Logrará
acuerdos antes de llegar a tribunales
"Luego de 11 años de que se creara y aprobara la Ley de
Mediación que pedía un órgano desconcentrado del poder judicial, entrará en funciones el Instituto de Justicia Alternativa, donde los
conflictos se solucionarán de común acuerdo entre el afectado y la
víctima" expresó su directora, Lourdes Sígala.
Esto se dio
luego de que el estado de Chihuahua y artículo 6º de la ley antes mencionada
pidiera dicho organismo, cuyas disposiciones nunca fueron ejecutadas, lo que ha
traído como resultado que Chihuahua sea de los pocos estados que no cuenta con
Centros de Justicia Alternativa en sede judicial, sólo al igual que Guerrero,
Morelos y Sinaloa.
La
servidora pública comentó que el propósito es regular el ejercicio de los
mecanismos alternativos de solución de conflictos en materia penal; esto se
realiza en una etapa pre-procesal, no contándose con una instancia que atienda
aquellos asuntos ya judicializados susceptibles de salida alterna.
Comentó que
las materias que se manejan son civil, mercantil y penal en asuntos judiciales,
para que aquí las partes dialoguen y platiquen para un acuerdo reparatorio,
pero sin establecer la reparación del daño. Entran aquí delitos de bajo impacto
a delitos susceptibles de un mecanismo alternativo de una solución, así como
asuntos familiares; por ejemplo el instituto no puede cambiar el estado civil
de las personas, pero los involucrados se pondrán de acuerdo sobre cómo
llevarán a cabo la separación; en caso de pensión alimenticia, son las propias
partes las que llevan a la solución y también pueden dialogar la patria
potestad.
"Definitivamente
el diálogo es algo que hemos olvidado, la mayoría de los conflictos nada tienen
que ver con cuestiones jurídicas, son cuestiones personales porque no tenemos
esa cultura de la comunicación entre las partes, por lo que tenemos personas
han sido capacitadas para este trabajo, el cual no es obligatorio ya que los
mecanismos alternativos son la voluntariedad de ambas partes de manera flexible
y que se pueden realizar a la par con el procedimiento judicial que se
realice", finalizó.
Si bien es
cierto la iniciativa de Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de
Controversias en Materia Penal prevé que los órganos encargados de la
implementación de los procedimientos alternos sean sólo las Procuradurías y
Fiscalías en los estados, se debe destacar que se han generado foros de
discusión en donde se ha expuesto la necesidad de que los asuntos penales
judicializados sigan siendo del conocimiento de los centros en sede judicial,
pero esto es un tema pendiente de definir por el Senado de la República.
Las ventajas:
1.-
Fomentan el consentimiento, la tolerancia y la negociación
2.- Sus
procedimientos observan mayor flexibilidad
3.- Existe
celeridad y la escasez de formalismos
4.- Implica
un menor desgaste emocional, ya que fomenta que la actitud de las partes sea de
colaboración, dando como resultado que ambas ganen.
5.- Se
fomenta entre los ciudadanos la función cívica de resolver sus conflictos de
manera privada
Propósitos
1.-
Promover la cultura de la paz a través de la implementación de programas y
acciones que exalten los valores de respeto, solidaridad, cooperación y
tolerancia, en coordinación con otras instituciones públicas y privadas.
2.- Fungir
como órgano rector en la materia al capacitar, certificar, vigilar y supervisar
el trabajo de los centros privados de justicia alternativa.
3.-
Desahogar la carga laboral dentro de los juzgados civiles, familiares y penales
en materia de salidas alternas al proceso.
4.-
Impulsar un método ágil de solución de conflictos, donde sean las partes, a
través del diálogo asistido por un tercero neutral, quienes puedan identificar
plenamente sus necesidades, planteando una solución pacífica y satisfactoria,
lo que de manera invariable redunda en la paz social.
Marisol
Marín. oem.com.mx. 24/09/14
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