México, Distrito Federal. La Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la Asamblea Legislativa tiene listo el dictamen de Ley de Justicia Alternativa en la Procuración de Justicia para el Distrito Federal, aseguró su presidente, Julio César Moreno, quien dijo que se trata de un documento que pretende instrumentar mecanismos alternativos para la solución de controversias a través de la mediación y la conciliación.
El objetivo, dijo el legislador, es que los asuntos se resuelvan de una manera rápida, eficiente e imparcial donde las partes intervengan activamente en la formulación de los acuerdos, para poner fin a su conflicto, a través del Centro de Justicia Alternativa de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
Explicó que la mediación es una alternativa de solución de conflictos el cual se caracteriza por ser informal, rápido, flexible, voluntario y confidencial, donde las partes, se reúnen con un tercero imparcial, llamado mediador, para llegar a un acuerdo que ponga fin al conflicto.
Dijo que este mecanismo procederá en aquellos casos en que los hechos posiblemente constitutivos de delitos, deban ser investigados por querella y que no sean considerados como graves, de acuerdo al Código Penal y a las leyes especiales del Distrito Federal.
"El procedimiento de mediación o conciliación se iniciará a petición de una de las partes interesadas, mediante una solicitud".
Destacó que el procedimiento de justicia alternativa debe durar máximo 30 días y el convenio al que lleguen las partes debe cumplirse a más tardar en tres meses. Todas las sesiones de mediación o conciliación serán orales, y se llevará registro por escrito, de las propuestas concretas o los acuerdos tomados en dicha sesión, quedando establecido en su artículo 21, puntualizó.
Actualmente dijo, existe el Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal donde se ofrece el servicio de mediación a los particulares en materia familiar, civil y mercantil.
Fernando Ríos. El Sol de México. 27/9/2011
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