¿Conoces la
Mediación? ¿Sabías que puedes resolver un conflicto familiar, civil o
mercantil, entre otros, a través de la Mediación en lugar de acudir a la vía
judicial? Todavía encontramos ciudadanos que se asombran de la existencia de la
Mediación como proceso de resolución de conflictos, y de que este proceso pueda
llevarse a cabo, incluso fuera del ámbito judicial.
Para
aquellos ciudadanos que desconocen la Mediación, decirles que es una forma de
negociación facilitada por la figura del mediador, y donde las partes en
conflicto alcanzan un acuerdo, por ellos mismos, con la reducción de costes que
esto supone (menor coste emocional, económico, de tiempo, reduce la carga de
trabajo en los juzgados, etc.).
El mediador
es un profesional que dispone de una serie de habilidades, y conoce técnicas
que, una vez aplicadas, contribuyen a que las personas inmersas en un problema
puedan empezar a hablar, con la finalidad de alcanzar un acuerdo total, o
parcial, y con el que todas las partes implicadas ganen. Esta negociación
facilitada supone un aprendizaje y empoderamiento de las partes, y les devuelva
la esperanza en ellos mismos, para resolver cualquier problema, y en todo
momento.
Con las
sentencias judiciales (ganador-perdedor), la parte que se considera perdedora
suele sentirse defraudada, y la probabilidad de iniciar un nuevo procedimiento
judicial es bastante alta, especialmente, en temas de familia, donde una
sentencia no es suficiente para resolver los problemas relacionados con la
coparentalidad.
La
Mediación está bastante reconocida en países anglosajones, y Europa está
apostando por su promoción.
Es nuestra
responsabilidad, la de profesionales, investigadores y entusiastas de la
Mediación, la de seguir poniendo nuestro granito de arena, haciendo difusión y
promoción de la Mediación.
Ética, y
moralmente, nos sentimos responsables de informar y sensibilizar a agentes
sociales, administraciones, ciudadanos y medios de comunicación, con la
esperanza de que algún día tomen el relevo,y puedan llegar con sus medios, a
una población más amplia, que será la que provoque el cambio, y lleve a los
españoles a preferir la Mediación como proceso de resolución de problemas, es
decir, a apostar por una cultura en el acuerdo, y no en el conflicto.
Afortunadamente,
según datos estadísticos, la mayoría de los conflictos se resuelven a través de
la negociación, sin embargo, hay una importante población que, por diferentes
motivos (costumbre, desconocimiento de otras formas de resolución de
conflictos, problemas de comunicación con la otra parte,etc.), tienden a acudir
a un juzgado para resolver un problema (ya sea familiar, civil, mercantil,
sanitario, etc.)y desconocen que, podrían ser las mismas partes quienes, eviten
el escalamiento del conflicto, y por sí mismos, alcancen un acuerdo, total o
parcial, con la ayuda de un profesional de la Mediación.
Cada 21 de
enero se celebra el Día Europeo de la Mediación. Ese mismo día, de 1998, se
dieron pasos decisivos en las instituciones europeas, a favor de la Mediación.
Desde
entonces, las diferentes Comunidades Autónomas han elaborado normativas sobre
la Mediación.
En
Andalucía podemos encontrar municipios con un Punto de Información a la
Mediación (PIMed) en instancias judiciales (como es el caso de Huelva, en el
Palacio de Justicia), iniciativa de la Fundación Pública Mediara. En dicho
Punto, profesionales de la Mediación informan a los usuarios, y población en
general, sobre la Mediación y sus ventajas.
Por otro
lado, recientemente, el Consejo de Ministros ha aprobado un Anteproyecto de Ley
que obligará a intentar un proceso de Mediación, antes de acudir a los juzgados
para la resolución de conflictos en ámbitos como el civil (familia y casos más
comunes) y mercantil. Con esta nueva norma, la Mediación se constituye como una
figura complementaria de la Administración de Justicia, más ágil y con un menor
coste económico, y personal, para las partes, permitiendo descongestionar la
carga de trabajo de los juzgados y acortar así, los tiempos de respuesta de la
Justicia.
Esta
“obligatoriedad mitigada”,del intento de Mediación, consistirá en acudir a una
sesión de Mediación informativa, y otra sesión de exploración, antes de
interponer, por ejemplo, una demanda de divorcio o separación, o bien, cuando
el juez lo considere conveniente en el transcurso de un proceso.
En
definitiva, la Mediación seguirá siendo voluntaria, y el objetivo de estas
sesiones obligatorias es la de explorar tanto el asunto, objeto de
controversia, como el posicionamiento inicial de las partes, que recibirán
información clara y precisa del procedimiento. De esta forma, las partes, junto
al mediador, evalúan la idoneidad de iniciar un procedimiento que evite que sea
el juez quien decida por ellos.
Según los
planes de Justicia, la ley no entraría en vigor hasta tres años después de su
publicación en el BOE, para dar tiempo, no solo a cambiar los planes
formativos, sino también a difundir las reformas y fomentar la presencia de
mediadores en todos los partidos judiciales.
Para actuar
como mediador será necesaria la inscripción en el Registro de Mediadores e
Institución de Mediación dependiente del Ministerio de Justicia, o en los
registros habilitados a tal fin por las comunidades autónomas.
Hoy, ya podemos
decir que las Instituciones españoles están apostando por la Mediación; ahora
son los ciudadanos los que tienen que aprovechar estos recursos, para ir
avanzando hacia una sociedad que apuesta por la cultura en el acuerdo. Son
pequeños pasos que las nuevas generaciones agradecerán.
Huelvaya.es.
España. 10/01/19
http://huelvaya.es/2019/01/19/opinion-novedades-de-la-mediacion-en-el-dia-europeo-de-la-mediacion/
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