Que lo
conflictos que surjan en las comunidades estudiantiles o entre alumnos y
maestros se resuelvan de forma pacífica al interior de las Instituciones de
Educación Superior, se pronunciaron los diputados del Partido Sinaloense (PAS),
Héctor Melesio Cuén Ojeda, María del Rosario Sánchez Zatarain y Robespierre
Lizárraga Otero.
Cuén Ojeda,
explicó que como parte de la iniciativa de Ley de Justicia Alternativa del
Estado de Sinaloa que presentaron recientemente, se pretende establecer en
Sinaloa la mediación escolar.
“Con la
mediación escolar se buscar resolver, de forma pacífica y mediante acuerdos,
los conflictos que surgen en comunidades estudiantiles, ya sea entre alumnos y
maestros o entre cualquier grupo de ellos”, explicó.
Refirió que
en el caso de la Universidad de Sonora, se trabaja con el sistema educativo
público con mediación escolar; en la Universidad Nacional Autónoma de México
(UNAM) y la Universidad Autónoma de Sinaloa, esta función la realiza la
Defensoría de los Derechos de los Universitarios, en tanto que en las escuelas
o facultades, se pueden crear las Unidades de Mediación Escolar o
Universitaria.
El
coordinador de los legisladores pasistas detalló que la iniciativa de Ley que
han presentado considera otros tipos de mediación, tales como la Comunitaria,
que se orienta a la resolución de problemas de convivencia en el barrio, la
colonia o el poblado; Familiar, que atende al hecho de que las relaciones
familiares implican un conjunto de actitudes y sentimientos de gran
importancia; Penal, que en Sinaloa puede ser particularmente útil en los
delitos en que proceda el perdón del ofendido, o bien, en los llamados delitos
no graves.
De igual
manera, la Civil y Mercantil, que se refiere al hecho de que, tanto la materia
civil como la mercantil se basan en el principio de la libre disponibilidad de
los derechos, se trata de un amplio campo donde la mediación resulta útil para
obtener soluciones prontas y satisfactorias, que armonicen los intereses de las
partes.
Asimismo,
la Mediación Extraprocesal, que se realiza fuera de un proceso judicial, y no
constituye una fase previa del mismo, ya que la ausencia de resultado positivo,
no lleva irremediablemente al planteamiento de una demanda.
Finalmente,
mencionó que otros tipos de mediación son la Preprocesal, que en ocasiones se
le sustituye por la conciliación, y la Intraprocesal, que es la que se realiza
dentro de un proceso judicial, dentro de la audiencia preliminar o despacho
saneador
Criticapolitica.mx. Culiacán, Sinaloa, 02/03/15