y
simplicidad, imparcialidad, equidad y honestidad.
Las partes podrán recibir
orientación jurídica y cuando ambas tengan un abogado, podrán presenciar las
sesiones, pero no podrán intervenir en ellas; si son personas indígenas o no
entienden el idioma español, deberán ser asistidos durante las sesiones por un
intérprete.
Si los involucrados no lograron un acuerdo mediante el mecanismo,
el facilitador –cuya función es posibilitar la participación de los
intervinientes en los citados mecanismos- podrá sugerirles recurrir a uno
diverso.
Los acuerdos reparatorios, se indica, son los que celebren la víctima
u ofendido y el inculpado que, una vez aprobados por el Ministerio Público o el
juez y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la conclusión del
procedimiento penal.
La competencia de las instituciones especializadas en
mecanismos alternativos, dependientes de las Procuradurías o Fiscalías y de los
Poderes Judiciales federal o locales, se determinará según lo dispuesto por la
legislación procedimental penal y disposiciones jurídicas aplicables.
En el decreto
de la Segob también se reforman diversas disposiciones del Código Nacional de
Procedimientos Penales y se reforman y adicionan varias disposiciones del
Código Federal de Procedimientos Penales. La Ley Nacional de Mecanismos
Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal entrará en vigor en
los mismos términos y plazos que el Código Nacional de Procedimientos Penales,
de conformidad con lo previsto en el decreto por el que se expide el Código
Nacional de Procedimientos Penales.
En tanto que las reformas y adiciones al
Código Federal de Procedimientos Penales entrarán en vigor en las regiones y
gradualidad en las que se lleve a cabo la declaratoria a que refiere el mismo
decreto. Serán aplicables para los procedimientos iniciados con anterioridad a
la entrada en vigor del sistema de justicia penal acusatorio y se sustanciarán
de conformidad con lo previsto en la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de
Solución de Controversias en Materia Penal.
Para la implementación de lo
dispuesto en el decreto expedido este lunes, la Federación y los estados, en su
ámbito de competencia, proveerán los recursos humanos, materiales, tecnológicos
y financieros necesarios conforme a sus presupuestos autorizados.
Se precisa
que para el presente ejercicio fiscal, la Procuraduría General de la República,
cubrirá con cargo a su presupuesto autorizado las erogaciones necesarias para
el cumplimiento de lo establecido, en el ámbito de su competencia.
Notimex.
Eldiariodevictoria.com.mx. Ciudad Victoria, Tamaulipas. 29/12/14
En vigor,
solución pacífica de conflictos
La nueva
ley contempla la figura de un facilitador, en lugar de un juez, que oriente a
las partes en conflicto para acordar un plan de restitución del daño.
A partir de
hoy será posible la solución pacífica de un conflicto sin tener que llegar ante
un juez. Con el fin de descargar el trabajo en los juzgados, dos o más partes
en conflicto podrán tener una audiencia oral con un facilitador, donde podrán
acordar la reparación del daño y la no repetición de la conducta, y de esa
forma evitar los eternos juicios y lograr la extinción de la acción penal.
La
Secretaría de Gobernación publicó este lunes en el Diario Oficial de la
Federación la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de
Controversias en Materia Penal, la cual entrará en vigor -igual que el Código
Nacional de Procedimientos Penales- de forma gradual, sin que pueda exceder del
18 de junio del 2016. Para ello, los congresos de los estados tendrán que
armonizar sus legislaciones con la norma nacional.
La nueva
ley contempla la figura de un facilitador, en vez de un juez, quien deberán
contar con estudios mínimos de licenciatura en Derecho, y será quien pueda
orientar a dos o más partes en conflicto para acordar un plan de restitución
que pueda ser económico o en especie, reparando o reemplazando algún bien, la
realización u omisión de una determinada conducta, la prestación de servicios a
la comunidad o de cualquier otra forma lícita solicitada por la víctima u
ofendido y acordada entre las partes en conflicto.
El
facilitador tendrá que convocar a sesiones de diálogo entre las partes en
conflicto, y deberá clarificar los términos de la controversia de modo que se
eliminen todos los aspectos negativos y las descalificaciones entre los
intervinientes, para resaltar las áreas en las que se puede propiciar el
consenso
En caso de
que las partes logren alcanzar un acuerdo que consideren idóneo para resolver
la controversia, el facilitador lo registrará y lo preparará para la firma de
los intervinientes.
“Cuando una
sesión no sea suficiente para que los intervinientes se avengan, se procurará
conservar su voluntad para participar y se les citará, de común acuerdo, a la
brevedad posible para asistir a sesiones subsecuentes para continuar con la
mediación, siempre dentro del marco de lo que resulte razonable y sin que ello
pueda propiciar el agravamiento de la controversia”, detalla.
Si una de
las partes está preso, se establece que “el Ministerio Público podrá disponer
la libertad del imputado durante la investigación en términos del artículo 140
del Código Nacional de Procedimientos Penales, a efecto de que participe en el
mecanismo alternativo”.
Jorge Monroy. ElEconomista. México, D.F., 30/12/14
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