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1758. El 21 de Enero se celebra el Día Europeo de la Mediación

¿Conoces la Mediación? ¿Sabías que puedes resolver un conflicto familiar, civil o mercantil, entre otros, a través de la Mediación en lugar de acudir a la vía judicial? Todavía encontramos ciudadanos que se asombran de la existencia de la Mediación como proceso de resolución de conflictos, y de que este proceso pueda llevarse a cabo, incluso fuera del ámbito judicial.
Para aquellos ciudadanos que desconocen la Mediación, decirles que es una forma de negociación facilitada por la figura del mediador, y donde las partes en conflicto alcanzan un acuerdo, por ellos mismos, con la reducción de costes que esto supone (menor coste emocional, económico, de tiempo, reduce la carga de trabajo en los juzgados, etc.).
El mediador es un profesional que dispone de una serie de habilidades, y conoce técnicas que, una vez aplicadas, contribuyen a que las personas inmersas en un problema puedan empezar a hablar, con la finalidad de alcanzar un acuerdo total, o parcial, y con el que todas las partes implicadas ganen. Esta negociación facilitada supone un aprendizaje y empoderamiento de las partes, y les devuelva la esperanza en ellos mismos, para resolver cualquier problema, y en todo momento.
Con las sentencias judiciales (ganador-perdedor), la parte que se considera perdedora suele sentirse defraudada, y la probabilidad de iniciar un nuevo procedimiento judicial es bastante alta, especialmente, en temas de familia, donde una sentencia no es suficiente para resolver los problemas relacionados con la coparentalidad.
La Mediación está bastante reconocida en países anglosajones, y Europa está apostando por su promoción.
Es nuestra responsabilidad, la de profesionales, investigadores y entusiastas de la Mediación, la de seguir poniendo nuestro granito de arena, haciendo difusión y promoción de la Mediación.
Ética, y moralmente, nos sentimos responsables de informar y sensibilizar a agentes sociales, administraciones, ciudadanos y medios de comunicación, con la esperanza de que algún día tomen el relevo,y puedan llegar con sus medios, a una población más amplia, que será la que provoque el cambio, y lleve a los españoles a preferir la Mediación como proceso de resolución de problemas, es decir, a apostar por una cultura en el acuerdo, y no en el conflicto.
Afortunadamente, según datos estadísticos, la mayoría de los conflictos se resuelven a través de la negociación, sin embargo, hay una importante población que, por diferentes motivos (costumbre, desconocimiento de otras formas de resolución de conflictos, problemas de comunicación con la otra parte,etc.), tienden a acudir a un juzgado para resolver un problema (ya sea familiar, civil, mercantil, sanitario, etc.)y desconocen que, podrían ser las mismas partes quienes, eviten el escalamiento del conflicto, y por sí mismos, alcancen un acuerdo, total o parcial, con la ayuda de un profesional de la Mediación.
Cada 21 de enero se celebra el Día Europeo de la Mediación. Ese mismo día, de 1998, se dieron pasos decisivos en las instituciones europeas, a favor de la Mediación.
Desde entonces, las diferentes Comunidades Autónomas han elaborado normativas sobre la Mediación.
En Andalucía podemos encontrar municipios con un Punto de Información a la Mediación (PIMed) en instancias judiciales (como es el caso de Huelva, en el Palacio de Justicia), iniciativa de la Fundación Pública Mediara. En dicho Punto, profesionales de la Mediación informan a los usuarios, y población en general, sobre la Mediación y sus ventajas.
Por otro lado, recientemente, el Consejo de Ministros ha aprobado un Anteproyecto de Ley que obligará a intentar un proceso de Mediación, antes de acudir a los juzgados para la resolución de conflictos en ámbitos como el civil (familia y casos más comunes) y mercantil. Con esta nueva norma, la Mediación se constituye como una figura complementaria de la Administración de Justicia, más ágil y con un menor coste económico, y personal, para las partes, permitiendo descongestionar la carga de trabajo de los juzgados y acortar así, los tiempos de respuesta de la Justicia.
Esta “obligatoriedad mitigada”,del intento de Mediación, consistirá en acudir a una sesión de Mediación informativa, y otra sesión de exploración, antes de interponer, por ejemplo, una demanda de divorcio o separación, o bien, cuando el juez lo considere conveniente en el transcurso de un proceso.
En definitiva, la Mediación seguirá siendo voluntaria, y el objetivo de estas sesiones obligatorias es la de explorar tanto el asunto, objeto de controversia, como el posicionamiento inicial de las partes, que recibirán información clara y precisa del procedimiento. De esta forma, las partes, junto al mediador, evalúan la idoneidad de iniciar un procedimiento que evite que sea el juez quien decida por ellos.
Según los planes de Justicia, la ley no entraría en vigor hasta tres años después de su publicación en el BOE, para dar tiempo, no solo a cambiar los planes formativos, sino también a difundir las reformas y fomentar la presencia de mediadores en todos los partidos judiciales.
Para actuar como mediador será necesaria la inscripción en el Registro de Mediadores e Institución de Mediación dependiente del Ministerio de Justicia, o en los registros habilitados a tal fin por las comunidades autónomas.
Hoy, ya podemos decir que las Instituciones españoles están apostando por la Mediación; ahora son los ciudadanos los que tienen que aprovechar estos recursos, para ir avanzando hacia una sociedad que apuesta por la cultura en el acuerdo. Son pequeños pasos que las nuevas generaciones agradecerán.
Huelvaya.es. España. 10/01/19
http://huelvaya.es/2019/01/19/opinion-novedades-de-la-mediacion-en-el-dia-europeo-de-la-mediacion/

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