¿TE GUSTARÍA COLABORAR EN MEDIACIÓN MONTERREY?

¿TE GUSTARÍA COLABORAR EN MEDIACIÓN MONTERREY?
Interesados comunicarse a: drjosebenitoperezsauceda@gmail.com

"Mediación, proceso negocial estratégico": Rubén Cardoza Moyrón


Mediación Monterrey

Como una medida eficiente de justicia alternativa y la finalidad de aligerar la carga fiscal del Poder Judicial Local, los juristas “exprimen” en Nuevo León la mediación, arma legal eficientemente aplicada en los Juicios Orales.
“La mediación puede ser analizada como un proceso negocial estratégico, estructurado y con desarrollo en el plano del discurso, dirigido por un tercero neutral sin potestad para atribuir, que busca opciones que proporcionen una razonable satisfacción a los actores de una relación social con objetivos total o parcialmente incompatibles”, revela el jurista Rubén Cardoza Moyron.
Este es un proceso porque involucra un conjunto de etapas sucesivas y de operaciones de las personas que intervienen, cuyo fin es la obtención de resultados determinados, a diferencia de los procesos judiciales, el proceso de mediación carece de formalidad y de rigidez.
Es negocial porque las decisiones son comunes a todos los actores y tomadas por consenso, en base a la información intercambiada por actores y terceros.
Es estratégico porque el mediador organiza un plan general de trabajo, fijando metas y eligiendo tácticas concretas para lograr esas metas.
Es estructurado porque en el sentido que sus etapas deben ser agotadas, o al menos suficientemente desarrolladas, antes de pasar a la siguiente, sin perjuicio que pueda volverse sobre una etapa anterior si se considera necesario.
Es un proceso en el discurso ya que predomina la oralidad y no se dejan registros escritos, pero además, se basa en la potencialidad transformadora del diálogo, ya que por lo general, el conflicto no está en los hechos, sino en las historias que relata cada actor, que a la vez dependen de la percepción que cada uno tiene del conflicto.
Además este está dirigido por un tercero neutral, entendida la neutralidad como imparcialidad, o sea la actitud del mediador de no favorecer a ninguno de los actores, ya que carece de intereses en el resultado del conflicto, y entendida también como equidistancia.
Este tercero en ningún caso atribuye derechos a los actores y no tiene poder de decisión, mas que el suficiente para conducir el proceso.
PRINCIPIOS GENÉRICOS DE LA MEDIACIÓN
La mediación sigue una serie de principios que pueden verse o no reflejados en la práctica concreta o legislación pero que son universalmente difundidos.
Esta tiene la particularidad de ser voluntariedad ya que antes de haber participado de alguna reunión, o durante el transcurso de la mediación, cualquiera de las partes puede manifestar su decisión de no participar, incluso sin estar obligada a revelar el motivo.
Además goza de confidencialidad pues los asuntos tratados en mediación son confidenciales.
La confidencialidad se ve favorecida por la cantidad reducida de personas que intervienen; por la oralidad y por el convenio de confidencialidad que los participantes casi invariablemente suelen firmar.
De esa manera, el conflicto se mantiene en la órbita privada, sin recibir la difusión que puede llegar a tener un proceso judicial.
Igualmente implica imparcialidad o neutralidad, pues un juez o un árbitro no pueden ser neutrales, ya que su obligación es la de opinar y decidir a favor de alguna de las partes: aquella que tenga mejor fundamento en derecho o mejor prueba de los hechos.
El mediador es imparcial pero además es neutral, no se encuentra atado al derecho, ni a los hechos, ni debe decidir por nadie.
Para tales efectos se necesita de la comunicación directa, pues los actores del conflicto se comunican en forma directa entre ellos, con las excepciones relativas a las personas jurídicas y a otras situaciones de incapacidad de obrar, permanente o transitoria, y eligen por sí mismas la solución de su problema, sin adjudicar el poder de decisión a un tercero.
“Esta debe tener consentimiento informado ya que los involucrados deben estar convencidos del beneficio y satisfacción que pueda proporcionarles el acuerdo que suscriban en una mediación.
El mediador trabaja de manera que los actores elijan opciones que les favorezcan y no afecten sus derechos.
Si participan abogados, ellos serán quienes asesoren a sus clientes para que éstos estén seguros que la decisión no los perjudicará.
Si no participan abogados, cuando sea necesario el mediador hará reflexionar a la parte para que evalúe la necesidad de efectuar la consulta a un profesional”.
“La mediación goza de muchas ventajas ya que la mediación representa -respecto del proceso judicial- una economía en dinero y tiempo, en emociones normalmente sufridas a lo largo de un conflicto, y en definitiva, en salud.
Con la mediación, se logra acceso inmediato; salida en breve plazo (a veces unos pocos encuentros pueden ser suficientes) y menor costo monetario”.
“La mediación enseña a los actores a enfrentar futuros conflictos. El valor pedagógico de la mediación es posiblemente uno de sus mayores méritos, ya que quien participa de ellas aprende a abordar los conflictos futuros de otra manera.
Asimismo, indudablemente dejará huella social en cuanto favorece el aumento de la creatividad, alivia la congestión de los tribunales, genera una sociedad más inclusiva, participativa y democrática, menos autoritaria”.
Es de citar que esta no debe dejar de destacarse que la mediación también tiene un contenido ético, que finca en el marco de buena fe que impregna al proceso de mediación.
Para ello, la voluntariedad es un elemento de peso, ya que cualquiera de las partes puede retirarse si advierte que su oponente, o el mediador, no actúan de buena fe.
LA NOVEDAD JURÍDICA
"La mediación es el medio alterno para la solución de conflictos" La oralidad, la mediación, y la audiencia preliminar constituyen elementos alternativos que están siendo incorporados en el sistema judicial venezolano en busca de impartir justicia de manera idónea.
"En el sistema judicial venezolano hemos reforzado la aplicación de la mediación, la oralidad, la audiencia preliminar y el arbitraje como medios alternativos para la solución de conflictos", dijo el jurista.
Durante su discurso que pronunciara ante juristas de la localidad, el trabajador del Poder Judicial nos presume la mediación como una clave o medio alterno para la solución de los conflictos.
Explicó que "esta es una gran oportunidad para el desarrollo de la mediación, una disciplina que está llamada a ocupar un lugar importantísimo en la cultura jurídica del país".
"El tema de la mediación tiene mucha fortuna a partir de la publicación y sus aplicación dentro de la oralidad como un principio procedimental.
"Cuando se habla de los medios alternos de la solución de conflicto en nuestra Constitución se habla también de la oralidad, que se menciona como un principio procedimental que contribuye a la realización de la justicia.
Además de la oralidad están otros principios como es la inmediación, la publicidad y la concentración; esto significa que estando la oralidad en el centro de cualquier legislación permite que los medios alternos de solución de conflicto reciban un refuerzo”.
Según explicó las fuentes del sistema jurídico que hoy día cobra vigencia, en donde se resalta la oralidad, la constituyen varios elementos fundamentales, uno de ellos es el Código Procesal.
La oralidad es uno de los elementos fundamentales del Código Procesal y entre los logros que según dijo se ha podido avanzar en el sistema es reforzar la audiencia preliminar con la presencia de los medios alternativos de solución de conflicto, específicamente con la conciliación, la mediación y el arbitraje, que son los tres elementos que vamos a incorporar en casa caso, más aún con la medicación.
En cuanto a las jornadas que se han venido desarrollando, hizo referencia al saber escuchar y sentir a las partes.
ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN
Advirtió que además de la mediación, existen otros medios alternos como el arbitraje y la conciliación y que el Código Procesal , el cual implica mejoras positivas en materia judicial.
Es importante que se introduzca en la gente que hay otras formas de arribar a una solución.
Cuando uno capacita a alguien en mediación, facilita que las partes solucionen el conflicto.
”Así el Poder Judicial deberá afrontar varios desafíos, como el comienzo de los juicios orales, que traerá como consecuencia la creación de una policía judicial, los proyectos siguen a corto y a largo plazo, donde otra de las apuestas fuertes está centrada en la informatización completa del sistema judicial, posibilitando a las partes la consulta vía internet de los expedientes con el Tribunal Virtual, entre otras cosas más.
En estas conferencias llevadas a cabo recientemente, algunas mediadoras del Poder Judicial Estatal celebraron el que se lleven a cabo este tipo de cursos.
Entre las entrevistadas sobresalen las Licenciadas, Hilda Lidia Mesa, la Licenciada Susana Cabrera y la Licenciada Hortencia González de Ramos, quienes ven en la mediación un arma factible para la mejor manera de impartir la justicia.
“Es mucho muy importante llevar este tipo de temáticas , ahorita que tiene poco el sistema hay muchas abogados que no han tenido la posibilidad de llegar a una capacitación como lo es ésta, y es excelente que lo haga el Poder Judicial verdad, porque quienes no tengan la oportunidad de verlo se van ha quedara mucho muy atrasados”, expresó Hilda Lidia Mesa.
En este tema la Licenciada Susana Cabrera comentó: “Yo soy mediadora certificada por el Poder Judicial, obviamente es una de las bondades del derecho, las reformas que ha tenido el derecho, al evolucionar lo que ha tenido con esto de la medicación, porque se solucionan muchos casos sin llegar a juicio, y ha sido muy benéfico para al sociedad y para las partes toda vez que es una materia alternativa dentro de la oralidad”.
Mientras que la Licenciada Hortencia González de Ramos subrayó: “Ésto nos trae beneficios de que sí se evitan muchos papeleos y tiempos y se evita lo que es lo económico y esto nos ayuda a los mediadores a agilizar la problemática, el conflicto de la víctima y del victimario y aquí se aplica el dicho de que más vale un mal arreglo que un buen pleito”.
Nota publicada originalmente el 21 de Abril en el sitio "El Porvenir.com"

No hay comentarios:

Revista Conexión Social

Universidad Autónoma de Zacatecas presenta: Panel del Día Internacional de la Paz

Mediación. Temas selectos

Cultura de Paz y Mediación

Negociación

Métodos Alternos de Solución de Conflictos de José Benito Pérez Sauceda

Métodos Alternos de Solución de Conflictos de José Benito Pérez Sauceda
Métodos Alternos de Solución de Conflictos: Justicia Alternativa y Restaurativa para una Cultura de Paz por José Benito Pérez Sauceda

Mediación Monterrey

Mediación Monterrey

Mediación Monterrey. Por una regia y pacífica solución. Creador/Coordinador: José Benito Pérez Sauceda. Mediación Monterrey desde 2008.

Mediación Monterrey Facebook y Twitter

Mediación Monterrey Facebook y Twitter
Mediación Monterrey Twitter: https://twitter.com/MediacionMty y Mediación Monterrey Facebook: https://www.facebook.com/mediacion.monterrey

Participa en la sección "Opinión"

Mediación Monterrey

Mediación Monterrey