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"Deben apostarle a la justicia restaurativa": Rubén Cardoza Moyrón




Justicia Restaurativa
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Los abogados deben sumarse a la justicia restaurativa y aligerar la carga de los tribunales y mejorar su preparación , reveló el abogado Rubén Cardoza.
En vez de apostarle a un caso largo y tedioso, los abogados deben sumarse a la justicia restaurativa y aligerar la carga de los tribunales y mejorar su preparación , reveló el abogado Rubén Cardoza Moyrón.
El mediador del Poder Judicial del Estado de Nuevo León , Rubén Cardoza, habló frente a abogados locales sobre la justicia restaurativa, ente relación víctima y victimario.
“Es posible definir a la justicia restaurativa como una respuesta sistemática frente al delito, que enfatiza la sanación de las heridas causadas o reveladas por el mismo en víctimas, delincuentes y comunidades”.
“Se aplica en aquellas prácticas y programas que reflejan propósitos restauradores, uno identificarán y darán pasos a fin de reparar el daño causado, dos involucrarán a todas las partes interesadas y tres la relación tradicional entre las comunidades y sus gobiernos.
Algunos de los programas y resultados que, en general, se identifican con la justicia restaurativa incluyen:
* Mediación entre víctima y delincuente
* Reuniones de restauración
* Círculos
* Asistencia a la víctima
* Asistencia a ex-delincuentes
* Restitución
* Servicio a la comunidad
En este tema es de analizarse los tres principios sientan las bases para la justicia restaurativa:
1. La justicia requiere que trabajemos a fin de que se ayude a volver a su estado original a aquellos que se han visto perjudicados.
2. De desearlo, aquellos que se han visto más directamente involucrados o afectados por el delito, deben tener la posibilidad de participar de lleno en la respuesta.
3. El rol del gobierno consiste en preservar el justo orden público; la comunidad debe construir y mantener una justa paz.
Y es que en estos se basan el encuentro: Se crean oportunidades con el propósito de que víctimas, delincuentes y miembros de la comunidad (que deseen hacerlo) se reúnan a conversar acerca del delito y sus consecuencias. La reparación donde se espera que los delincuentes tomen medidas a fin de reparar el daño que hayan causado.


Así como la Reintegración, donde se intenta devolver a víctimas y delincuentes a la sociedad como miembros completos de la misma, capaces de contribuir a ésta.

Y la inclusión cuando se ofrece la posibilidad de que las partes interesadas en un delito específico participen en su resolución.
“A pesar de la tendencia que en la actualidad existe a defender la aplicación del paradigma de la justicia, la sanción del daño busca y tiene como propósito el equilibrar las exigencias de justicia y de paz en contextos excepcionales de transición de la guerra a la paz o de la tiranía a la democracia”.
“ Es un nuevo paradigma legal alternativo y crítico del funcionamiento del sistema penal en condiciones de normalidad y, en concreto, de la manera como éste castiga las formas ordinarias de crimen presentes en una sociedad, pero lo que se busca es la equidad legal”.
Muchas veces lo único que se busca en un juicio es sanar heridas, tras un diálogo entre víctimas y victimarios y de la concesión de perdón de aquellas a éstos.
Así las sociedades logran sanar las profundas heridas dejadas por los crímenes atroces cometidos en el periodo previo a la transición y, de esa manera, garantizan la estabilidad y durabilidad del orden social pacífico alcanzado.
Además un importante grado de legitimidad y, lo que es más importante, mantiene en ella la centralidad de los derechos humanos, pues si bien el derecho de las víctimas a la justicia es sacrificado de manera importante, lo es en pro de la garantía de los derechos de las mismas a la verdad y a la reparación.
De acuerdo con esta perspectiva se debe concentrarse ante todo en el futuro y no en el pasado de la sociedad, lo que implica que a los crímenes deben ser saneados de alguna u otra forma.
Por lo anterior la justicia restaurativa es una nueva manera de considerar a la justicia penal la cual se concentra en reparar el daño causado a las personas y a las relaciones más que en castigar a los delincuentes.
La justicia restaurativa surgió en la década de los años 70 como una forma de mediación entre víctimas y delincuentes y en la década de los años 90 amplió su alcance para incluir también a las comunidades de apoyo, con la participación de familiares y amigos de las víctimas y los delincuentes en procedimientos de colaboración denominados “reuniones de restauración” y “círculos.”
Este nuevo enfoque en el proceso de subsanación para las personas afectadas por un delito y la obtención de control personal asociado parece tener un gran potencial para optimizar la cohesión social en nuestras sociedades cada vez más indiferentes.
Así surge la justicia restaurativa y sus prácticas emergentes constituyen una nueva y promisoria área de estudio para las ciencias sociales.
Nota e imagen publicadas el 3 de Junio de 2009 en el sitio "El Porvenir.com"

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