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948. “La Mediación logró una notoria reducción de la litigiosidad”: Elena Highton de Nolasco

Buenos Aires, Argentina. La vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Elena Highton de Nolasco, defendió los alcances de la mediación y sostuvo que su éxito se basa en lograr “una solución inmediata del conflicto con el mínimo costo, lo cual favorece a la gente con menos recursos”
La jueza de la Corte Suprema analizó el favorable escenario que propició la mediación como un método –utilizado por la gran mayoría de las provincias- a través del cual se logra no sólo obtener una sentencia, sino que una solución inmediata del conflicto con el mínimo costo, lo cual favorece a la gente con menos recursos.
“El sistema judicial está sobrecargado, por lo que es costoso y lento, la promoción de un pleito requiere tiempo y dedicación personal, todo lo cual parece estar alejado de las posibilidades cuando las cantidades monetarias en juego no son grandes, el involucrado en la controversia no tiene poder económico y es relativamente ignorante de sus derechos. Indudablemente, ello deja un amargo sabor de impunidad e injusticia”; así, Highton de Nolasco hizo hincapié en la importancia la resolución alternativa y advirtió que esta herramienta lejos de constituirse como un modo de "privatizar" la justicia en contra de o por oposición al sistema judicial, se establece como una vía de fortalecimiento de la justicia “permitiendo dar un servicio más completo y adecuado a las circunstancias que se viven hoy en día”.
-¿Cuál es importancia de la mediación y cuál es el éxito de su implementación?
-A casi dos décadas de la incorporación de medios alternativos de resolución de disputas en nuestro país, la evaluación es francamente positiva. Si bien hubo oposición de algunos sectores que todavía favorecen el litigio por sobre otras soluciones, hace un tiempo ya que hemos ingresado definitivamente en un camino favorable a la resolución alternativa de las controversias entre particulares. La reunión previa entre las partes —especialmente ante un tercero neutral y en ambiente "seguro"— era un espacio necesario que el sistema no proveía adecuadamente y ahora se toma como algo normal. La reducción de la litigiosidad es palmaria. Ello surge en forma evidente por ejemplo de la información estadística producida por el servicio Informático de la Mesa General de Entradas de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y de estudios recientemente realizados con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y de la Corte Suprema. La mediación se ha consolidado y ellos nos permitió avanza en una nueva ley con su reciente reglamentación. Como desde siempre enseñamos con la Dra. Gladys Álvarez, la mediación anexa, conectada o relacionada con los tribunales, es una forma efectiva de ampliación del acceso a justicia.
-Se trata de una forma de acceso a justicia… ¿cuál es la importancia de esta figura para las personas que tienen menos recursos?
Si, justamente insisto en que, como usted dice, es una forma muy importante de acceso a justicia. Prácticamente todas las provincias han implementado la mediación y la conciliación (u otros métodos alternativos) como prácticas indispensables y de mayor acceso a justicia. Ello es expresamente considerado y una absoluta preocupación de las supremas cortes y superiores tribunales provinciales. Cuando decimos mayor o más amplio acceso a justicia en un sentido abarcador de la palabra, nos referimos no sólo a obtener una sentencia, sino una solución inmediata del conflicto con el mínimo costo, que favorece a la gente con menos recursos pero además no sólo en el sentido económico sino también de energía y desgaste personal. Es importante recalcar que una cosa es "acceso a la justicia" -entendida como sistema judicial- y otra es "acceso a justicia" -entendida como solución justa-. Y en tal sentido —reitero— justicia no es sinónimo de sentencia judicial.
-¿Qué incidencia tiene frente a los conflictos que llegan a la justicia?
-El sistema judicial está sobrecargado, por lo que es costoso y lento, la promoción de un pleito requiere tiempo y dedicación personal, todo lo cual parece no valer la pena o estar alejado de las posibilidades cuando las cantidades monetarias en juego no son grandes, el involucrado en la controversia no tiene poder económico y es relativamente ignorante de sus derechos. Indudablemente, ello produce gran insatisfacción y deja un amargo sabor de impunidad e injusticia. Son pocas las personas que tienen la ventaja de la familiaridad con el proceso y fácil acceso al patrocinio y asesoramiento profesional. Además, como el Juez arriba a su decisión después de que se han ventilado los hechos en procedimiento contencioso, lo que demanda tiempo, dinero, angustias y nuevas fricciones entre los contendientes, no todos están dispuestos ni en condiciones de adaptarse a estas dificultades.
-Pero este sistema no quita potestades a la justicia…
La resolución alternativa no constituye un modo de "privatizar" la justicia en contra de o por oposición al sistema judicial sino un modo de fortalecimiento del mismo, permitiéndole dar un servicio más completo y adecuado a las circunstancias que se viven hoy en día. Sea que lo ofrezcan los tribunales o que se organice fuera del sistema judicial, la mayor satisfacción y más amplia gama de posibilidades que obtengan los partícipes en un conflicto, permitirá a los Jueces dedicarse mejor y circunscribirse a los casos que no obtengan solución previa.
-¿Es este sistema aún resistido por algunos jueces?
Aún cuando pudieran existir algunos que se resisten, son muy pocos. Por el contrario, los hechos demuestran que ha existido un cambio muy importante y hoy día puedo afirmar que los jueces han asumido un rol de liderazgo en esta materia, a tal punto que el acceso a justicia por medio de la Resolución Alternativa de Disputas es política de estado del poder judicial argentino -incluye la Nacional-Federal y la Provincial-. Se ha producido un cambio en el sector justicia, o sea, en la mentalidad de los jueces y funcionarios, en los abogados, y fundamentalmente en los usuarios del sistema. La comprobación de este cambio en el paradigma de la cultura judicial, se advierte en los resultados de la mediación prejudicial obligatoria, como así también en el movimiento impulsado por los Superiores Tribunales de las Provincias Argentinas abordando la práctica de la mediación, implementando programas anexos, conectados o relacionados con los tribunales en las jurisdicciones locales a todo lo largo y ancho del país.
-¿Hacia qué rumbo vamos en lo que refiere a mediación? Cómo se trabaja desde la Corte en este tema?
Hoy día existen leyes y prácticas de mediación tanto para conflictos civiles, comerciales y penales como comunitarios, así como también, las que establecen la mediación escolar, los métodos participativos en los conflictos públicos y en la toma de decisiones que involucran a la comunidad. Reitero, y a tal punto es que los jueces han asumido un rol protagónico en esta materia, que desde la Conferencia Nacional de Jueces celebrada en Salta a fines del año 2007, el conjunto de magistrados decidieron crear una “Comisión Nacional de Acceso a Justicia” en el ámbito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Esta Comisión (de escasa cantidad de jueces) –que está a mi cargo por decisión de mis colegas– reúne a jueces de superiores tribunales, jueces de cámara y de primera instancia provinciales, además de incluir a camaristas y jueces federales de diversos puntos del país.
-¿Cómo trabaja esa Comisión?
El principal objetivo de la Comisión es la implementación de políticas públicas del sistema judicial tendientes a promover e incentivar el acceso a justicia, con el fin de disminuir la litigiosidad y mejorar el servicio de justicia, profundizando la inserción de los métodos alternativos de resolución de conflictos. En este sentido, y como primer paso, se decidió realizar un mapa de situación que permitiera conocer los variados sistemas y/o métodos de acceso a justicia relacionados con los tribunales (El mapa se encuentra disponible on line en http://www.csjn.gov.ar/ ). Con tales fines, se elaboró un programa que contiene la información que brindaron y siguen brindando los representantes de todas las jurisdicciones del país que exhibe un panorama acabado de los sistemas desarrollados: mediación, conciliación, arbitraje, casas de justicia, oficinas multipuertas, entre otros métodos reportados. Tal instrumento también facilita la comparación de los distintos canales o vías por las cuales se accede a la resolución de los conflictos y los resultados obtenidos en diferentes zonas.
-¿Cuál es el panorama futuro?
-Tengo muchas expectativas en el proyecto porque los jueces (y sus agrupaciones institucionalizadas como la Junta Federal de Cortes, la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, y la Federación Argentina de la Magistratura) de todo el país están muy comprometidos. Creo que la experiencia, la práctica y la difusión son muy relevantes. Debemos continuar por el camino iniciado. En el área, la Argentina es líder en América Latina y está mucho más adelantada que gran cantidad de los países del resto del mundo. Nos llaman de otros países para implementar programas, para capacitar, etc. El “método argentino”, que no es copia sino adaptación a nuestra realidad de lo que vimos en otros lados, tiene mucho éxito. La comunidad no necesita mucho más que profundizar el conocimiento de tener a su disposición la mediación, porque cuando el ciudadano sabe de qué se trata, se entusiasma y lo aprovecha inmediatamente.
Sabrina Santopinto. Punto Jus.com 11/11/2011

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