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Nueva "Ley de Mediación en el Ámbito del Derecho Privado" de Catalunya, España.




Mundo Mediación
Leyes sobre Mediación

El Parlament de Catalunya, se ha aprobado la “Ley de Mediación en el Ámbito del Derecho Privado”. Esta nueva ley, que sustituye la anterior ley del 2001, ampliará la resolución de conflictos por vía de la mediación al ámbito social y civil como comunidades vecinales, de convivencia en los barrios y conflictos en el seno de organizaciones, entre otros.
Hasta la fecha la ley únicamente regulaba el uso de la mediación en asuntos familiares, p.ej. por la custodia de los hijos, en separaciones o entre padres e hijos.
Ni la mediación comunitaria ni la mediación en organizaciones era regulada y por ello su uso era bastante limitado. En la mayoría de los casos las partes en conflicto recurrían a los juzgados.
La gran diferencia entre la mediación y un proceso judicial o, en su caso, un arbitraje o una conciliación es que en estos métodos una tercera persona -juez, árbitro o conciliador- quien recoge la información del conflicto de los implicados, estudia los hechos y emite una sentencia, laudo en el arbitraje, o proposición de acuerdo, en una conciliación.
En la mediación son los propios implicados los que aportan las soluciones a fin de llegar a un acuerdo, siendo el papel del mediador el de un facilitador de la comunicación. El proceso resulta menos agresivo, más rápido y menos costoso y, además, aporta satisfacción a ambas partes-puesto que son las que lo resuelven La mediación también tiene en cuenta de que muchas veces las partes enfrentadas necesitan relacionarse en el futuro y es importante recuperar y mantener esa relación.
Según la ley anterior la labor de los mediadores estaba limitado a un grupo muy reducido de profesionales. Gracias a esta nueva ley cualquier persona física que esté en posesión de un título universitario y acredite una formación homologada y capacitación específicas en mediación, de acuerdo con los requisitos establecidos podrá actuar como mediador. Además ha de estar colegiado en el colegio profesional que corresponda o prestar servicios como mediador o mediadora en la administración pública. Esta disposición abrirá las puertas a muchas personas que veían sus perspectivas profesionales limitadas e incrementará su número. Ambas cosas favorecerán que la Sociedad pueda optar a resolver sus conflictos de forma privada, rápida y participativa.
La nueva Ley se inscribe en la corriente europea de la actualización de las leyes que regulan la mediación, que ya hace años es una opción ampliamente aceptada en el continente.
Publicado originalmente el 17 de Julio de 2009 en el sitio "Comunicados de Prensa.org."
Luz verde a la nueva Ley de Mediación
El Parlament aprobó ayer por unanimidad la Ley de Mediación del derecho privado. El texto amplía el ámbito de actuación de los mediadores, definiéndolo como un método de gestión de conflictos que pretende evitar la apertura de procesos judiciales de carácter contencioso.
La ley, que deroga la de 2001 de Mediación Familiar de Catalunya, introduce por primera vez la mediación civil para gestionar los conflictos en materia de derecho privado, relacionado principalmente con asociaciones, propiedades o con diferencias en el ámbito de la convivencia, informa Europa Press.
Publicado originalmente el 16 de Julio de 2009 en el sitio "Expansión.com"
http://www.expansion.com/2009/07/15/catalunya/1247686994.html

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